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Modifica Resolución N° 5.828/2026 Exenta, Que “deroga La Resolución N° 7.597/2020 Exenta y Suspende Las Importaciones a

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 14 de julio de 2026

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MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional MODIFICA RESOLUCIÓN N° 5.828/2026 EXENTA, QUE “DEROGA LA RESOLUCIÓN N° 7.597/2020 EXENTA Y SUSPENDE LAS IMPORTACIONES A CHILE DE CARNES DE BOVINOS DESDE COLOMBIA” N° 6.064 exenta.- Santiago, 30 de junio de 2026. (Resolución) Vistos: La Ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley N° 18.164, que introduce modificaciones a la legislación aduanera; el DFL RRA N° 16 de 1963, del Ministerio de Hacienda, sobre sanidad y protección animal; el decreto N° 389 de 2014, del Ministerio de Agricultura, que establece enfermedades de declaración obligatoria para la aplicación de medidas sanitarias; el decreto N° 42 de 2026 del Ministerio de Agricultura, que nombra al Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto N° 16 de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el “Acuerdo de Marrakech”, por el que se establece la Organización Mundial del Comercio y los Acuerdos Anexos, entre estos, el de la aplicación de las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias; las recomendaciones del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA); el decreto N° 510 de 2016, del Ministerio de Agricultura, que habilita puertos para la importación de mercancías sujetas a revisión del Servicio Agrícola y Ganadero; y las resoluciones exentas N° 6.539 de 2011, que establece exigencias para la emisión de certificados sanitarios para la internación de animales y productos de origen animal; N° 6.567 de 2024, que establece condiciones sanitarias generales para la importación a Chile de productos pecuarios y animales vivos; N° 3.138 de 1999, que establece requisito de habilitación para establecimientos de producción pecuaria que deseen exportar animales o sus productos; N° 833 de 2002, que fija exigencias sanitarias para la internación de carnes de bovino; N° 7.597 de 2020, que levanta medidas provisionales en relación a la importación de carne de bovino desde Colombia; N° 5.828 de 2026, que deroga la resolución exenta N° 7.597 de 2020 y suspende las importaciones a Chile de carnes de bovinos desde Colombia; y N° 36 de 2025, de la Contraloría General de la República, sobre actos administrativos sujetos al trámite de toma de razón. Considerando: 1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) es la institución responsable de proteger, mantener e incrementar el patrimonio zoosanitario del país. 2. Que, es función del SAG adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción a Chile de agentes infectocontagiosos causantes de enfermedades que afectan a los animales, estableciendo las acciones de prevención necesarias para dicho fin. 3. Que, resulta necesario modificar la resolución exenta N° 5.828/2026, con el objetivo de ajustar la fecha de suspensión de las importaciones a Chile de carnes de bovinos frescas, refrigeradas y congeladas, desde Colombia, de manera que se encuentre alineada con la fecha de la comunicación oficial mediante la cual el SAG notificó dicha medida a la autoridad veterinaria competente de Colombia, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA). Sitio Web: www.diarioficial.cl

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