Diario Oficial· publicaciones_judiciales
Servicios industriales del sur SpA, se ha ordenado notificar a la demandada “servicios
Fecha del documento:
Texto del documento
NOTIFICACIÓN
Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, en causa RIT J-29-2025 RUC
25-3-0091380-9, caratulada VEGA/SERVICIOS INDUSTRIALES DEL SUR SpA, se ha
ordenado notificar a la demandada “SERVICIOS INDUSTRIALES DEL SUR SpA, RUT
legalmente por don EBERT FERNANDO VELASQUEZ
77.088.225-7,
SALAZAR, cédula de identidad 14.207.874-0”, mediante aviso que se publicará en el Diario
Oficial, conforme lo dispone el artículo 439 del Código del Trabajo respecto de la siguiente
demanda extractada:
representada
DESPÁCHESE: Antofagasta, catorce de abril de dos mil veinticinco. A lo principal: Por
interpuesta demandada ejecutiva, despáchese mandamiento de ejecución y embargo en contra de
SERVICIOS INDUSTRIALES DEL SUR SpA, representada legalmente por don EBERT
FERNANDO VELÁSQUEZ SALAZAR, por la suma que se determinará. Al primer otrosí: Al
incremento solicitado, traslado. Al segundo otrosí: Téngase por acompañados los documentos
indicados. Al tercer otrosí: Téngase presente. Sin perjuicio de lo anterior, reitérese al momento
de pedir derechamente el embargo. Al cuarto otrosí: Como se pide, ofíciese a la Tesorería
General de la República para los efectos de proceder a la retención a que se refiere el 467 del
Código del Trabajo, por la suma que se determinará y en su oportunidad. Al quinto otrosí:
Téngase presente y por acreditada personería, mediante copia digital de mandato judicial que se
acompaña. Al sexto otrosí: Como se pide. Ofíciese a la Tesorería General de la República para
los efectos de proceder a la retención a que se refiere el 467 del Código del Trabajo, por la suma
que se determinará y en su oportunidad. Pasen los antecedentes a la Unidad de Liquidación, en
conformidad a lo dispuesto en el artículo 473 del Código del Trabajo. Se hace presente al
ejecutado que, todo pago de prestaciones a las que condena esta resolución necesariamente
deberá ser informado mediante escrito o presentación en la causa acompañando al efecto el
respectivo comprobante de depósito, cupón de pago, transferencia electrónica u otro método
utilizado al efecto, desglosando en su presentación los conceptos por los cuales efectuó el pago.
En tanto no se cumpla con lo señalado anteriormente, el pago respectivo no podrá ser certificado
ni se reflejará en la causa, con los consecuentes efectos que ello genera. Notifíquese por receptor
particular, a costa de la parte. RIT J-29-2025 RUC 25-3-0091380-9 En Antofagasta, a catorce de
Sitio Web: www.diarioficial.cl
abril de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario y correo electrónico la resolución
precedente. MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN Y EMBARGO: JUZGADO DE COBRANZA
LABORAL Y PREVISIONAL DE ANTOFAGASTA MANDAMIENTO Antofagasta, veintidós
de abril de dos mil veinticinco. Un Ministro de Fe, requerirá de pago a don EBERT
FERNANDO VELÁSQUEZ SALAZAR, RUT 14.207.874-0 con domicilio en Cipriano Medina
1083, Nacimiento, en representación de SERVICIOS INDUSTRIALES DEL SUR SpA, RUT
77.088.225-7, para que en el acto de la intimación pague a MARCELO ALEJANDRO HUEÑIR
COLLONAO, RUT 11.353.983-6, o a quien sus derechos represente, la suma de $3.726.351.-
(tres millones setecientos veintiséis mil trescientos cincuenta y un pesos), más reajustes,
intereses, recargos y costas. Si no efectuare el pago, trábese embargo en bienes del ejecutado,
hasta por el equivalente a la suma antes señalada. Los bienes embargados, quedarán en poder del
Representante Legal de la ejecutada en su calidad de depositario provisional. Así está ordenado
por resolución de fecha veintidós de abril de dos mil veinticinco, en causa RIT N° J-29-2025,
caratulada VEGA/SERVICIOS INDUSTRIALES DEL SUR SpA del Juzgado de Cobranza
Laboral y Previsional de Antofagasta. RESOLUCIÓN: Antofagasta, veinte de febrero de dos mil
veintiséis. Como se pide, constando imposibilidad de notificar a la demandada SERVICIOS
INDUSTRIALES DEL SUR SpA, RUT 77.088.225-7, en los domicilios conocidos y conforme
dispone el artículo 439 del Código del Trabajo, practíquese notificación por avisos publicando
por una sola vez en el Diario Oficial u otro medio de circulación nacional, de conformidad con
extracto emanado del
inmediata. RIT J-29-2025 RUC
25-3-0091380-9 En Antofagasta, a veinte de febrero de dos mil veintiséis, se notificó por el
estado diario y correo electrónico la resolución precedente. Autoriza Alejandra Mabel Tejeda
Herrera, Ministro de fe, Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta.
tribunal. Hecho, dese cuenta
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
Ver documento completo (PDF)