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10º Juzgado Civil de Santiago, en causa ROL: C-1241-2025, caratulada “Banco Santanderchile/ Campos”, por resolución judicial de fecha 11 de junio de 2026, se ha ordenado notificar la demanda ejecutiva

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NOTIFICACIÓN 10º Juzgado Civil de Santiago, en causa ROL: C-1241-2025, caratulada “Banco Santanderchile/ Campos”, por resolución judicial de fecha 11 de junio de 2026, se ha ordenado notificar la demanda ejecutiva y su resolución al demandado don Claudio Andrés Campos Cabrera RUT N° 15.425.176-6, del siguiente tenor: Rodrigo Ramírez León, abogado, en mi calidad de mandatario judicial y en representación, según acreditaré, de Banco Santander-Chile, sociedad anónima bancaria, representada legalmente por don Román Blanco Reinosa, en su calidad de Gerente General, Ingeniero Civil, pasaporte número PAK 752653, ambos domiciliados en calle Bandera Nº 140, comuna y ciudad de Santiago, a US., respetuosamente, digo: en la calidad en que comparezco, vengo en interponer demanda ejecutiva contra Claudio Andrés Campos Cabrera, ignoro profesión, en su calidad de suscriptor, domiciliado en Santa Corina Lote 5, Peñaflor, Región Metropolitana, de acuerdo con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que paso a exponer. 1.- Claudio Andrés Campos Cabrera, suscribió en Santiago, ante Notario y a la orden del Banco Santander-Chile, los siguientes pagarés: a) Pagaré N° 650049122068, suscrito el 19 de diciembre de 2024 por la suma de $1.750.000.- por concepto de capital, cantidad que se obligó a pagar el 23 de diciembre de 2024. Dicho pagaré fue suscrito por Santander Gestión de Recaudación y Cobranza Limitada como mandatario del deudor, Claudio Andrés Campos Cabrera, en virtud del mandato especial otorgado por éste, que acompaño en el segundo otrosí, documentándose en dicho instrumento mercantil la deuda que el citado demandado tiene con el Banco Santander-Chile. En el citado pagaré se estipuló que la referida deuda, en capital e intereses, devengaría desde la fecha de mora o simple retardo, intereses penales a la tasa de interés máximo convencional para operaciones de crédito de dinero no reajustables que rija a la indicada fecha. Llegada la fecha de vencimiento de pagaré, la parte demandada no pagó la referida obligación, razón por la que por concepto de este pagaré, don Claudio Andrés Campos Cabrera adeuda de plazo vencido al Banco Santander-Chile, la expresada suma de $1.750.000.- por concepto de capital, con más intereses penales a la tasa pactada. b) Pagaré N° 650049140104, suscrito el 19 de diciembre de 2024 por la suma de $20.410.631.- por concepto de capital, cantidad que se obligó a pagar el 23 de diciembre de 2024. Dicho pagaré fue suscrito por Santander Gestión de Recaudación y Cobranza Limitada como mandatario del deudor, Claudio Andrés Campos Cabrera, en virtud del mandato especial otorgado por éste, que acompaño en el segundo otrosí, documentándose en dicho instrumento mercantil la deuda que el citado demandado tiene con el Banco Santander-Chile. En el citado pagaré se estipuló que la referida deuda, en capital e intereses, devengaría desde la fecha de mora o simple retardo, intereses penales a la tasa de interés máximo convencional para operaciones de crédito de dinero no reajustables que rija a la indicada fecha. Llegada la fecha de vencimiento de pagaré, la parte demandada no pagó la referida obligación, razón por la que por concepto de este pagaré, don Claudio Andrés Campos Cabrera adeuda de plazo vencido al Banco Santander-Chile, la expresada suma de $20.410.631.- por concepto de capital, con más intereses penales a la tasa pactada. c) Pagaré N° 650049139947, suscrito el 19 de diciembre de 2024 por la suma de $476.076.- por concepto de capital, cantidad que se obligó a pagar el 23 de diciembre de 2024. Dicho pagaré fue suscrito por Santander Gestión de Recaudación y Cobranza Limitada como mandatario del deudor, Claudio Andrés Campos Cabrera, en virtud del mandato especial otorgado por éste, que acompaño en el segundo otrosí, documentándose en dicho instrumento mercantil la deuda que el citado demandado tiene con el Banco Santander-Chile. En el citado pagaré se estipuló que la referida deuda, en capital e intereses, devengaría desde la fecha de mora o simple retardo, intereses penales a la tasa de interés máximo convencional para operaciones de crédito de dinero no reajustables que rija a la indicada fecha. Llegada la fecha de vencimiento de pagaré, la parte demandada no pagó la referida obligación, razón por la que por concepto de este pagaré, don Claudio Andrés Campos Cabrera adeuda de plazo vencido al Banco Santander-Chile, la expresada suma de $476.076.- por concepto de capital, con más intereses

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