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Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, notificación y requerimiento de pago a Valentina del Pilar Orellana Colipí, RUT: 18.769.118-4, Santiago, autos C-20.530-2024, “Banco Santander-Chile con Orel

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NOTIFICACIÓN Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, notificación y requerimiento de pago a Valentina del Pilar Orellana Colipí, RUT: 18.769.118-4, Santiago, autos C-20.530-2024, “Banco Santander-Chile con Orellana”, Juan Pablo Appelgren Balbontin, abogado, en representación del Banco Santander-Chile, sociedad anónima bancaria, representada por don Román Blanco Reinosa, ingeniero civil, todos domiciliados en calle Bandera N° 140, Santiago, a US. digo: Que vengo en demandar en forma ejecutiva a Valentina del Pilar Orellana Colipí, chilena, ignoro profesión y estado civil a la fecha, con domicilio en calle Camino del Monte N° 6150, departamento 401, del Edificio número cuatro del Conjunto Habitacional “Condominio Altavista II”, comuna de La Florida, para que pague el mutuo garantizado con hipoteca que se encuentra impago según se detalla: I.- Mediante escritura pública de compraventa, mutuo e hipoteca, otorgada con fecha 31 de mayo de 2021 en la Notaría de don Francisco Javier Leiva Carvajal.-, el Banco Santander-Chile, otorgó el siguiente mutuo a Valentina del Pilar Orellana Colipí: 1.- Mutuo por la cantidad de 4.320 Unidades de Fomento. 2.- Dicho préstamo debía pagarse en el plazo final de 360 meses. El préstamo conferido se pagará en 360 cuotas mensuales, vencidas y sucesivas, dichas cuotas serán de 18,8009 unidades de fomento cada una de ellas. 3.- Las partes convinieron que el mutuo, durante los años de servicio de la deuda, devengaría una tasa de interés fija y anual de 3,250%. 4.- Para garantizar el fiel cumplimiento del pago de este crédito, se deja constancia que se constituye hipoteca sobre el inmueble inscrito a fojas 54.198 número 79.199 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2021. 5.- se estableció que el acreedor podría considerar de plazo vencido la deuda, y podría exigir de inmediato el pago de la suma a que esté reducida en caso de retardarse el deudor en el pago de cualquier dividendo por más de 10 días. El deudor dejó de pagar el mutuo desde la cuota N° 35 con vencimiento al mes de julio de 2024 y siguientes, adeudándose al día 25 de noviembre de 2024 la cantidad de 4.067,4627.- Unidades de Fomento, más los respectivos intereses pactados y costas. Por tanto, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 434 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, a US ruego: tener por interpuesta demanda ejecutiva de cobro de mutuo en contra de Valentina del Pilar Orellana Colipí, ya individualizada y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la cantidad de 4.067,4627.- Unidades de Fomento, las que al día 25 de noviembre de 2024 equivalen a $155.314.192.-, más intereses pactados y penales, hasta hacer íntegro y cumplido pago de lo adeudado a mi representado, con expresa condenación en costas. Otrosíes: Primero: Acompaña documentos. Segundo: Señala bien para la traba del embargo. Tercero: Personería. Cuarto: Patrocinio y Poder. Quinto: Medios de notificación. Resolución de fecha 5 de diciembre de 2024, cuaderno principal, a folio 5: Previo a proveer, concuérdese la suma por el cual se solicita despachar mandamiento de ejecución y embargo con el capital debidamente adeudado. Presentación de fecha 6 de diciembre de 2024, cuaderno principal, a folio 6: Actor cumple lo ordenado aclarando que el capital total y efectivamente adeudado por el mutuo señalado y por el que se demanda, corresponde a 3.912 Unidades de Fomento. Resolución de fecha 13 de diciembre de 2024, cuaderno principal, a folio 8: A lo principal, despáchese mandamiento de ejecución y embargo por la suma de 3.912 UF, equivalentes al 25 de noviembre de 2024 a la suma de $149.377.920, más intereses y costas. Al primer y tercer otrosíes, por acompañadas copias digitales. Al segundo, cuarto y quinto otrosíes, téngase presente. En cuanto a la dirección de correo electrónico, téngase presente. Mandamiento de fecha 13 de diciembre de 2024, cuaderno de apremio, a folio 1: Requiérase de pago a Valentina del Pilar Orellana Colipí en calidad de deudor, para que en el acto de la intimación, pague a Banco Santander-Chile S.A, o a quien sus derechos represente, la suma de 3.912 UF, equivalentes al 25 de noviembre de 2024 a la suma de $149.377.920, más intereses y costas. No verificado el pago trábese embargo sobre bienes de su propiedad, en cantidad suficiente hasta completar dicha suma, bienes que quedarán

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