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Aprueba Actualización de "instructivo de Asignación de Viviendas Fiscales de la Dirección del Trabajo"
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 15 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Subsecretaría del Trabajo / Dirección del Trabajo
APRUEBA ACTUALIZACIÓN DE "INSTRUCTIVO DE ASIGNACIÓN DE
VIVIENDAS FISCALES DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO"
Núm. 2.000-19278/2026 exenta.- Santiago, 29 de junio de 2026.
(Resolución)
Vistos:
1. Las atribuciones que me confiere el artículo 5º letra f), del DFL Nº 2, de 1967, del
Ministerio del Trabajo y Previsión Social;
2. Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 40, de fecha 20 de marzo de 2026, del Ministerio
del Trabajo y Previsión Social, que nombra a don David Leonidas Oddó Beas, en calidad de
Director Nacional del Trabajo;
3. La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas
sobre exención de Trámite de Toma de Razón;
4. El DFL Nº 1/19, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el
texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de
Bases Generales de la Administración del Estado;
5. La Ley Nº 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos
de los Órganos de la Administración del Estado;
6. El DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo;
6. El dictamen D263N26, de fecha 7 de mayo de 2026, de Contraloría General de la
República, que reconsidera y/o complementa jurisprudencia administrativa sobre la aplicación de
los artículos 91 de la ley Nº 18.834, Estatuto Administrativo, y 89 de la ley Nº 18.883, Estatuto
Administrativo para Funcionarios Municipales, en los aspectos que indica.
Considerando:
1. Que, a través de la resolución exenta Nº 2000-22278/2025, de fecha 13 de agosto de
2025, del Director del Trabajo de la época, se aprobó el "Instructivo de Asignación de Viviendas
Fiscales de la Dirección del Trabajo", el cual fue publicado en el Diario Oficial de fecha 12 de
septiembre de 2025, Nº 44.249, Sección II, Sección Normas Particulares, CVE 2698302.
2. Que, el objetivo del "Instructivo de Asignación de Viviendas Fiscales de la Dirección del
Trabajo", consistía en entregar directrices a los Directores Regionales del Trabajo y a las
Coordinaciones de Gestión Global de Soporte y/o de Administración y Finanzas de cada una de
estas y demás dependencias involucradas en los procesos llevados a efecto para la asignación de
los inmuebles existentes en distintas regiones del país, otorgados a esta Dirección, en concesión a
título gratuito, comodato u otra figura jurídica, con el objeto que sean destinados a la asignación
de su uso como vivienda a funcionarios del Servicio, y cuya gestión del procedimiento de
asignación se encuentra radicada en las Direcciones Regionales del Trabajo.
3. Que, en dicho "Instructivo de Asignación de Viviendas Fiscales de la Dirección de
Trabajo", se establecieron condiciones y requisitos para la asignación de dichos inmuebles,
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dando certeza y garantías de un procedimiento objetivo, en la ponderación de los antecedentes
presentados por los funcionarios y funcionarias en su postulación al beneficio, para su
asignación, sea a aquel funcionario o funcionaria que, en derecho le corresponda, de
conformidad con la normativa contenida en el artículo 91 del Estatuto Administrativo y a la
jurisprudencia emanada de la Contraloría General de la República.
4. Que, por medio de dictamen D263N26, de fecha 7 de mayo de 2026, la Contraloría
General de la República reconsideró y/o complementó la jurisprudencia administrativa existente
a la fecha, en relación con la normativa Estatutaria establecida para la concesión del beneficio de
asignación de inmuebles fiscales, estableciendo que las jefaturas de servicios o autoridades
municipales, según sea el caso, en el marco de sus potestades de organización y administración,
en especial, las relativas a la gestión de los bienes y recursos del servicio, está facultada, entre
otros, para fijar plazos máximos de uso, condiciones transversales de mantención y cuidado y
poner término al goce de una vivienda fiscal o municipal por parte de un funcionario, de acuerdo
con la normativa existente y conforme a los procedimientos internos existentes. Asimismo,
puntualizó que, tanto la asignación como el término del beneficio y la aprobación de la
normativa, protocolos y procedimientos internos deberán disponerse mediante un acto
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