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Diario Oficial· normas_generales

Certificado el ministro de fe de las actuaciones del consejo y del banco central de chile, que suscribe, certifica que, de conformidad con lo establecido en el capítulo iii.f.5 del compendio de normas

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 9 de junio de 2026

Texto del documento

BANCO CENTRAL DE CHILE CERTIFICADO El Ministro de Fe de las actuaciones del Consejo y del Banco Central de Chile, que suscribe, certifica que, de conformidad con lo establecido en el Capítulo III.F.5 del Compendio de Normas Financieras, la clasificación de riesgo de los estados soberanos y de las entidades bancarias extranjeras que se indican a continuación es, para los efectos previstos en dicho Capítulo, la siguiente: CLASIFICACIÓN DE RIESGO DE LOS ESTADOS SOBERANOS CLASIFICACIÓN DE RIESGO DE ENTIDADES BANCARIAS EXTRANJERAS Sitio Web: www.diarioficial.cl Se deja constancia de que las clasificaciones de riesgo que preceden se han elaborado sobre la base de la información disponible en el Banco Central de Chile al 25 de mayo de 2026 y que ellas reemplazan parcialmente las contenidas en los N°s. 1 y 3 del Anexo del Capítulo III.F.5 del Compendio de Normas Financieras. Santiago, 4 de junio de 2026.- Juan Pablo Araya Marco, Ministro de Fe. Sitio Web: www.diarioficial.cl

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