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Informal, Recibiendo Pagos Mediante Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, Merced 360 Santiago. en Autos Rit M-6345-2025 Se Ha Ordenado Notificar por Avisos Lo Siguiente: Extracto de la de

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NOTIFICACIÓN informal, recibiendo pagos mediante SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO, Merced 360 Santiago. En autos RIT M-6345-2025 se ha ordenado notificar por avisos lo siguiente: EXTRACTO DE LA DEMANDA: CLAUDIA BOSQUES CAVIERES, CI 13.047.940-5, con domicilio en Esmeralda 1489 depto 304B, Renca, digo: Interpongo demanda contra UWORK SpA, RUT 77.490.655-K, representada por María Lopes de Oliveira Cruz, CI 14.674.404-4, domiciliados en Badajoz 100 oficina 726 piso 7, Las Condes; y solidariamente contra BUSES ALFA S.A., RUT 77.532.114-8, domiciliado en Providencia 1760 Oficina 1603, Providencia. Fecha inicio relación laboral: 18/07/2024. Tipo contrato: Indefinido. Funciones: Fiscalizadora de zona de pago. Jornada de trabajo: Lunes a viernes de 05:30 a 8:30 horas, dos veces al mes de 17:00 a 20:00 horas, y sábados de 7:00 a 15:00 horas. Remuneración: $333.240. Fecha del despido: 31/08/2025. Recién el 20 de agosto de 2025 se procedió a formalizar el vínculo laboral que había iniciado el 18 de julio de 2024. Cuento con un contrato de trabajo fechado el 1 de julio de 2025, el cual fue firmado por la representante legal de la empresa recién el 20 de agosto de 2025, un minuto antes de las 22:00 horas. Esto ocurrió después de haber trabajado más de un año de manera transferencias bancarias o depósitos individualizados asociados al RUT de la demandada, según se detalla: 10 de marzo de 2025: $196.786. 08 de abril de 2025: $180.986. 10 de febrero de 2025: $258.552. 09 de enero de 2025: $182.326. 06 de diciembre de 2024: $190.940. 11 de noviembre de 2024: $199.552. 08 de octubre de 2024: $168.198. 09 de septiembre de 2024: $180.890. Asimismo recibí otros pagos en efectivo o bajo diversas denominaciones, desde el inicio de mi relación laboral con la demandada, es decir, desde el 18 de julio de 2024. Cabe destacar que jamás interrumpí la relación laboral con la demandada entre el 18 de julio de 2024 y el 31 de agosto de 2025, fecha en la cual fui despedida verbalmente, sin previo aviso. Por el contrario, sólo tras mi insistencia constante durante más de un año de trabajo informal, mi empleador accedió finalmente a escriturar nuestra relación laboral. Sin embargo, volvió a hacerlo de manera irregular, estableciendo un contrato a plazo fijo que no reconoce mi antigüedad laboral, firmado por la representante legal el mismo 20 de agosto de 2025 a las 21:49 horas. Todo ello, pese a que tanto el contrato como su anexo consignan fechas anteriores a la firma, esto es, 1 de julio y 1 de agosto, respectivamente. De esta forma, resulta evidente que mi ex empleador buscó construir una vía para despedirme legalmente, sin tener nunca la intención real de formalizar nuestra relación laboral ni de pagar las indemnizaciones que por ley me corresponden tras haber cumplido un año de servicio. Mi despido, ocurrido el 31 de agosto de 2025, se produjo apenas 11 días después de esta construcción artificiosa de un contrato y su anexo. De ambos documentos fui informada sólo cuatro días antes de mi despido verbal, sin aviso previo, sin carta de despido y sin justificación alguna, suscribiendo el anexo recién el 27 de agosto de 2025. La existencia de la relación laboral desde el 18 de julio de 2024 hasta el 31 de agosto de 2025 es tan evidente que incluso cuento con una liquidación de sueldo correspondiente a junio de 2025, es decir, un mes antes de la supuesta fecha de inicio del contrato formal 1 de julio de 2025. En definitiva, el 31 de agosto de 2025 fui objeto de un despido verbal, y por lo mismo, siempre injustificado, sin aviso previo y sin entrega de carta o comunicación formal. A ello se suma el incumplimiento en la formalización de la relación laboral y el no pago total de mis cotizaciones previsionales y de salud entre julio de 2024 y junio de 2025 ante las instituciones AFP Habitat, Fonasa y AFC Chile. Al efecto, cabe destacar que, muy por el contrario, a lo señalado en el acta de comparendo de conciliación por mi ex empleador, jamás recibí carta de despido alguna, siendo este un despido de carácter verbal. Desde el primer día de mi relación laboral con la demandada presté efectivamente mis servicios para Buses Alfa SA, hecho que incluso es reconocido en el contrato de trabajo fechado el 1 de julio de 2025. Con fecha 03 de noviembre de 2025 interpuse reclamo administrativo ante la Inspección del Trabajo. Con fecha 27 de noviembre de 2025 se llevó a

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