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Segundo juzgado de letras del trabajo de santiago, merced 360 santiago. en autos rit t-4269-2025 ruc 25- 4-0740712-4 se ha ordenado notificar por avisos lo siguiente: extracto de la demanda: william g
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NOTIFICACIÓN
SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO, Merced 360
Santiago. En autos RIT T-4269-2025 RUC 25- 4-0740712-4 se ha ordenado notificar por avisos
lo siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: WILLIAM GALLEGOS CERDA, Abogado,
RUT 16.0839.23-6, en representación de EDUARDO ISAAC AVALOS BRAVO, domiciliado
en AVDA. NUEVA PROVIDENCIA 2250, OFICINA 1404, COMUNA DE PROVIDENCIA,
CIUDAD DE SANTIAGO, digo: vengo en deducir denuncia de tutela por vulneración de los
derechos fundamentales ocurrida con ocasión del despido, cobro de prestaciones e
indemnizaciones laborales, en contra CONSTRUCTORA MILLER BRIONES SPA, rut
78.088.885-7, del giro de su denominación, representada legalmente por GERALDINE
ESTEFANÍA BRIONES RÍOS, ignoro profesión u oficio, rut 19223988-5, ambos domiciliados
en HUÉRFANOS 550, OFICINA 17, SANTIAGO CENTRO, y de acuerdo a lo establecido en el
artículo 183 Letra A y siguientes del Código del Trabajo, de manera solidaria u subsidiaria, en
contra de CONSTRUCTORA TRES H INST SPA, rut 77450364-1, del giro de su denominación,
representada legalmente por GERALDINE ESTEFANÍA BRIONES RÍOS, ignoro profesión u
oficio, rut 19223988- 5, ambos domiciliados en HUÉRFANOS 550, OFICINA 17, SANTIAGO
CENTRO, en contra de CONSTRUCTORA CASA HOGAR LIMITADA, rut 76044826-5, del
giro de su denominación, representada legalmente por RODRIGO DANIEL MEYER
VENEGAS, ignoro profesión u oficio, rut 9.967.836-4, ambos domiciliados en DIAGONAL
PARAGUAY 481, OFICINA 41, SANTIAGO CENTRO, y en contra de SERVICIO DE
VIVIENDA Y URBANISMO METROPOLITANO (SERVIU), RUT: 61.814.000-8, del giro de
su denominación, representada legalmente por don ROBERTO ANDRES ACOSTA KERUM,
RUT: 13.931.255-4, ignoro profesión u oficio, o por quien haga sus veces, de conformidad con
lo establecido en el artículo 4 del Código del Trabajo, todas con domicilio en Serrano 45,
Comuna de Santiago, Región Metropolitana; según expongo: Comencé a prestar servicios para
CONSTRUCTORA MILLER BRIONES SPA, el día 10 de diciembre de 2024, bajo vínculo de
subordinación y dependencia en los términos del artículo 7 del Código del Trabajo. cargo de
ayudante gasfíter, contrato por obra hasta finalizar la construcción de la OBRA BATAFLOR
(ubicada en Malloquito 3033, Peñaflor) y OBRA CARRIZAL (ubicada en Malloquito 2971,
Peñaflor) en las que mi empleador prestaba servicios para CONSTRUCTORA TRES H INST
SPA y CONSTRUCTORA CASA HOGAR LIMITADA y estas a su vez ejecutaban dichas obras
para SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO METROPOLITANO (SERVIU), atendido
contratos civiles y/o comerciales. En virtud de mis funciones prestaba servicios a
CONSTRUCTORA TRES H INST SPA, CONSTRUCTORA CASA HOGAR LIMITADA y a
SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANISMO METROPOLITANO (SERVIU) en consecuencia,
al existir un contrato civil o comercial entre mi ex empleadora y la demanda solidaria, son
aplicables las normas de trabajo en régimen de subcontratación que establece el Código del
Trabajo. Remuneración de $1.000.000. Jornada laboral de 45 horas semanales, distribuidas de
lunes a viernes. Destaco que durante el transcurso la relación laboral registre un buen hacia
finales de la relación laboral, esta se tornó hostil y tensa, debido principalmente a que existían
una gran cantidad de comentarios y rumores de que las empresas involucradas en la obra estaban
sin dinero, que se estaban yendo a quiebra, lo cual generaba un ambiente de alta incertidumbre.
Atendido lo anterior, es que en reiteradas oportunidades traté, junto a otros compañeros de
trabajo, conversar con los dueños de la empresa, consultándoles al respecto, sin embargo,
inicialmente se nos indicaba que todo estaba bien, que no había inconveniente alguno, pero ante
preguntas de las razones por los atrasos en las remuneraciones, pago de cotizaciones o
paralizaciones que había sufrido la obra, mi empleador se exasperaba, procediendo gritándonos,
descalificándonos e insultándonos, mandándonos a gritos que volviéramos a trabajar, sin mayor
explicación. El día 08 de octubre del año en curso, me presento a mi lugar de trabajo, siendo
recibido el administrador de obra de Constructora Casa Hogar, quien me indica que estoy
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despedido, ya que mi empleador había incumplido el contrato de obra, dado los nulos avances.
me comuniqué con mi empleador, mencionándole lo que me había señalado el administrador, sin
embargo, en vez de recibir alguna respuesta coherente, lo único que se me respondió fue que por
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