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II. ANTECEDENTES PREVIOS INDIRECTO, FUERO DESPIDO COBRO DE 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, San Martín N°950, Comuna de Santiago, en causa RIT: T-3550-2025, RUC: 25-4-0723203-0, demandant
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NOTIFICACIÓN
II. ANTECEDENTES PREVIOS
INDIRECTO, FUERO DESPIDO COBRO DE
1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, San Martín N°950, Comuna de Santiago, en
causa RIT: T-3550-2025, RUC: 25-4-0723203-0, demandante MIRNA LORELEY SALGADO
MÁRQUEZ, cédula de identidad N°17.418.333-3, DEMANDADO 1: GRUPO SV SpA, RUT
N° 76.614.698-8, REP. LEGAL: CRISTÓBAL SUBERCASEAUX BRAVO, RUT:
15.637.334-6, DEMANDADO 2: UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO, RUT: 71.644.300-0,
REP. LEGAL: FEDERICO VALDÉS LAFONTAINE, RUT: 7.055.784-3. Por las acciones de
TUTELA POR VULNERACIÓN DE GARANTÍA DE DERECHOS FUNDAMENTALES Y
COBRO DE INDEMNIZACIONES Y PRESTACIONES LABORALES; EN SUBSIDIO,
INDEMNIZACIONES
MATERNAL,
PRESTACIONES LABORALES.
INICIO DE LA
RELACIÓN LABORAL. Comencé a prestar servicios para GRUPO SV SpA, el día 2 de agosto
de 2025, bajo vínculo de subordinación y dependencia en los términos del artículo 7 del Código
del Trabajo. NATURALEZA DEL CONTRATO. La naturaleza del contrato era de duración
indefinida. LUGAR DE TRABAJO. Prestaba
servicios en UNIVERSIDAD DEL
DESARROLLO, Campus RESB, ubicado en Av. La Plaza 680, Las Condes, dado contratos
civiles y/o comerciales entre mi ex empleadora y UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO. En
virtud de mis funciones prestaba servicios a UNIVERSIDAD DEL DESARROLLO, en
consecuencia, al existir un contrato civil o comercial entre mi ex empleadora y la demanda
solidaria, son aplicables las normas de trabajo en régimen de subcontratación que establece el
código del trabajo. NATURALEZA DE LOS SERVICIOS PRESTADOS. En cuanto a mis
funciones fui contratado para el cargo de encargada de desinfección y
limpieza.
REMUNERACIÓN. Para efectos de cálculo de indemnizaciones y prestaciones que procedan, en
la presente causa y en conformidad a lo preceptuado en el artículo 172 del Código del Trabajo,
mi última remuneración ascendió a la cantidad $560.000, suma que debe considerarse efectos del
pago de las indemnizaciones a que se refieren los artículos 168, 169 y 171, por cuanto la última
remuneración mensual comprenderá toda la cantidad que estuviere percibiendo el trabajador por
la prestación de los servicios al momento de terminar el contrato, incluidas las cotizaciones e
imposiciones y las regalías evaluadas en dinero. JORNADA LABORAL. Mi jornada laboral era
de 45 horas semanales distribuidas de lunes a viernes. Destaco que durante el transcurso la
relación laboral registre un buen desempeño cumpliendo en forma eficiente y responsable de
todas las obligaciones que demandaba mi labor cumpliendo a cabalidad las instrucciones
entregadas por mi ex empleador. III. ANTECEDENTES DEL TÉRMINO DE LA RELACIÓN
LABORAL Y VULNERACIÓN DE HECHOS FUNDAMENTALES Durante todo el desarrollo
de la relación laboral, siempre tuve problemas con mi supervisor, siempre encontraba malo mi
trabajo, me pedía que los hiciera nuevamente, siendo que lo hacía de la mejor manera. Se me
criticaba constantemente por la manera en que desarrollaba mi cargo, se me decía que no estaba
pendiente de las solicitudes de la empresa, que era desprolija, lo que no era efectivo. En efecto,
mi supervisor quien tenía una obsesión por hostigarme, encontrando detalles o fallas inexistentes
en mis labores, con el objetivo de retarme y reprenderme, muchas veces frente a compañeros de
trabajo, con malas palabras e insultos, humillándome y menoscabándome gravemente,
provocándome impotencia, rabia, pena y llantos. Asimismo, esta persona me criticaba por como
ejercía mi cargo, siendo que yo cumplía con mis funciones y tareas de manera correcta, siendo
reconocida y destacada por mis compañeros de trabajo, recibiendo elogios y felicitaciones al
respecto, sin embargo, mi supervisor tenía una actitud negativa y hostil en mi contra. Los actos
de acoso continuaron con quitarme funciones de mi cargo, no me dejaba participar en las
reuniones que se hacían en la empresa, sin tener justificación. Así, en reiteradas ocasiones,
cuando estaba desempeñando mi cargo, mi supervisor me obligaba a dejar de realizar las tareas
que estaba realizando en dicho momento, apartándome y dejándome sin funciones, procediendo
él a ejecutarlas, con el solo ánimo de aislarme y hacerme sentir mal. Intenté en varias
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oportunidades conversar con mi supervisor de nombre Fernando Miranda, pero lamentablemente
nunca tuve respuesta, es más, los actos en contra de mi persona continuaron, aislándome
completamente de mis funciones y dejándome con los trabajadores en mi contra, ya que obligaba
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