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Sociedad Certiandes Spa Como Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Lab
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 14 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Subsecretaría del Trabajo / Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales
ACREDITA A LA SOCIEDAD CERTIANDES SpA COMO CENTRO DE
EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES
(Resolución)
Núm. 308 exenta.- Santiago, 3 de julio de 2026.
Visto:
llamado a postulación y aprobó
La ley N° 20.267, que crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales
y Perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo; el Reglamento de la Comisión del Sistema
Nacional de Certificación de Competencias Laborales, establecido por decreto supremo N° 137
de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; el Reglamento que regula la Acreditación
de Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales y la Habilitación de
Evaluadores, aprobado por decreto supremo N° 29 de 2011, del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social; la resolución exenta N° 1.110 de 2025, de la Subsecretaría del Trabajo, sobre
aranceles del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales; la resolución exenta
N° 114 de 31 de marzo de 2025, de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de
Competencias Laborales, que dispuso el
las Bases
Administrativas y Técnicas y sus anexos, para el décimo quinto Proceso de Acreditación de
Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, correspondiente al año 2025;
la resolución exenta N° 587 de 26 de noviembre de 2025, de esta Comisión, que aprobó la
prórroga de plazo para presentar solicitud de Acreditación como Centro de Evaluación y
Certificación de Competencias Laborales en la décimo quinta convocatoria, realizada por
resolución exenta N° 114 de 2025; la solicitud presentada por la sociedad Certiandes SpA,
registrada con el ID N° S-2025-05-23-007, en la plataforma informática habilitada para estos
efectos la resolución exenta N° 628 de 22 de diciembre de 2025, de esta Comisión, que declara
admisible la solicitud de acreditación como Centro de Evaluación y Certificación de
Competencias Laborales de la sociedad Certiandes SpA; la resolución exenta N° 232 de 26 de
mayo de 2026, que cierra el proceso de evaluación de la solicitud de acreditación presentada por
la sociedad Certiandes SpA el Acuerdo N° 1.496 de 2026 del órgano colegiado de esta
Comisión, adoptado en la centésima octogésima cuarta sesión ordinaria de 27 de mayo de 2026;
el Acta de Compromiso suscrita por la sociedad Certiandes SpA; la resolución N° 36 de 2024, de
la Contraloría General de la República, que establece normas sobre Exención del trámite de
Toma de Razón; y las facultades que me confiere el artículo 9° de la ley N° 20.267.
Considerando:
1. Que, a la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, en
adelante la Comisión o ChileValora, servicio público creado por ley N° 20.267, le corresponde la
facultad de acreditar la condición de Centro de Evaluación y Certificación de Competencias
Laborales habilitado para emitir certificados de competencias laborales, la que se otorgará por un
plazo de uno a cuatro años, sin perjuicio de revocarla anticipadamente, en los casos previstos en
la ley.
2. Que, mediante resolución exenta N° 114 de 31 de marzo de 2025, la Comisión dispuso el
llamado a postulación y aprobó las Bases Administrativas y Técnicas y sus anexos, para el
décimo quinto Proceso de Acreditación de Centros de Evaluación y Certificación de
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Competencias Laborales, correspondiente al año 2025, cuyo plazo para presentar solicitudes fue
prorrogado mediante la resolución exenta N° 587 de 26 de noviembre de 2025.
3. Que, en ese contexto, la sociedad Certiandes SpA presentó una solicitud de acreditación
en la plataforma informática de postulación habilitada para esos efectos y se ha determinado que
la entidad postulante cumple con los requisitos normativos para efectuar procesos de evaluación
y certificación en el sector, subsector y perfiles solicitados, conforme se da cuenta en la
resolución exenta N° 232 de 2026, que cierra el proceso de evaluación de dicha solicitud.
4. Que, mediante Acuerdo N° 1.496 de 2026, adoptado en la centésima octogésima cuarta
sesión ordinaria de 27 de mayo de 2026, el órgano colegiado de la Comisión resolvió acreditar a
la solicitante, como Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, por un
período de dos años contados desde la publicación de este acto administrativo en el Diario
Oficial.
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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