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Formasub Capacitación y Servicios Submarinos Limitada”, Se Ordenó Notificar por Aviso a la
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NOTIFICACIÓN
Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en causa RIT M-651-2024, RUC
24-4-0584177-7, caratulada “MONTOYA/FORMASUB CAPACITACIÓN Y SERVICIOS
SUBMARINOS LIMITADA”, se ordenó notificar por aviso a la demandada AUSTRALIS MAR
S.A., RUT N° 76.003.885-7, representada legalmente por doña MARÍA JOSEFINA MORENO
TUDELA, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo, de la
demanda y su proveído presentada conforme al procedimiento monitorio laboral deducida con
fecha 17 de junio de 2024, por don MARCELO ANDRÉS MONTOYA MONTES, C.I. N°
16.107.854-9, que demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones, a razón de lo
siguiente: 1. Que se declare el despido es injustificado y/o improcedente. 2. Indemnización
sustitutiva del aviso previo: Por la suma de $876.250.- 3. Remuneración de los 2 días del mes de
abril de 2024, por la suma de $58.433. 4. Compensación de los días de descanso no otorgados en
el mes de abril de 2024 (20 días), en razón de $701.000.- 5. Feriado proporcional, por la suma de
$292.083.- 6. Reajustes e Intereses. y 7. Costas. Con fecha 24 de junio de 2024, el Tribunal
resuelve; Por cumplido lo ordenado. Proveyendo derechamente: A lo principal: Estese a lo que se
resolverá a continuación. Al primer otrosí: Téngase por adjuntos, vía Oficina Judicial Virtual. Al
segundo, tercer y cuarto otrosí: Téngase presente. A lo demás, como se pide, regístrese en el
sistema computacional y notifíquese, al correo señalado, las resoluciones que deban notificarse
personalmente, por cédula o por carta certificada. VISTO: Que de los antecedentes acompañados
por el actor, se estiman suficientemente fundadas sus pretensiones, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 500 del Código del Trabajo, se resuelve: Que SE ACOGE
PARCIALMENTE la demanda interpuesta por don MARCELO ANDRÉS MONTOYA
MONTES, trabajador, domiciliado en Uno 289, comuna de Valparaíso, en contra de su ex
empleadora FORMASUB CAPACITACIÓN Y SERVICIOS SUBMARINOS, del giro de su
denominación, representada legalmente por don JUAN CARLOS LÓPEZ GONZÁLEZ, o quien
haga las veces de tal al momento de la notificación conforme a lo dispuesto en el artículo 4 del
Código del Trabajo, ambos con domicilio en 1 Norte N°461, Oficina 703, comuna de Viña del
Mar; y solidariamente, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 183-B del Código del
Trabajo, en contra de AUSTRALIS MAR S.A., también denominada AUSTRALIS SEAFOODS
S.A., RUT N°76.003.885-7, representada legalmente por doña MARÍA JOSEFINA MORENO
TUDELA, RUT 14.203.657-6, cuya profesión u oficio se ignora, o por quien la subrogue o
represente conforme al artículo 4 del Código del Trabajo, ambos domiciliados para estos efectos
en Santa Rosa N° 560, Piso 1, Oficina N°15, comuna de Puerto Varas, declarándose en
consecuencia: I. Que el actor prestó servicios personales para la demandada desde el 22 de
noviembre de 2023 hasta el 02 de abril de 2024. II. Que el despido, por aplicación de la causal
contemplada en el artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, materia de este proceso,
es injustificado, por cuanto no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 162 del
Código del Trabajo. III. Que la demandada deberá, además, pagar al demandante las siguientes
prestaciones: a) $876.250 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $58.433
por remuneraciones del período abril de 2024 (2 días). c) $292.083 por feriado proporcional. IV.
Que, conforme a los antecedentes que constan en autos, la demanda por compensación de días de
descanso del mes de abril de 2024 será desestimada. V. Que no se condena en costas a las
demandadas, por no resultar totalmente vencidas. Las sumas ordenadas pagar mediante la
presente resolución deberán serlo con los reajustes e intereses establecidos en los artículos 63 y
173 del Código del Trabajo. Se advierte a las partes que sólo podrán reclamar de esta resolución
dentro del plazo de diez días hábiles contados desde su notificación. En caso de no presentarse
reclamación en contra de esta resolución, o de presentarse extemporáneamente, la presente
adquirirá el carácter de sentencia definitiva para todos los efectos legales. Notifíquese a la
demandada FORMASUB CAPACITACIÓN Y SERVICIOS SUBMARINOS, personalmente
por el Centro Integrado de Notificaciones Judiciales de Valparaíso, o de acuerdo con lo que
Sitio Web: www.diarioficial.cl
la presente notificación sea realizada en
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