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1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, San Martín Nº 950, comuna de Santiago, en causa RIT: O-9249-2025, RUC: 25-4-0746436-5, demandante JUAN CARLOS REGIO ADRIAN, Ced. Ident. Venezuela: 5635159
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NOTIFICACIÓN
1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, San Martín Nº 950, comuna de Santiago, en
causa RIT: O-9249-2025, RUC: 25-4-0746436-5, demandante JUAN CARLOS REGIO
ADRIAN, Ced. Ident. Venezuela: 5635159, demandado BUILDERSMART SPA, RUT N°
77.463.501-7. REPRESENTANTE LEGAL: CHRISTOPHER IVAN RUIZ MORALES, RUT
N° 13.566.203-8, por las acciones de despido indirecto. LOS HECHOS: 1. Que, a partir del 7 de
marzo 2023, ingresé a prestar servicios bajo dependencia y subordinación en los términos del
Art. 7º del Código del Trabajo; para la demandada, ya individualizada, actualmente como jefe de
obras, según Contrato de Trabajo que acompaño a esta presentación. 2. Percibía una renta
mensual promedio de $1.200.000, según promedio de las liquidaciones de sueldo de los tres
últimos meses completamente trabajados. Este sueldo se componía de un descuento por el uso de
una casa habitación, que mi jefe arrendó para mí. Esto porque a mí, por no tener documentos
(liquidaciones, etc.) no me arrendaban, PERO EL PAGO DE LA RENTA DE
ARRENDAMIENTO, LO PAGA LA EMPRESA Y ME LO DESCUENTA DE MI
LIQUIDACION MENSUAL y, por tanto me paga el saldo en efectivo. 3.- En cuanto a mis
servicios, consistían, en el cargo de Jefe de obra, en diversas construcciones, realizando todo tipo
de trabajos relativos a la construcción, reparación y mantención de casas departamentos, locales,
etc. Yo estaba a cargo de 4 trabajadores y mi jefe directo era don Christopher Ruiz, que es el
dueño de la empresa. 4.- Que en estas circunstancias, comencé a sufrir una serie de abusos de
parte de mi jefe, tales como los que menciono en la carta de auto despido y, además de conducir
una camioneta Dongfen de doble cabina, esto lo hice muchas veces arriesgando detención
PORQUE COMO EL SABE, YO NO DISPONGO DE LICENCIA DE CONDUCIR y si me
detenían arriesgaba mucho y ADEMAS NO ESTABA DENTRO DE LAS OBLIGACIONES DE
MI CONTRATO, POR LO QUE FINALMENTE ME NEGUE A SEGUIR CONDUCIENDO
ESTA CAMIONETA en el desarrollo diario de mi trabajo, entonces los problemas y el acoso
laboral, SE AGRAVARON Y SE HICIERON INSOPORTABLES. Era constantemente
maltratado, por lo que en el mes de noviembre de este año decidí ir a la Inspección del Trabajo a
buscar ayuda y A DENUNCIAR, y en ese lugar a sugerencia del funcionario procedí a estampar
una Denuncia N°1986/2025. 5. que acompañare. Que, en esta denuncia reclamo los siguientes
ítems: 5.1.- No entregar copia del contrato de trabajo, ni liquidaciones de sueldo (con lo que
nunca podía saber el detalle de mis pagos y de mis descuentos). 5.2.- No llevar correctamente
registro asistencia, ni pagar horas extras. Normalmente, por la naturaleza de mi trabajo,
seguíamos trabajando después del término de mi jornada laboral Y ESAS HORAS EXTRAS SE
ME ADEUDAN, HASTA EL DIA DE HOY, por lo que aprovecho de cobrarlas en esta
presentación; 5.3.- No pagar íntegramente mis sueldos, EN LOS ULTIMOS DOS MESES ME
DESCONTO, COMO DE COSTUMBRE LA RENTA MENSUAL DEL ARRIENDO DEL
DEPARTAMENTO, PERO NO LA PAGO Y AHORA EL DUEÑO ARRENDADOR ME
ESTA COBRANDO A MÍ ESTOS DOS MESES IMPAGOS y 5.4.- No pagar y/o declarar mis
cotizaciones de Seguridad Social. A PESAR DE QUE TAMBIEN ME LAS DESCONTABA
TODOS LOS MESES DE MI SUELDO, A RAZON DE $250.000. 6.- Que esta situación de
abuso terminó por colmar mi paciencia ya que me sentí nuevamente burlado. Entonces fui a la
Inspección del Trabajo a buscar ayuda y, en ese lugar el funcionario me explicó que podía
autodespedirme por tratarse de incumplimientos graves, por lo que con fecha 14 de noviembre de
2025, procedí a poner término a mi contrato de trabajo por DESPIDO INDIRECTO, para lo cual
envié carta de aviso de término de relación laboral por despido indirecto a mi ex empleador
mediante correo certificado, notificándole que invocaba el término de la relación laboral. 7. Que,
en estas cartas de despido, señalo los graves incumplimientos reclamados, que consisten en: -No
pagar saldo sueldo mes de octubre y días de noviembre 2025; -No otorgar el trabajo convenido;
-No entregar liquidaciones de sueldo: -No llevar registro asistencia, ni pagar horas extras; -pagar
remuneración parcial o incorrectamente; y -No pagar y/o no declarar mis cotizaciones de
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seguridad social. 8. Finalmente, hago presente a SS., que durante el trascurso de la relación
laboral, QUE DURÓ 3 AÑOS, siempre registre un buen desempeño, cumpliendo en forma
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