Red Judicial
Volver al inicio
Diario Oficial· publicaciones_judiciales

Ante Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, Huérfanos 1409, cuarto piso, Autos Rol C-12683-2023, caratulados "Fondo de Inversión Activa Financiamiento Estructurado con Bassay", Acción Ejecutiva de D

Fecha del documento:

Texto del documento

NOTIFICACIÓN Ante Décimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago, Huérfanos 1409, cuarto piso, Autos Rol C-12683-2023, caratulados "Fondo de Inversión Activa Financiamiento Estructurado con Bassay", Acción Ejecutiva de Desposeimiento, se notifica a doña Sylvia Escarate Reyes lo siguiente: Enrique Rodríguez Donatti, abogado, en representación convencional de AVLA Seguros de Crédito y Garantía S.A., sociedad anónima del giro de su denominación, cuyo representante legal es don Diego Fleischmann Chadwick, ingeniero comercial, todos con domicilio en calle Cerro El Plomo N° 5420, oficina 802, de la comuna de Las Condes, Región Metropolitana y ésta a su vez en representación de la demandante Fondo de Inversión Activa Financiamiento Estructurado, del giro de su denominación, rol único tributario N° 76.485.559-0, cuyo representante legal es Larraín Vial Activos S.A. Administradora General de Fondos, sociedad anónima del giro de su denominación, rol único tributario N° 76.081.215-3, representada para estos efectos por don José Rafael Correa Achurra, Ingeniero Comercial, cédula nacional de identidad N° 13.441.291-7, y por don Claudio Yáñez Fregonara, Ingeniero Comercial, cédula nacional de identidad N° 15.314.179-7, todos con domicilio para estos efectos en Avenida El Bosque N° 177, piso cuatro, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en autos caratulados Fondo de Inversión Activa Financiamiento Estructurado con Bassay, rol C-12683-2023 a U.S., respetuosamente, digo: Consta en autos que don Nicolás Andrés Bassay Bravo, cuya profesión desconozco, RUT 19.137.920-9, debidamente representado por el Defensor de Ausentes, don Juan Jaime Ferrer Puig, abogado, ambos domiciliados para estos efectos en calle Sótero del Río N° 508, oficina 914, Comuna de Santiago y doña Sylvia Escarate Reyes, cuya profesión desconozco, RUT 3.743.421-3, y que fue notificada por avisos desconociéndose su actual domicilio, fueron debidamente notificados en gestión preparatoria correspondiente pero, sin embargo, éstos no pagaron lo adeudado ni abandonaron la finca hipotecada, respecto de deuda que consta en los siguientes mutuos: La sociedad Comercial Gas C. y C. Limitada y su representante, adeudan a Fondo de Inversión Activa Financiamiento Estructurado cuotas impagas respecto de mutuos hipotecarios. Primero: consta de escritura pública de fecha 17 de agosto de 2020, otorgada ante el Notario Público de Santiago doña María Soledad Lascar Merino, que Comercial Gas C. y C. Limitada, constituyó hipoteca de primer grado con cláusula de garantía general para garantizar a Creditú Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A. el fiel, exacto, íntegro y oportuno cumplimiento de las obligaciones presentes y las demás que se originen con motivo del contrato de mutuo hipotecario mencionado de Comercial Gas C. y C. Limitada. A la fecha, el inmueble hipotecado se encuentra transferido a don Nicolás Andrés Bassay Bravo. La hipoteca en favor de mi representada, recae sobre el siguiente inmueble transferido al demandado: Lote N° 5, resultante de la subdivisión en que se subdividió la Parcela N° 14, del Proyecto de Parcelación El Castillo, de la comuna de Isla de Maipo, que deslinda: Al Norte, en sesenta y cinco coma noventa metros con lote nueve de la misma subdivisión, Al Sur, en sesenta y cinco coma noventa metros con lote cuatro de la misma subdivisión; al oriente, en setenta y siete coma setenta metros en parte con lote seis y en parte con lote ocho de la misma subdivisión, franja de servidumbre de paso y/o tránsito; y Al Poniente, en setenta y siete coma setenta metros con parcela trece del Proyecto de Parcelación El Castillo. Rol de avalúo fiscal N° 1.115-5 de la comuna de Talagante, cuya inscripción rola a fojas 411, bajo el número 378 del Registro de Propiedades del Conservador de Bienes Raíces de Talagante del año 2022. En el mutuo hipotecario endosable celebrado entre don Christian Custodio Bassay Escarate, María Ester Bravo Pereira, Comercial Gas C. y C. Limitada y Administradora de Mutuos Hipotecarios S.A., la parte acreedora da en préstamo y entrega al deudor la cantidad de 5.749 UF, en su equivalente en pesos, a la fecha de la celebración de la escritura. Dicho mutuo hipotecario es endosado a la orden de mi representada, Fondo de Inversión Activa Financiamiento Estructurado, con fecha 04 de enero de 2021, tal como se aprecia en la escritura que se acompaña en autos. Así las cosas, los ejecutados no cumplieron con la con la totalidad de

Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:

Ver documento completo (PDF)