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En causa Rol N° 1936/2023 Primer Juzgado de Letras Punta Arenas caratulada “Banco Santander, Chile con Adasme”, con fecha 05/10/2023 Juan Alejandro Rodríguez Muñoz, Abogado, domiciliado en Avenida Col

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NOTIFICACIÓN En causa Rol N° 1936/2023 Primer Juzgado de Letras Punta Arenas caratulada “Banco Santander, Chile con Adasme”, con fecha 05/10/2023 Juan Alejandro Rodríguez Muñoz, Abogado, domiciliado en Avenida Colón número 1144 oficinas 1 y 2, 2° piso, Punta Arenas, en representación de Banco Santander, Chile, con domicilio en calle Banderas N° 140 piso 17°, Santiago, demandó en juicio ejecutivo a Luis Antonio Adasme Díaz, domiciliado en pasaje Dragones N° 1534, Lomas del Bosque, Punta Arenas, para que pague suma de 2931,8467 Unidades de Fomento, suma que a modo referencial ascendía al día 14 de septiembre de 2023 a $106.069.054.-, más los intereses pactados y costas. Por Tanto, de acuerdo Art. 434 N° 2 y 4 siguientes del Código de Procedimiento Civil, se solicita tener por presentada demanda ejecutiva en contra de Luis Antonio Adasme Díaz, ya individualizado, por suma de 2931,8467 Unidades de Fomento, que a modo referencial ascendía al día 14 de septiembre de 2023 a $106.069.054.- más intereses pactados; ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra y se siga adelante ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de estas sumas al Banco Santander - Chile, con costas. Primer otrosí: Ruego a US. se sirva tener por acompañados documentos con citación y ordenar su custodia. Segundo otrosí: Se señala para traba de embargo inmueble inscrito a nombre de Luis Antonio Adasme Díaz: 1.- Inmueble ubicado Punta Arenas, en Pasaje Dos, actualmente pasaje Dragones N° 1534, que corresponde al Lote N° 9 de la Manzana “A” del Conjunto Habitacional denominado “Loteo Lomas del Bosque”, inscrito a fojas 739 N° 1252 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas del año 2021. 2.- Todos los bienes muebles que guarnecen el domicilio del deudor y todos los que le fueren conocidos. Tercer otrosí: Personería para representar a Banco Santander-Chile. Cuarto otrosí: Patrocinio y poder. Quinto otrosí: Notificaciones al correo electrónico alejandrorodriguez@armabogados.cl. El 11/10/2023 Tribunal provee: A Lo Principal: Despáchese mandamiento de ejecución y embargo por suma de 2931,8467 UF equivalente al día 14 de septiembre de 2023 a la suma de $106.069.054.- Al primer otrosí: Téngase por acompañados los documentos, custódiense. Al segundo otrosí: Téngase presente bienes para traba de embargo y depositario provisional designado. Como también se tiene presente para traba de embargo inmueble inscrito a nombre del ejecutado a fojas 739 N° 1252 en el Registro de Propiedad del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas. Al tercer otrosí: Téngase presente y por acompañada la personería del abogado para representar a la ejecutante, con citación. Al cuarto otrosí: Téngase presente el patrocinio y poder asumido por el Abogado Alejandro Rodríguez Muñoz. Al quinto otrosí: Téngase presente el correo electrónico aportado, para efectos de notificar aquellas resoluciones que correspondan conforme a lo dispuesto en el artículo 48 del Código de Procedimiento Civil, modificado por la ley N° 21.394. Cuantía 2931,8467 UF equivalente al día 14 de septiembre de 20123 a la suma de $106.069.054.- Custodia N° 1411-2023. Mandamiento. Punta Arenas, once de octubre de dos mil veintitrés. Requiérase a don Luis Antonio Adasme Díaz, para que pague a Banco Santander Chile, la suma de 2931,8467 UF equivalente al 14 de septiembre de 2023, a la suma de $106.069.054.- más intereses y costas. No verificado el pago, trábese embargo sobre bienes suficientes de la propiedad del deudor, los que quedarán en su poder en calidad de depositario provisional y bajo su responsabilidad. Se tiene presente para traba de embargo el inmueble inscrito a nombre del ejecutado a fojas 739 N° 1252 en el Registro de Propiedad del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas. Por no haberse podido notificar a demandada, con fecha 13/12/2023, se pidió notificación del artículo 54 de Código de Procedimiento Civil. Por resolución de 18/12/2024, tribunal resolvió: Atendido el mérito de los antecedentes y conforme lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, ha lugar a lo solicitado, notifíquese al ejecutado por medio de avisos, practicándose 3 publicaciones legales en el diario “La Prensa Austral” de esta ciudad atendido que se trata de un diario de circulación Regional en formato de papel y digital, y por una sola vez en el Diario Oficial correspondiente a los días Sitio Web: www.diarioficial.cl

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