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MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA WOM SpA
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 17 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES A
LA EMPRESA WOM SpA
Santiago, 11 de junio de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 470 exento.
Vistos:
a) El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en
adelante, la Subsecretaría.
b) La Ley N° 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante, la ley.
c) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones.
d) El decreto supremo N° 19, de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
que otorgó la concesión y sus modificaciones.
e) La resolución exenta N° 265, de 2013, de la Subsecretaría, que fija la norma técnica para
el uso de la banda de frecuencias 700 MHz, y sus modificaciones, especialmente la resolución
exenta N° 4.039, de 2014 y la resolución exenta N° 386, de 2019, ambas de la referida
Subsecretaría.
f) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas
sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
a) Lo solicitado por la concesionaria mediante ingreso Subtel N° 172.982, de 01.12.2023
complementado mediante ingreso Subtel N° 103.539, de 11.09.2025, en lo que dice relación con
la Estación Base que se menciona en la parte resolutiva del presente decreto, quedando lo
restante a lo que se resuelva mediante acto administrativo independiente.
b) La solicitud de autorización provisoria de la modificación de la concesión indicada en la
letra precedente, ingreso Subtel N° 135.942, de 04.12.2025, por cuyo intermedio la interesada
expuso los fundamentos de su petición, en torno a la gravedad y urgencia que justifican acceder a
ella, otorgada mediante resolución exenta N° 46, de 2026, de la Subsecretaría.
c) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de
modificación de concesión.
d) Lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N° 19.880, que permite la acumulación o
desacumulación de procedimientos.
e) El numeral 1.1.2 de la Escritura Pública de Transacción entre Wom SpA y Fisco de
Chile, suscrita el 29 de octubre de 2025 ante Notario Público Interino de la Quinta Notaría de
Santiago, Magdalena Sofía Latorre Larraín, que indica se deben completar las localidades
obligatorias (“LL.OO.”) al cien por ciento el 5 de marzo de 2026.
f) El numeral 1.1.5 de la Escritura Pública de Transacción entre Wom SpA y Fisco de Chile,
suscrita el 29 de octubre de 2025 ante Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago,
Magdalena Sofía Latorre Larraín, que prioriza la resolución de solicitudes de modificación de
concesión indicadas como “urgentes” en anexo número tres de la Transacción, entre las cuales se
encuentra la que se resuelve en el presente acto.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
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