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Diario Oficial· normas_particulares

Sociedad Certiandes Spa Como Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Lab

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 14 de julio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Subsecretaría del Trabajo / Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales ACREDITA A LA SOCIEDAD CERTIANDES SpA COMO CENTRO DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES (Resolución) Núm. 308 exenta.- Santiago, 3 de julio de 2026. Visto: llamado a postulación y aprobó La ley N° 20.267, que crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales y Perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo; el Reglamento de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, establecido por decreto supremo N° 137 de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; el Reglamento que regula la Acreditación de Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales y la Habilitación de Evaluadores, aprobado por decreto supremo N° 29 de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; la resolución exenta N° 1.110 de 2025, de la Subsecretaría del Trabajo, sobre aranceles del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales; la resolución exenta N° 114 de 31 de marzo de 2025, de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, que dispuso el las Bases Administrativas y Técnicas y sus anexos, para el décimo quinto Proceso de Acreditación de Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, correspondiente al año 2025; la resolución exenta N° 587 de 26 de noviembre de 2025, de esta Comisión, que aprobó la prórroga de plazo para presentar solicitud de Acreditación como Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales en la décimo quinta convocatoria, realizada por resolución exenta N° 114 de 2025; la solicitud presentada por la sociedad Certiandes SpA, registrada con el ID N° S-2025-05-23-007, en la plataforma informática habilitada para estos efectos la resolución exenta N° 628 de 22 de diciembre de 2025, de esta Comisión, que declara admisible la solicitud de acreditación como Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales de la sociedad Certiandes SpA; la resolución exenta N° 232 de 26 de mayo de 2026, que cierra el proceso de evaluación de la solicitud de acreditación presentada por la sociedad Certiandes SpA el Acuerdo N° 1.496 de 2026 del órgano colegiado de esta Comisión, adoptado en la centésima octogésima cuarta sesión ordinaria de 27 de mayo de 2026; el Acta de Compromiso suscrita por la sociedad Certiandes SpA; la resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre Exención del trámite de Toma de Razón; y las facultades que me confiere el artículo 9° de la ley N° 20.267. Considerando: 1. Que, a la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, en adelante la Comisión o ChileValora, servicio público creado por ley N° 20.267, le corresponde la facultad de acreditar la condición de Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales habilitado para emitir certificados de competencias laborales, la que se otorgará por un plazo de uno a cuatro años, sin perjuicio de revocarla anticipadamente, en los casos previstos en la ley. 2. Que, mediante resolución exenta N° 114 de 31 de marzo de 2025, la Comisión dispuso el llamado a postulación y aprobó las Bases Administrativas y Técnicas y sus anexos, para el décimo quinto Proceso de Acreditación de Centros de Evaluación y Certificación de Sitio Web: www.diarioficial.cl Competencias Laborales, correspondiente al año 2025, cuyo plazo para presentar solicitudes fue prorrogado mediante la resolución exenta N° 587 de 26 de noviembre de 2025. 3. Que, en ese contexto, la sociedad Certiandes SpA presentó una solicitud de acreditación en la plataforma informática de postulación habilitada para esos efectos y se ha determinado que la entidad postulante cumple con los requisitos normativos para efectuar procesos de evaluación y certificación en el sector, subsector y perfiles solicitados, conforme se da cuenta en la resolución exenta N° 232 de 2026, que cierra el proceso de evaluación de dicha solicitud. 4. Que, mediante Acuerdo N° 1.496 de 2026, adoptado en la centésima octogésima cuarta sesión ordinaria de 27 de mayo de 2026, el órgano colegiado de la Comisión resolvió acreditar a la solicitante, como Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, por un período de dos años contados desde la publicación de este acto administrativo en el Diario Oficial.

Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.

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MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL