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Certifica Extinción de Concesión de Radiodifusión Sonora en Amplitud Modulada para la Localidad de Temuco
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 14 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
CERTIFICA EXTINCIÓN DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN
AMPLITUD MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE TEMUCO
Núm. 696 exento.- Santiago, 7 de julio de 2026.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en
adelante, la Subsecretaría;
b) La Ley N° 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;
c) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas
sobre exención del trámite de toma de razón;
d) El decreto supremo N° 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones;
e) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones;
f) El decreto supremo N° 113, de 1987, que otorgó la concesión, renovada mediante decreto
supremo N° 106, de 2010 y transferida a su actual titular mediante decreto supremo N° 218, de
2017; todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y
g) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas
sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
a) Que, mediante ingreso Subtel N° 38.903, de 25.03.2026, la concesionaria sociedad Radio
Corporación SpA, presentó renuncia a la concesión ya individualizada en la letra f) de los Vistos.
b) Que, de conformidad al artículo 23° de la ley, la extinción de una concesión debe
certificarse por decreto supremo, que deberá publicarse en el Diario Oficial; y, en uso de mis
atribuciones,
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