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Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-88-2026, RUC: 26-2-6057026-8, caratulada Rojas/Pozo por demanda de cuidado personal, por resolución de fecha 03 de junio de 2026, se ha ordenado notific
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 15 de julio de 2026
Texto del documento
NOTIFICACIÓN
Juzgado de Familia de San Fernando, causa RIT C-88-2026, RUC: 26-2-6057026-8,
caratulada Rojas/Pozo por demanda de cuidado personal, por resolución de fecha 03 de junio de
2026, se ha ordenado notificar de conformidad a lo dispuesto en el artículo 54 del Código
Procedimiento Civil, la presente resolución mediante tres avisos en un diario de circulación
nacional a elección de la parte demandante y un aviso en el diario oficial en la forma establecida
en el inciso final del artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, Demanda: A doña Giovanna
Stefania Zamora Astudillo, RUT: 18.268.927-0, último domicilio registrado corresponde al
ubicado en Arauco 258, San Fernando, demanda de cuidado personal ingresada en este Tribunal
el 27 de enero de 2026, interpuesta por doña Pilar de Los Ángeles González Molina, RUT:
15.916.685-6. Proveído: En San Fernando, diecisiete de febrero de dos mil veintiséis, se
resuelve: A lo principal: Téngase por interpuesta demanda de cuidado personal. Traslado. Al
primer otrosí: Téngase por acompañados. Incorpórese jurídicamente en la audiencia respectiva.
Al segundo otrosí: téngase presente privilegio de pobreza. Al tercer otrosí: Téngase presente
patrocinio, poder y forma de notificación, sólo respecto de las resoluciones contempladas en el
artículo 23 de la ley 19.968 que no deban practicarse por el estado diario. Resolución folio 37
San Fernando, tres de junio de dos mil veintiséis. A folio 42: A lo principal: Como se pide,
confecciónese el correspondiente extracto por el Ministro de Fe del Tribunal. Vistos: A objeto de
dar curso progresivo a los autos, y considerando, además, que no se daría cumplimiento a lo
dispuesto en el inciso 2 del artículo 59 de la ley 19.968, dada la proximidad de la audiencia
fijada, se resuelve: Se cita a audiencia preparatoria para el día 1 de septiembre de 2026 a las
11:00 horas en sala N° 1, la que se celebrará con quienes asistan afectando a los que no
concurran, todas las resoluciones que se dicten en ella sin ulterior notificación. Lo anterior de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la ley 19.968. Se sugiere que las partes
concurran al tribunal con una antelación de 10 minutos de la audiencia fijada, para verificar la
acreditación y validación de la identidad de los participantes. Se apercibe a la parte demandante,
que de no concurrir el día y hora fijados, se entenderá como falta de interés en el litigio y la
causa se podrá abandonar de plano, en virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la ley 19.968.
La audiencia se realizará a través de videoconferencia (plataforma virtual ZOOM). El ID y el
link
siguiente:
a
https://pjud-cl.zoom.us/j/95629571488 ID de reunión: 956 2957 1488 Código de acceso: 074644.
Al primer, segundo y tercer otrosí: Estese a lo resuelto. San Fernando, 26 de junio de 2026.
Ministro de Fe.- Juzgado de Familia de San Fernando.
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