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Diario Oficial· normas_particulares

Autoriza ampliación del alcance de la acreditación de la sociedad centros de evaluación y certifica

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 3 de junio de 2026

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MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Subsecretaría del Trabajo / Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales AUTORIZA AMPLIACIÓN DEL ALCANCE DE LA ACREDITACIÓN DE LA SOCIEDAD CENTROS DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES CERTIFICAT LIMITADA, O CERTIFICAT, A LOS PERFILES OCUPACIONALES QUE INDICA Núm. 214 exenta.- Santiago, 15 de mayo de 2026. (Resolución) Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 20.267, que Crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales y Perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo; en el Reglamento que regula la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, establecido por decreto supremo Nº 137, de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; en el Reglamento que regula la Acreditación de Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales y la Habilitación de Evaluadores, aprobado por decreto supremo Nº 29, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; la resolución exenta Nº 1.110, de 2025, de la Subsecretaría del Trabajo, sobre aranceles del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales; la resolución exenta Nº 283, de 26 de junio de 2025, de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, que aprueba el procedimiento de Ampliación de Alcance de Acreditación, para los Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales acreditados en el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales; la resolución exenta N° 180, de 30 de abril de 2025, de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, que renovó la acreditación a la sociedad Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales CertificaT Limitada o CertificaT, como Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales; en la solicitud de ampliación de alcance presentada por la sociedad Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales CertificaT Limitada o CertificaT, registrada con el N° SA-2026-13-25-022 en la plataforma informática habilitada para estos efectos; en la resolución exenta Nº 167, de 14 de abril de 2026, de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, que declaró admisible la solicitud de ampliación de alcance de la acreditación de la sociedad Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales CertificaT Limitada o CertificaT; en la resolución exenta Nº 172, de 21 de abril de 2026, de esta Comisión, que cerró la etapa de evaluación de la solicitud de ampliación de alcance presentada por dicho Centro; el acuerdo Nº 1.483, de 2026, adoptado en la centésima octogésima tercera sesión ordinaria del directorio de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, celebrada con fecha 22 de abril de 2026; el Anexo de Acta de Compromiso suscrito por la sociedad Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales CertificaT Limitada o CertificaT; la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; y las facultades que me confiere el artículo 9º de la ley N° 20.267. Considerando: 1. Que, la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, en adelante la Comisión o ChileValora, es un servicio público funcionalmente descentralizado, con Sitio Web: www.diarioficial.cl personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya función es la implementación de las acciones reguladas en la ley N° 20.267. 2. Que, mediante resolución exenta N° 283, de 2025, la Comisión aprobó el Procedimiento de Ampliación de Alcance de Acreditación de los Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales acreditados en el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales. 3. Que, mediante resolución exenta N° 180, de 2025, la Comisión, acreditó a la sociedad Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales CertificaT Limitada o CertificaT, como Centro de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, por un plazo de 3 años, para prestar sus servicios de evaluación y certificación de competencias laborales en los sectores, subsectores y perfiles ocupacionales que se indicaron en dicho acto administrativo. 4. Que, habiendo presentado una solicitud de ampliación de alcance de su acreditación, se ha determinado que la sociedad Centros de Evaluación y Certificación de Competencias

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