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Diario Oficial· normas_generales

Servicio de Evaluación Ambiental / Región Metropolitana Carta N° 2026130031

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 3 de junio de 2026

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MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Servicio de Evaluación Ambiental / Región Metropolitana Carta N° 2026130031 Santiago, 27 de mayo de 2026 Señor Rafael Reyes Errázuriz Transmisora de Energía de Santiago S.A. Nevería 4890 Santiago Presente. De nuestra consideración: Envío a usted extracto del proyecto "Nueva Subestación El Lazo, Nueva Subestación Monte Blanco, Nueva Línea 1x110 kV El Pimiento-Monte Blanco, Nueva Línea 1x110 kV Monte Blanco-El Lazo y Nueva Línea 1x110 kV El Lazo-El Pimiento", visado por el Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana. Al respecto le solicito a usted, según lo establecido en el artículo 28 de la ley Nº 19.300 y en el artículo 88 del DS Nº 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, disponer la publicación del siguiente extracto: EXTRACTO Estudio de Impacto Ambiental: "Nueva Subestación El Lazo, Nueva Subestación Monte Blanco, Nueva Línea 1x110 kV El Pimiento-Monte Blanco, Nueva Línea 1x110 kV Monte Blanco-El Lazo y Nueva Línea 1x110 kV El Lazo-El Pimiento" Transmisora de Energía de Santiago S.A. En conformidad a lo dispuesto en los artículos 26 y 28 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y el artículo 88 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, "RSEIA"), se informa a la comunidad que con fecha 19 de mayo de 2026, Transmisora de Energía de Santiago S.A. (en adelante, el Titular), representada legalmente por el señor Rafael Reyes Errázuriz, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, "SEIA") el Estudio de Impacto Ambiental (en adelante, "EIA") del Proyecto "Nueva Subestación El Lazo, Nueva Subestación Monte Blanco, Nueva Línea 1x110 kV El Pimiento-Monte Blanco, Nueva Línea 1x110 kV Monte Blanco-El Lazo y Nueva Línea 1x110 kV El Lazo-El Pimiento" (en adelante, el "Proyecto"). El Proyecto se localizará en la Región Metropolitana, provincias de Melipilla y Talagante, en las comunas de Melipilla, Peñaflor y El Monte. El Proyecto se somete al SEIA dado que, de acuerdo con sus características, cumple con las tipologías contenidas en el literal b) del artículo 10º de la ley Nº 19.300 y el literal b.2) del artículo 3º del RSEIA como tipología principal. Además, como tipología secundaria se ha identificado el literal b.1) del artículo 3º del RSEIA. Sitio Web: www.diarioficial.cl El monto de inversión asciende a USD22.000.000 (veintidós millones de dólares americanos). La vida útil del Proyecto es de 40 años. Adicionalmente, se contempla un plazo de aproximadamente 14 meses para la fase de construcción, 40 años para la fase de operación y 6 meses para la fase de cierre. La mano de obra requerida para la fase de construcción será de 60 trabajadores, para la fase de operación será de 6 trabajadores y 20 trabajadores para la fase de cierre. El Proyecto consiste en la construcción, operación y cierre de dos nuevas subestaciones eléctricas, denominadas Monte Blanco y El Lazo, con sus respectivos patios, transformadores y paños de conexión en ambos niveles de tensión. Además, contempla la construcción y operación de tres líneas de transmisión eléctrica, que llevan por nombre: Nueva Línea 1x110 kV El Pimiento-Monte Blanco, Nueva Línea 1x110 kV Monte Blanco-El Lazo y Nueva Línea 1x110 kV El Lazo-El Pimiento. Todas de simple circuito en 110 kV y, al menos, 100 MVA de capacidad de transmisión a 80ºC de temperatura del conductor con sol y a 35ºC de temperatura ambiente. La superficie total del Proyecto será de 4,93 ha. Conforme a lo establecido en la letra e) del artículo 18 del RSEIA, el EIA presenta las siguientes líneas de base (Capítulo 3 del EIA): Clima y Meteorología, Calidad de Aire, Ruido y Vibraciones, Geología, Geomorfología, Área de Riesgos Geológicos y Geomorfológicos, Edafología, Hidrología, Hidrogeología, Flora y Vegetación, Flora No Vascular, Fauna Terrestre, Entomofauna, Patrimonio Arqueológico, Patrimonio Cultural Paleontológico, Paisaje, Áreas Protegidas y Sitios Prioritarios para la Conservación, Turismo, Uso del Territorio, Medio Humano y Proyectos con RCA Vigente. El Proyecto ingresa como EIA, por cuanto el Titular ha identificado la generación de los efectos, características o circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley Nº 19.300, asociado al literal b) del artículo 6 del RSEIA, relativo a la superficie con biota intervenida y la

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