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10° Juzgado Civil de Santiago, Rol N° C-6069-2023, cuaderno de Gestión Preparatoria, caratulado “Claro Vicuña Valenzuela S.A. (en procedimiento concursal de liquidación) /Empresa Constructora Claro”,
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NOTIFICACIÓN
10° Juzgado Civil de Santiago, Rol N° C-6069-2023, cuaderno de Gestión Preparatoria,
caratulado “Claro Vicuña Valenzuela S.A. (en procedimiento concursal de liquidación) /Empresa
Constructora Claro”, se ordenó con fecha 20 de mayo de 2024, notificar por aviso extractado la
gestión preparatoria de la demanda y su proveído a la demandada Consorcio Excon Agua Santa
CW S.A., representada por don Gustavo Vicuña Molina, chileno, CI N° 9.211.040-0, domicilio
desconocido. En lo Principal: Citación a confesar deuda; Primer Otrosí: acompaña documentos
con citación; Segundo Otrosí: patrocinio y poder; Tercer Otrosí: señala dirección de correo
electrónico válida. María Loreto Ried Undurraga, abogado, Liquidadora Concursal, cédula
nacional de identidad número 11.472.416-5, en representación de Claro Vicuña Valenzuela S.A.,
en liquidación concursal, sociedad del giro de su denominación, ambos con domicilio en
Monseñor Nuncio Sótero Sanz 100, oficina 205, Comuna de Providencia, a V.S.
respetuosamente digo: La Sociedad Consorcio Excon Agua Santa CVV S.A., RUT 76.181.893-7,
domiciliado en Av. Del Cóndor 550, Santiago, Huechuraba, Región Metropolitana, es una
empresa relacionada, según lo dispuesto en el artículo 2 número 26 de la ley 20.720, que adeuda
a mi representada Claro Vicuña 2 Valenzuela S.A. la suma de $5.000.000.-, monto que
corresponde a una cuenta corriente mercantil, según consta en Estados Financieros Consolidados
al 31 de diciembre de 2020-2019 y al 31 de diciembre de 2021-2020. Lo anterior, consta a su
vez, en el anexo N° 1 acompañado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 115 N° 1 de la
ley 20.720, al procedimiento de liquidación concursal, por parte de la empresa Claro Vicuña
Valenzuela S.A. al momento de solicitar su liquidación concursal voluntaria, en el cual, se señaló
expresamente en el listado de activos “N° IV Cuentas por cobrar” a Consorcio Excon Agua
Santa CVV S.A. por el monto de $5.000.000.- en razón de cuentas corrientes. En definitiva, y
con el propósito de preparar la vía ejecutiva de la deuda señalada, solicito a V.S. se sirva citar a
don a Gustavo Vicuña Molina en representación de la sociedad Consorcio Excon Agua Santa
CVV S.A., a confesar la deuda que mantiene para con mi representada, ascendente a la suma de
$5.000.000.-, en su calidad de empresa relacionada, que corresponde a una cuenta corriente
mercantil bajo apercibimiento legal del artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, con
costas en caso de oposición. Por tanto, a fin de preparar la vía ejecutiva en su contra y, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, solicito a V.S.: se
sirva ordenar que se cite a don Gustavo Vicuña Molina en representación de la sociedad
Consorcio Excon Agua Santa CVV S.A., ya individualizado, a la presencia judicial, a fin de que
confiese adeudar a la empresa Claro Vicuña Valenzuela S.A., la suma de $5.000.000 - bajo el
apercibimiento indicado en el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, con costas en caso
de oposición. Primer Otrosí: por este acto solicito a V.S. tener por acompañados los siguientes
documentos, con citación: a) Resolución de liquidación de Claro Vicuña Valenzuela S.A.,
dictada por el 9º Juzgado Civil de Santiago; b) Certificado de Liquidación de Claro Vicuña
Valenzuela S.A., emitido por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento,
documento que posee firma electrónica avanzada, y en que consta mi calidad de Liquidadora
Titular. c) Estados Financieros Consolidados al 31 de diciembre de 2020-2019 y al 31 de
diciembre de 2021-2020 de Claro Vicuña Valenzuela S.A. d) Anexo 1, Declaración de
Liquidación Voluntaria presentada por parte de la empresa Claro Vicuña Valenzuela S.A. Por
tanto, solicito a V.S.: tenerlos por acompañados, con citación. Segundo Otrosí: María Loreto
Ried Undurraga, cédula nacional de identidad N° 11.472.416-5, solicito a V.S. tener presente que
mi personería para representar a la Soc. Claro Vicuña Valenzuela S.A., deriva de las
disposiciones expresas de los artículos 36 y 130 de la ley N° 20.720, y que en mi calidad de
abogada habilitada asumo personalmente el patrocinio y poder de la presente causa. Por tanto,
solicito a V.S.: tenerlo presente para todos los efectos legales. Tercer otrosí: de conformidad a lo
dispuesto en la ley N° 21.394, solicito a V.S. tener presente que la casilla de correo electrónico
válida para este procedimiento será: notificaciones@riedycamus.cl. Por tanto; ruego a S.S.;
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