Red Judicial
Volver al inicio
Diario Oficial· publicaciones_judiciales

16° Juzgado Civil Santiago, Huérfanos 1409 piso 4, Rol C-10631-2024 caratulado “Banco Santander-Chile/Audiorama S.A.”; Andrés Silva Charpentier, abogado, en representación de Banco Santander Chile, in

Fecha del documento:

Texto del documento

NOTIFICACIÓN 16° Juzgado Civil Santiago, Huérfanos 1409 piso 4, Rol C-10631-2024 caratulado “Banco Santander-Chile/Audiorama S.A.”; Andrés Silva Charpentier, abogado, en representación de Banco Santander Chile, interpone demanda de terminación de contrato de arrendamiento contra Audiorama S.A., sociedad comercial, representada por Patricio Humberto Jopia Rivera, empresario, ignoro domicilio. Según consta en escritura privada de 21 de marzo de 2016 protocolizada en la notaría de Juan San Martin Urrejola de 12 de abril de 2016, repertorio 12386-2016 las partes celebraron contrato de arrendamiento con opción de compra, sobre los bienes que se individualizarán, fijando el precio de la renta de la siguiente forma: la primera por 2624,86 unidades de fomento y las siguientes 36 por 236,65 UF pagándose la primera dentro de los primeros 5 días de la celebración del contrato y las siguientes por mensualidad anticipada desde los 30 días siguientes a la fecha de entrega de los bienes arrendados. Todos los pagos de renta se adicionarán el impuesto al valor agregado. En caso de incumplimiento del contrato, especialmente no pago de rentas, Banco Santander-Chile podrá, a su opción: a) dar por terminado ipso facto el contrato, sin más trámite o declaración judicial, en consecuencia, pudiendo exigir la devolución inmediata de los bienes arrendados y el pago de las rentas vencidas más una cláusula penal equivalente al 80% de las rentas pendientes; o b) exigir pago de todas las rentas vencidas y las sucesivas hasta el término del contrato, las que se entenderán devengadas y vencidas por ese hecho. Para garantizar el pago de la obligación se constituye como fiador y codeudor solidario a Patricio Humberto Jopia Rivera. Los bienes arrendados son: 20 Unidades Descripción Z0650.002 Modulo Line Array J8 NLT4F/M D B Audiotechnik; - 20 Unidades Descripción E7919.000 J Wheelboard D B Audiotechnik; - 2 Unidades Descripción Z5300.001 J Flying Frame With Case E7441 D B Audiotechnik; - 2 Unidades Descripción Z5305.000 J Hoist Connector Chain D B Audiotechnik; - 16 Unidades Descripción Z0057.002 Subwoofer B22-Sub Nlt4 D B Audiotechnik; - 16 Unidades Descripción E7911.000.00 B2wooden Lid D B Audiotechnik; - 8 Unidades Descripción Z0061002 Monitor De Piso D B Audiotechnik; - 12 Unidades Descripción Z2710.001 Amplificador Potencia D80 Nl4 4x2600 W D B Audiotechnik; - 4 Unidades Descripción Z5330.001 Rack Audio 3 Uni D80 Cee32a Nl4 D B Audiotechnik; - 1 Unidad E7468.000 Case Transporte 1 Unidad D80 19 D B Audiotechnik / 2 Unidades Z5343.030 Cable Audio Mc8 Nlt8f/M 30m D B Audiotechnik; -6 Unidades Z5344.002 Adaptador Nlt8f 4 Nlt4m D B Audiotechnik; - 12 Unidades Z5340.001 Cable Audio Mc4 Nlt4f/M 3mm 1m D B Audiotechnik 24 Unidades Z5340.020 Cable Audio Mc4 Nlt4f/M 3mm 20m D B Audiotechnik; - 4 Unidades Z5343.020 Cable Audio Mc8 Nlt8f/M 20mm 20m D B Audiotechnik; Bienes que la demandada declaró recibir conforme el 2 de agosto del 2016, según consta en factura N° 115875. Por escritura privada del 12 de abril del 2017 protocolizada ante el notario Juan San Martin Urrejola (repertorio 1090-2017) se convino modificar cláusula Decimoprimero del contrato ya individualizado, aumentando la duración de 37 a 69 meses desde la entrega de los bienes. También modifica la cláusula Cuarta fijando valor de la primera renta por 126,89 UF y las siguientes por 126,89 UF ambas más IVA pagaderas los días 4 de cada mes mientras dure el contrato, a contar del 4 de agosto del 2017, quedando exento de pagar los arriendos de junio y julio 2017. La arrendataria no pagó la cuota de agosto 2019 y siguientes constituyéndose en mora de las rentas pactadas. Previas citas legales, solicita tener interpuesta demanda de terminación de contrato de arrendamiento en contra de Audiorama S.A., representada por Patricio Humberto Jopia Rivera y contra Patricio Humberto Jopia Riverda por sí, codeudor y fiador solidario, acogerla a tramitación, citar a las partes a la audiencia de rigor y declarar que 1° se termina el contrato de arriendo por no pago de rentas 2° Que la arrendataria restituya dentro de 3° día los bienes arrendados, con uso de fuerza pública de ser necesario 3° Que pague a Banco Sandander Chile todas las rentas vencidas que adeude, que es la del mes de agosto 2019 por 83,71 UF más todas las siguientes entre septiembre de 2019 y mayo de 2022 por 5.055,80 UF con incremento del 80% por la cláusula penal fijada en contrato de arriendo o Sitio Web: www.diarioficial.cl

Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:

Ver documento completo (PDF)