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10° Juzgado Civil de Santiago, Rol N° C-6069-2023, cuaderno de Gestión Preparatoria, caratulado “Claro Vicuña Valenzuela S.A. (en procedimiento concursal de liquidación) /Empresa Constructora Claro”,

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NOTIFICACIÓN 10° Juzgado Civil de Santiago, Rol N° C-6069-2023, cuaderno de Gestión Preparatoria, caratulado “Claro Vicuña Valenzuela S.A. (en procedimiento concursal de liquidación) /Empresa Constructora Claro”, se ordenó con fecha 20 de mayo de 2024, notificar por aviso extractado la gestión preparatoria de la demanda y su proveído a la demandada Consorcio Excon Agua Santa CW S.A., representada por don Gustavo Vicuña Molina, chileno, CI N° 9.211.040-0, domicilio desconocido. En lo Principal: Citación a confesar deuda; Primer Otrosí: acompaña documentos con citación; Segundo Otrosí: patrocinio y poder; Tercer Otrosí: señala dirección de correo electrónico válida. María Loreto Ried Undurraga, abogado, Liquidadora Concursal, cédula nacional de identidad número 11.472.416-5, en representación de Claro Vicuña Valenzuela S.A., en liquidación concursal, sociedad del giro de su denominación, ambos con domicilio en Monseñor Nuncio Sótero Sanz 100, oficina 205, Comuna de Providencia, a V.S. respetuosamente digo: La Sociedad Consorcio Excon Agua Santa CVV S.A., RUT 76.181.893-7, domiciliado en Av. Del Cóndor 550, Santiago, Huechuraba, Región Metropolitana, es una empresa relacionada, según lo dispuesto en el artículo 2 número 26 de la ley 20.720, que adeuda a mi representada Claro Vicuña 2 Valenzuela S.A. la suma de $5.000.000.-, monto que corresponde a una cuenta corriente mercantil, según consta en Estados Financieros Consolidados al 31 de diciembre de 2020-2019 y al 31 de diciembre de 2021-2020. Lo anterior, consta a su vez, en el anexo N° 1 acompañado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 115 N° 1 de la ley 20.720, al procedimiento de liquidación concursal, por parte de la empresa Claro Vicuña Valenzuela S.A. al momento de solicitar su liquidación concursal voluntaria, en el cual, se señaló expresamente en el listado de activos “N° IV Cuentas por cobrar” a Consorcio Excon Agua Santa CVV S.A. por el monto de $5.000.000.- en razón de cuentas corrientes. En definitiva, y con el propósito de preparar la vía ejecutiva de la deuda señalada, solicito a V.S. se sirva citar a don a Gustavo Vicuña Molina en representación de la sociedad Consorcio Excon Agua Santa CVV S.A., a confesar la deuda que mantiene para con mi representada, ascendente a la suma de $5.000.000.-, en su calidad de empresa relacionada, que corresponde a una cuenta corriente mercantil bajo apercibimiento legal del artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, con costas en caso de oposición. Por tanto, a fin de preparar la vía ejecutiva en su contra y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, solicito a V.S.: se sirva ordenar que se cite a don Gustavo Vicuña Molina en representación de la sociedad Consorcio Excon Agua Santa CVV S.A., ya individualizado, a la presencia judicial, a fin de que confiese adeudar a la empresa Claro Vicuña Valenzuela S.A., la suma de $5.000.000 - bajo el apercibimiento indicado en el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, con costas en caso de oposición. Primer Otrosí: por este acto solicito a V.S. tener por acompañados los siguientes documentos, con citación: a) Resolución de liquidación de Claro Vicuña Valenzuela S.A., dictada por el 9º Juzgado Civil de Santiago; b) Certificado de Liquidación de Claro Vicuña Valenzuela S.A., emitido por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, documento que posee firma electrónica avanzada, y en que consta mi calidad de Liquidadora Titular. c) Estados Financieros Consolidados al 31 de diciembre de 2020-2019 y al 31 de diciembre de 2021-2020 de Claro Vicuña Valenzuela S.A. d) Anexo 1, Declaración de Liquidación Voluntaria presentada por parte de la empresa Claro Vicuña Valenzuela S.A. Por tanto, solicito a V.S.: tenerlos por acompañados, con citación. Segundo Otrosí: María Loreto Ried Undurraga, cédula nacional de identidad N° 11.472.416-5, solicito a V.S. tener presente que mi personería para representar a la Soc. Claro Vicuña Valenzuela S.A., deriva de las disposiciones expresas de los artículos 36 y 130 de la ley N° 20.720, y que en mi calidad de abogada habilitada asumo personalmente el patrocinio y poder de la presente causa. Por tanto, solicito a V.S.: tenerlo presente para todos los efectos legales. Tercer otrosí: de conformidad a lo dispuesto en la ley N° 21.394, solicito a V.S. tener presente que la casilla de correo electrónico válida para este procedimiento será: notificaciones@riedycamus.cl. Por tanto; ruego a S.S.;

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