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En el juzgado de letras y garantía de calbuco, con fecha 16 de febrero de 2026, en autos laborales caratulados “martínez con naviera mar austral limitada”, rit m-21-2025, se ha ordenado notificar medi
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NOTIFICACIÓN
EN EL JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE CALBUCO, CON FECHA 16 DE
FEBRERO DE 2026, EN AUTOS LABORALES CARATULADOS “MARTÍNEZ CON
NAVIERA MAR AUSTRAL LIMITADA”, RIT M-21-2025, SE HA ORDENADO
NOTIFICAR MEDIANTE AVISOS LA PRESENTE DEMANDA Y SUS RESOLUCIONES.
EN LO PRINCIPAL: Interpone demanda por despido indebido y cobro de prestaciones
laborales; PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos; SEGUNDO OTROSÍ: Privilegio de
Pobreza; TERCER OTROSÍ: Patrocinio y Poder; CUARTO OTROSÍ: Forma de notificación. S.
J. DE LETRAS DE CALBUCO. CARLOS HANS MARTÍNEZ OYARZÚN, chileno, tripulante
general de cubierta, domiciliado en Huelmo S/N KM 35, camino costero, de la comuna Calbuco,
a US., respetuosamente digo: Que encontrándome dentro de plazo legal, vengo a entablar
demanda por despido indebido y cobro de prestaciones laborales, conforme al procedimiento
monitorio, en contra de mi ex empleador NAVIERA MAR AUSTRAL LTDA., persona jurídica
del giro de servicios relacionados con la acuicultura marina, representada legalmente por don
JUAN ESTEBAN QUEIROLO PARRA, o por quien corresponda de conformidad a lo dispuesto
en el artículo 4 del Código del Trabajo, ambos domiciliados en Chinquihue Alto KM. 4, Alto
Bonito, comuna de Puerto Montt, a fin de que se declare que el despido que fui objeto es
indebido y se condene a la demanda al pago de las indemnizaciones y demás prestaciones que
señalaré, fundado en las siguientes consideraciones de hecho y argumentos de derecho que paso
a exponer: I. RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS. PROCEDIMIENTO:
INDEBIDO Y COBRO DE PRESTACIONES
MONITORIO MATERIA: DESPIDO
LABORALES DEMANDANTE: CARLOS HANS MARTÍNEZ OYARZÚN RUT Nº:
12.935.081-4 ABOGADO PATROCINANTE: DANIELA CONCHA GUTIÉRREZ RUT Nº:
15.878.876-4 ABOGADO PATROCINANTE: HÉCTOR DUHART GALLARDO RUT Nº:
12.714.627-6 DEMANDADO: NAVIERA MAR AUSTRAL LTDA. RUT Nº:
REPRESENTANTE LEGAL: JUAN ESTEBAN QUEIROLO PARRA RUT Nº: 13.506.721-0 1.
Con fecha 25 de septiembre de 2024, celebré y escrituré contrato de trabajo, para desempeñarme
como tripulante general de cubierta a bordo de las embarcaciones de propiedad de la empresa
NAVIERA MAR AUSTRAL LTDA. 2. En cuanto a mi jornada de trabajo, esta se pactó en
sistemas de turnos, distribuidos en 30 días de trabajo por 28 días de descanso. 3. En lo que
respecta a mi remuneración, de conformidad al certificado de cotizaciones previsionales de AFC
para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, mi última remuneración asciende a la suma
de $1.109.396.- 4. En cuanto a la duración del contrato de trabajo, este era de naturaleza
indefinida. II. ANTECEDENTES DEL TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL. 1. Es caso
señalar que el turno que estaba realizando a la fecha del despido comenzó el 18 de mayo de
2025, sin embargo, no me embarqué en dicha fecha, debido a que se me informó que el
embarque se retrasaría algunos días. 2. Durante los días venideros permanecí a disposición del
empleador y en diversas ocasiones efectúe consultas tanto al jefe de flota don Cristian Martínez,
como al capitán de la tripulación respecto de la fecha de embarque, el que en definitiva se
efectuó el 09 de junio de 2025. 3. Días antes de cumplirse la fecha de término de mi turno (30
días), precisamente el 15 de junio me comuniqué con el jefe de flota y el capitán de la tripulación
a fin de que se gestionara la compra de mi pasaje a Puerto Montt, debido a que mi turno
finalizaba el 16 de junio de 2025. 4. En ese contexto, el 16 de junio me comuniqué nuevamente
con el jefe de la flota para recordarle que ese día finalizaba mi turno y comenzaban mis días
libres. De lo anterior dejé constancia ante la Inspección Comunal del Trabajo de Quellón con
fecha 16 de junio de 2025, indicando que mis días libres comenzarían el 17 de junio de 2025. 5.
Con fecha 19 de junio de 2025, fui informado de mi despido, mediante comunicación de
mensajería instantánea WhatsApp, donde el jefe de Recursos Humanos me indicó que con fecha
16 de junio de 2025 había sido despedido. 6. Jamás recibí carta de aviso de término de contrato.
III. TRÁMITES POSTERIORES AL DESPIDO 1. Conforme al procedimiento establecido en la
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ley, con fecha 08 de julio de 2025, interpuse reclamo administrativo Nº 1001/2025/2055 ante la
Inspección Provincial del Trabajo de Puerto Montt, fijándose fecha para el comparendo de
conciliación el día 18 de julio de 2025. 2. Al comparendo de conciliación celebrado el 18 de julio
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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INDEBIDO Y COBRO DE PRESTACIONES