Diario Oficial· publicaciones_judiciales
Demanda: Procedimiento: Monitorio. Materia: Cobro de Prestaciones Laborales. Demandante: Roberto Andrés Moya Mendoza. Rut: 14.067.909-7. Domicilio: San Gabriel 1773 Pobl Basilio Muñoz, Los Ángeles. Ab
Fecha del documento:
Texto del documento
NOTIFICACIÓN
DEMANDA:
PROCEDIMIENTO: MONITORIO. MATERIA: COBRO DE
PRESTACIONES LABORALES. DEMANDANTE: ROBERTO ANDRÉS MOYA
MENDOZA. RUT: 14.067.909-7. DOMICILIO: SAN GABRIEL 1773 POBL BASILIO
MUÑOZ, LOS ÁNGELES. ABOGADO PATROCINANTE: CLAUDIA SEGURA
INOSTROZA. RUT: 12.131.392-8. ABOGADO PATROCINANTE: JUAN MONCADA
SALAZAR. RUT: 13.109.934-7. DOMICILIO: LOS CARRERA Nº 365, ESQUINA LYNCH,
ENTRADA POR LYNCH 2º PISO, LOS ÁNGELES. MAIL: ODLBIOBIO@GMAIL.COM.
DEMANDADO: L SS INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.P.A. RUT: 77.571.232-5.
DOMICILIO: CALLE DIEGO DE ORO Nº 382, CHILLANCITO, CONCEPCIÓN.
REPRESENTANTE LEGAL: RUBEN ANDRES PACHECO RIFFO RUT: 17.826.305-6.
DEMANDADO SOLIDARIO Y/O SUBSIDIARIO: MARITANO Y EBERSPERGER LTDA.
RUT: 86.519.000-K. DOMICILIO: EBRO NÚMERO 2175, COMUNA DE LAS CONDES,
REGION METROPOLITANA. REPRESENTANTE LEGAL: GIANCARLO MARITANO
CAMPODONICO. RUT: 15.591.526-5. EN LO PRINCIPAL: Cobro de Prestaciones Laborales;
PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos SEGUNDO OTROSÍ: Confesión de parte TERCER
OTROSÍ:: Medida precautoria; CUARTO OTROSÍ Solicita Litigación Electrónica y Forma
Especial de Notificación; QUINTO OTROSÍ: Solicita Comparecencia Remota; SEXTO
OTROSÍ: Privilegio de Pobreza SÉPTIMO OTROSÍ: Patrocinio y Poder S.J.L. DEL TRABAJO
DE LOS ÁNGELES. ROBERTO ANDRÉS MOYA MENDOZA, cédula de identidad
Nº14.067.909-7, domiciliado en SAN GABRIEL 1773, POBLACIÓN BASILIO MUÑOZ, LOS
ÁNGELES; con respeto digo a Usía: Que, por este acto y encontrándome dentro de plazo legal,
vengo en
interponer demanda Procedimiento monitorio por DESPIDO COBRO DE
PRESTACIONES LABORALES, en contra de mi ex empleador L SS INGENIERÍA Y
CONSTRUCCIÓN S.P.A., cédula de identidad Nº 77.571.232-5, representada legalmente por
don RUBEN ANDRES PACHECO RIFFO, cedula de identidad Nº17.826.305-6 o para estos
efectos por quien haga sus veces de tal, en virtud del artículo 4 del Código del Trabajo, ambos
con domicilio en CALLE DIEGO DE ORO Nº 382, CHILLANCITO, CONCEPCIÓN. Y
solidaria o subsidiariamente en contra de MARITANO Y EBERSPERGER LTDA., rol único
tributario 86.519.000-K,
legalmente por GIANCARLO MARITANO
CAMPODONICO cedula de identidad numero 15.591.526-5, o por quien haga las veces de tal
conforme a lo establecido en el artículo 4º del Código del Trabajo ambos con domicilio para
estos efectos en EBRO NÚMERO 2175, COMUNA DE LAS CONDES, REGION
METROPOLITANA; en virtud de los antecedentes de hecho y fundamentos de Derecho que
paso a exponer: 1) RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS: A. INICIO Y
DESARROLLO DE LA RELACIÓN LABORAL. 1. Con fecha 02 de septiembre 2025 comencé
a prestar servicios para la parte demandada, L SS INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN S.P.A.,
con el objeto de desempeñar labores de AYUDANTE, en las dependencias ubicadas en OBRA
TOYOTA, LOS ÁNGELES UBICADA EN PEDRO STARK 8820, LOS ÁNGELES o donde mi
empleador me instruyera a hacerlo dependiendo de las necesidades del mandante, desarrollando
funciones propias e inherentes al cargo, por encargo de la mandante MARITANO Y
EBERSPERGER LTDA. 2. En consecuencia, existía un contrato civil o comercial entre mi ex
empleadora y la demandada solidaria y/o subsidiaria, en virtud de lo anterior y concurriendo
además con los requisitos legales pertinentes, dicha situación hace plenamente aplicables las
normas del régimen del trabajo en subcontratación que establece el código del trabajo
particularmente en lo referido a los artículos 183 letra A y 183 letra B. 3. Mi jornada de trabajo
correspondía a una de carácter ordinaria correspondiente a una jornada de 44 horas semanales,
las cuales se distribuían de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 hrs con 1 hora de colación. 4. Que la
naturaleza de mi contrato era de plazo fijo. 5. En lo referente a mi remuneración, esta
correspondía a un monto de $750.000, compuesto por sueldo base y gratificación en virtud de lo
representado
Sitio Web: www.diarioficial.cl
señalado en el contrato de trabajo. Todo ello para los efectos del cálculo de las indemnizaciones
por término de la relación laboral de conformidad al artículo 172 del Código del Trabajo. 6. Cabe
señalar que durante la duración de la relación laboral registré un buen desempeño, cumpliendo en
forma eficiente y responsable todas las obligaciones que demandaba mi labor. Nunca tuve
dificultades en mi trabajo ya que siempre desarrollé mis labores en forma oportuna. B. DEL
TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL. 1. Que, con fecha 07 de noviembre de 2025 al
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
Ver documento completo (PDF)