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Sociedad rem evaluación y certificación de competencias laborales limitada o rem ltda
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 3 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Subsecretaría del Trabajo / Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales
ACREDITA A LA SOCIEDAD REM EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE
COMPETENCIAS LABORALES LIMITADA O REM LTDA. COMO CENTRO DE
EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES
Núm. 211 exenta.- Santiago, 14 de mayo de 2026.
(Resolución)
Visto:
La Ley N° 20.267, que Crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias
Laborales y Perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo; el Reglamento de la Comisión
del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, establecido por decreto
supremo N° 137 de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; el Reglamento que
regula la Acreditación de Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales y la
Habilitación de Evaluadores, aprobado por decreto supremo N° 29 de 2011, del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social; la resolución exenta N° 1.110 de 2025, de la Subsecretaría del
Trabajo, sobre aranceles del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales; la
resolución exenta N° 114 de 31 de marzo de 2025, de la Comisión del Sistema Nacional de
Certificación de Competencias Laborales, que dispuso el llamado a postulación y aprobó las
Bases Administrativas y Técnicas y sus anexos, para el décimo quinto Proceso de Acreditación
de Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, correspondiente al año
2025; la resolución exenta N° 587 de 26 de noviembre de 2025, de esta Comisión, que aprobó la
prórroga de plazo para presentar solicitud de Acreditación como Centro de Evaluación y
Certificación de Competencias Laborales en la décimo quinta convocatoria, realizada por
resolución exenta N° 114 de 2025; la resolución exenta N° 33 de 22 de enero de 2026, de esta
Comisión, que declara admisible la solicitud de acreditación como Centro de Evaluación y
Certificación de Competencias Laborales de la sociedad REM Evaluación y Certificación de
Competencias Laborales Limitada o REM Ltda.; la resolución exenta N° 175 de 21 de abril de
2026, que cierra el proceso de evaluación de la solicitud de acreditación presentada por la
sociedad REM Evaluación y Certificación de Competencias Laborales Limitada o REM Ltda.; el
Acuerdo N° 1.484 de 2026 del órgano colegiado de esta Comisión, adoptado en la centésima
octogésima tercera sesión ordinaria de 22 de abril de 2026; el Acta de Compromiso suscrita por
la sociedad REM Evaluación y Certificación de Competencias Laborales Limitada o REM Ltda.;
la resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que establece normas
sobre Exención del trámite de Toma de Razón; y las facultades que me confiere el artículo 9° de
la ley N° 20.267.
Considerando:
1. Que, a la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, en
adelante la Comisión o ChileValora, servicio público creado por ley N° 20.267, le corresponde la
facultad de acreditar la condición de Centro de Evaluación y Certificación de Competencias
Laborales habilitado para emitir certificados de competencias laborales, la que se otorgará por un
plazo de uno a cuatro años, sin perjuicio de revocarla anticipadamente, en los casos previstos en
la ley.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
2. Que, mediante resolución exenta N° 114 de 31 de marzo de 2025, la Comisión dispuso el
llamado a postulación y aprobó las Bases Administrativas y Técnicas y sus anexos, para el
décimo quinto Proceso de Acreditación de Centros de Evaluación y Certificación de
Competencias Laborales, correspondiente al año 2025, cuyo plazo para presentar solicitudes fue
prorrogado mediante la resolución exenta N° 587 de 26 de noviembre de 2025.
3. Que, en ese contexto, la sociedad REM Evaluación y Certificación de Competencias
Laborales Limitada o REM Ltda. presentó una solicitud de acreditación en la plataforma
informática de postulación habilitada para esos efectos y se ha determinado que la entidad
postulante cumple con los requisitos normativos para efectuar procesos de evaluación y
certificación en el sector, subsector y perfiles solicitados, conforme se da cuenta en la resolución
exenta N° 175 de 2026, que cierra el proceso de evaluación de dicha solicitud.
4. Que, mediante Acuerdo N° 1.484 de 2026, adoptado en la centésima octogésima tercera
sesión ordinaria de 22 de abril de 2026, el órgano colegiado de la Comisión resolvió acreditar a
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