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1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, San Martín N° 950, Comuna de Santiago, en causa RIT: M-1824-2026, RUC: 26-4-0780221-6, demandante ROSIMAR IZARZA SUAEZ, V-24.399.143, demandado SAN NICOLÁ

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NOTIFICACIÓN 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, San Martín N° 950, Comuna de Santiago, en causa RIT: M-1824-2026, RUC: 26-4-0780221-6, demandante ROSIMAR IZARZA SUAEZ, V-24.399.143, demandado SAN NICOLÁS SPA, RUT N° 78.183.398-3, RUT: 8.183.398-3. Representante legal: PABLO SEBASTIÁN MORALES SALINAS, RUT N°14.563.382-6.- Por las acciones de DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE RELACIÓN LABORAL, DESPIDO VERBAL, INJUSTIFICADO, IMPROCEDENTE E INDEBIDO, NULIDAD DEL DESPIDO Y COBRO DE PRESTACIONES LABORALES. ANTECEDENTES DE LA RELACIÓN LABORAL Con fecha 1 DE OCTUBRE DEL 2025, comencé a prestar servicios para el demandado, SAN NICOLÁS SpA, empresa con nombre de fantasía “S CLEAN ASEO PREMIUM”, en el cargo de “ENCARGADA DE ASEO”, En todas las instalaciones que fueran designadas voy don Pablo Sebastián Morales Salinas, dueño y jefe de la empresa, (usualmente le decimos “Sebastian”) quien me retiraba de algún lugar específico en su vehículo y me llevaba a la instalación que nos correspondiera. Desde un inicio yo solicité contrato de trabajo ya que cuento con Rut Provisorio circunstancia que le hice saber de inmediato a don Pablo, sin perjuicio de ello don Pablo me dijo que en el mes de diciembre nos harían contratos a todos, ya que debíamos esperar debido a que nos encontrábamos en periodo de prueba. Sin embargo, en todo el tiempo trabajado, nunca extendieron mi Contrato de Trabajo, a pesar de haber sido solicitado reiteradamente. Tampoco me realizaron los pagos de cotizaciones previsionales respectivos, causándome graves perjuicios a nivel previsional y migratorios, toda vez que, en mi condición de extranjera, requiero de una continuidad de pagos de cotizaciones y un contrato de trabajo, pero así todo, mi ex empleador no cesó en su conducta, manteniéndome bajo informalidad laboral. En cuanto al horario de trabajo que debía cumplir, este era de lunes a jueves de 07:00 a 17:00 hrs. y los viernes de 07:00 a 13:30 hrs. En cuanto a mi remuneración, conforme a lo prescrito artículo 172 del Código del Trabajo, corresponde a la suma de $993.750.- El pago de mi remuneración usualmente se realizaba a alguna compañera de trabajo o bien a un tercero de mi confianza, en este caso, a don Anthony Navarro Medina. Es dable señalar que, por parte de mi empleador, nunca recibí documentos laborales, tales como liquidaciones de sueldo, certificados de vigencia laboral, anexos u otro tipo de documentos, como así tampoco pude hacer uso de vacaciones, ni estas fueron compensadas en dinero, manteniéndome siempre en la informalidad laboral. 3.- ANTECEDENTES SOBRE EL TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL Cabe mencionar que con el paso del tiempo fui notando que don Pablo Morales era una persona bastante prepotente, que en ocasiones llegaba alcoholizado al trabajo, y siempre tenía un trato xenófobo o racista para todas las personas que manteníamos condición de extranjeros, usualmente nos trataba de ilegales, negros, venecos, bananeros, entre otros tratos denigrantes. Finalmente, el día 28 DE ENERO DEL 2026, efectivamente llegué cinco (no 14) minutos más tarde para juntarme con don Pablo quien me esperaba en su vehículo para trasladarme la instalación donde debíamos desarrollar nuestras funciones de limpieza. Fue producto de mi atraso que comenzó a gritarme en el auto y a maltratarme diciéndome cosas como así son ustedes los venecos unos aprovechadores, unos sin vergüenza, que hacen lo que quieren en el país, pero ya se les acabó la mano blanda ahora se van a tener que ir, porque acá ya nadie los va a contratar. De tanto escuchar groserías y malos tratos yo le dije, en tono respetuoso, pero con voz enérgica y clara, que no debía faltarme el respeto, que él no tenía esa potestad y qué me parecía muy grave lo que me estaba diciendo, el señor, de una forma violenta y brusca, detuvo el auto, y me exigió que me bajara, yo le pedí que me dejara en algún metro, ya que no sabía dónde estábamos, pero se detuvo en un semáforo me abrió la puerta y me echó del vehículo. Luego me mandó un mensaje por WhatsApp me dijo que no quería volver a verme más y que estaba despedida por llegar 14 minutos tarde. Supuestamente el abogado de la empresa se comunicaría conmigo para darme mi finiquito, lo cual nunca sucedió. Solicita, en definitiva: POR TANTO; RUEGO A S.S., se sirva tener por interpuesta demanda laboral de reconocimiento de relación laboral, despido verbal, injustificado, Sitio Web: www.diarioficial.cl

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