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Por resolución de 5 de junio de 2026, del Segundo Juzgado de Letras de San Antonio, en causa RIT M-86-2023, se ha ordenado notificar por avisos la demanda presentada, 2º Juzgado de Letras San Antonio,
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NOTIFICACIÓN
Por resolución de 5 de junio de 2026, del Segundo Juzgado de Letras de San Antonio, en
causa RIT M-86-2023, se ha ordenado notificar por avisos la demanda presentada, 2º Juzgado de
Letras San Antonio, RIT M-86-2023, demandante NELDA ARAVENA OJEDA, Rut
11.247.851-5, actualmente cesante, domiciliada en calle Jason N°1729, Campiña 1, comuna de
San Antonio. Demandado: CRISTOPHER CHEETAM MORENO, RUT 15.312.017- K, ignoro
profesión u oficio, con domicilio en Avenida El Litoral N°0262, comuna de Santo Domingo.
Hechos, en síntesis: día 18 de junio de 2018 fue contratada bajo vínculo subordinación y
dependencia, se suscribió contrato de trabajo indefinido. Funciones: labores de trabajador de casa
particular -modalidad puertas afuera- en el domicilio ubicado en Avenida El Litoral N°0262,
comuna de Santo Domingo. Jornada laboral estaba distribuida los días, lunes, miércoles, jueves y
viernes, desde las 09:00 hasta las 17:00 horas. Remuneración pactada en contrato de trabajo
ascendía a la suma de $337.000.- mensuales. Al término de relación laboral se adeudan feriado
legal de las dos últimas anualidades, por la suma de $337.472.-; feriado proporcional por la suma
de $84.250.-; remuneraciones de los meses de septiembre, octubre, noviembre y 17 días de
diciembre de 2021, por la suma de $1.201.967.-; y indemnización a todo evento para trabajadora
de casa particular por la suma de $581.700.- En cuanto de las cotizaciones de seguridad social:
Se adeudan previsionales en AFP Habitat de los meses desde octubre de 2020 hasta diciembre de
2022; de salud en FONASA correspondiente a los meses de junio a diciembre de 2018; de enero
a diciembre de 2019; meses de octubre a diciembre de 2020, y meses de enero a diciembre de
2021; y del seguro de cesantía en AFC Chile, de los meses de noviembre de 2020 al mes de
diciembre de 2021. Término relación laboral: El 17 de diciembre de 2021, se pone término a la
relación laboral por renuncia voluntaria. Con fecha 30 de junio de 2022, se interpuso reclamo
administrativo ante la Inspección del Trabajo de San Antonio. El 04 de agosto de 2022, se realiza
comparendo de conciliación y no hubo acuerdo. Previas citas legales de rigor, pide que se declare
que se le adeudan las siguientes prestaciones: 1. Que la demandada deberá enterar las
cotizaciones previsionales en AFP Plan Habitat, de salud FONASA y de cesantía en AFC Chile,
correspondientes a los períodos señalados en el cuerpo de esta demanda en razón de una
remuneración de $337.000 mensuales; 2. Feriado proporcional, por la suma de $84.250.- o la
suma que determine SS conforme a derecho; 3. Feriado legal correspondiente a las dos últimas
anualidades, por la suma de $337.472.-, o la suma que determine SS conforme a derecho; 4.
Remuneraciones de los meses de septiembre, octubre, noviembre y 17 días de diciembre de
2021, por la suma de $1.201.967.-, o la suma que determine SS conforme a derecho; 5. Aporte
indemnizatorio a todo evento, equivalente al 4,11% de la remuneración mensual de todo el
período trabajado y que no efectuó la demandada, por la suma de $581.700.-, o la suma que
determine SS conforme a derecho; 6. Reajustes e intereses, de acuerdo a lo señalado en los
artículos 63 y 173 del Código del Trabajo; y 7. Costas de la causa. RESOLUCIÓN: San Antonio,
dieciocho de julio de dos mil veintitrés. Por cumplido lo ordenado y proveyendo a la demanda: A
lo principal: Téngase por deducida la demanda en procedimiento monitorio. Cítese a las partes a
audiencia única de contestación, conciliación y prueba a efectuarse el día 22 de septiembre de
2023, a las 09:30 horas, a la que deberán concurrir con patrocinio de abogado habilitado para el
ejercicio de la profesión, celebrándose ésta con las partes que asistan y afectando a aquella que
no concurra, todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación. A
la audiencia decretada las partes deberán concurrir con todos sus medios de prueba. La audiencia
se realizará a través de la plataforma ZOOM, siendo responsabilidad de las partes contar con los
medios tecnológicos necesarios. Las partes deberán conectarse para tal efecto a la ID
4878242837, Clave de conexión 12345, a lo menos 10 minutos antes de la hora de inicio de la
audiencia. En caso de inconvenientes comunicarse a losteléfonos 9-62672071 o 35- 2231295. Se
hace presente que en la página web del Poder Judicial se encuentra disponible manual sobre el
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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