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Crea Comisión Asesora Ministerial Denominada "mesa de la Semana de la Educación Artística"
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 14 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO
Subsecretaría de las Culturas y las Artes
CREA COMISIÓN ASESORA MINISTERIAL DENOMINADA "MESA DE LA
SEMANA DE LA EDUCACIÓN ARTÍSTICA"
Núm. 70 exento.- Valparaíso, 1 de julio de 2026.
Visto:
Lo dispuesto en la ley N° 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el
Patrimonio; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°
18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la ley N°
19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los
órganos de la Administración del Estado; en el artículo 1°, título I, N° 21 del decreto supremo N°
19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de
Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República"; en la resolución exenta N° 2.494,
de 2025, de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, que aprueba la Política Nacional de
Educación Artística 2024-2029; y en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de
la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y demás normas que
resulten aplicables.
Considerando:
1° Que conforme a los numerales 8 y 24 del artículo 3 de la ley N° 21.045, el Ministerio de
las Culturas, las Artes y el Patrimonio (en adelante "el Ministerio") tiene por funciones y
atribuciones fomentar y colaborar, en el ámbito de sus competencias, en el desarrollo de la
educación artística no formal como factor social de desarrollo, así como establecer una
vinculación permanente con el sistema educativo formal en todos sus niveles, coordinándose
para ello con el Ministerio de Educación, con el fin de dar expresión a los componentes
culturales, artísticos y patrimoniales en los planes y programas de estudio y en la labor
pedagógica y formativa de los docentes y establecimientos educacionales.
2° Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 9 del citado cuerpo normativo, la
Subsecretaría de las Culturas y las Artes (en adelante "la Subsecretaría de las Culturas"), tiene el
deber de ejecutar planes y programas destinados al cumplimiento de las políticas ministeriales y,
en especial y en lo que atañe a este acto administrativo, de las funciones y atribuciones
ministeriales establecidas en los señalados numerales 8 y 24 del artículo 3 de la ley N° 21.045.
3° Que a su vez, según lo dispuesto en los artículos 22 y 23 de la ley N° 21.045, el Servicio
Nacional del Patrimonio Cultural (en adelante "el Servicio") tiene por objeto implementar
políticas y planes, y diseñar y ejecutar programas destinados a dar cumplimiento a las funciones
del Ministerio, especialmente las previstas -entre otras- en el referido numeral 24 del artículo 3
del mismo cuerpo legal. Añade el artículo 9 de la misma ley, en relación con el inciso final del
citado artículo 23, que tratándose de las funciones de competencia común con el Servicio -como
en este caso-, la Subsecretaría de las Culturas deberá actuar coordinadamente con dicho servicio
público.
4° Que desde el año 2015, al amparo de las sucesivas leyes de presupuestos del sector
público, la Subsecretaría de las Culturas (en su calidad de sucesora y continuadora legal del
suprimido servicio público denominado Consejo Nacional de la Cultura y las Artes) ejecuta el
Programa Nacional de Desarrollo Artístico en la Educación el que, de acuerdo a lo establecido en
su glosa regulatoria, está destinado a contribuir al mejoramiento de la calidad de la educación, a
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través del arte como vehículo de conocimiento y de formación de habilidades socio afectivas, en
entidades de educación formal y no formal. En su estrategia de intervención dicho programa
incorpora la Semana de la Educación Artística (SEA) dentro de sus componentes, señalando que
la SEA es una celebración mundial impulsada por Unesco con el objetivo de potenciar iniciativas
en arte y cultura que fomenten la creatividad, la diversidad, el diálogo cultural e intercultural y la
cohesión social.
5° Que a su turno, mediante decreto N° 812, de 1979, del Ministerio de Relaciones
Exteriores, se aprobó el convenio entre el Gobierno de Chile y la Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, relativo a la Oficina Regional de Educación
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