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Indirecto y cobro de prestaciones e demanda: procedimiento: monitorio. materia nulidad del despido, despido indemnizaciones laborales. demandante: rodrigo antonio orellana silva. rut: 16.756.715-0. do
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NOTIFICACIÓN
INDIRECTO Y COBRO DE PRESTACIONES E
DEMANDA: PROCEDIMIENTO: MONITORIO. MATERIA NULIDAD DEL DESPIDO,
DESPIDO
INDEMNIZACIONES
LABORALES. DEMANDANTE: RODRIGO ANTONIO ORELLANA SILVA. RUT:
16.756.715-0. DOMICILIO: LOS LAURELES Nº 610, VILLA LA GRANJA, MULCHÉN.
ABOGADO PATROCINANTE: CLAUDIA ANDREA SEGURA INOSTROZA. RUT:
12.131.392-8. ABOGADO PATROCINANTE: JUAN ALEJANDRO MONCADA SALAZAR.
RUT: 13.109.934-7. DOMICILIO: LOS CARRERA Nº395, ESQUINA LYNCH. ENTRADA
POR LYNCH 2º PISO, LOS ÁNGELES. EMA: odlbiobio@gmail.com. DEMANDADO: SOC.
SAVINI Y DEMETRIO LTDA. RUT: 76.284.359-5. REPRESENTANTE LEGAL: FABIO
SAVINI PEPEN. RUT 10.711.850-0. DOMICILIO: PASAJE 4 ORIENTE CASA 34 MZ - D
LOTEO MATUCANA, COMUNA DE ARICA. EN LO PRINCIPAL: Demanda laboral por
nulidad de despido, despido indirecto y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales. AL
PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos. AL SEGUNDO OTROSÍ: Señala forma de
notificación que indica. AL TERCER OTROSÍ: Privilegio de Pobreza. AL CUARTO OTROSÍ:
Solicita comparecencia remota. AL QUINTO OTROSÍ: Diligencias probatorias. AL SEXTO
OTROSÍ: Patrocinio y Poder. SJL DEL TRABAJO DE MULCHÉN. RODRIGO ANTONIO
ORELLANA SILVA, chileno, trabajador, cedula de identidad Nº 16.756.715-0, domiciliado en
LOS LAURELES Nº 610, VILLA LA GRANJA, comuna de MULCHÉN, a S.S.
respetuosamente digo: Que, encontrándome dentro de plazo, vengo en deducir demanda laboral,
en Procedimiento Monitorio, por nulidad de despido, despido indirecto y cobro de prestaciones e
indemnizaciones laborales adeudadas, en contra de SOC. SAVINI Y DEMETRIO LTDA, RUT
Nº 76.284.359-5, representada legalmente por don FABIO SAVINI PEPEN o quien corresponda,
RUT Nº 10.711.850-0 ambos con domicilio en casa matriz en PASAJE 4 ORIENTE CASA 34
MZ - D LOTEO MATUCANA, de la comuna y ciudad de Arica, a fm de que S.S., acogiéndola
la condene al pago de las cantidades y por los conceptos que más adelante detallaré, petición que
fundo en las siguientes consideraciones de hecho y de Derecho que paso a exponer: RELACIÓN
CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS. I. INICIO DE LA RELACIÓN LABORAL. 1. Con
fecha 22 de febrero de 2022, ingresé a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y
dependencia para mi ex empleador, con el objeto de desempeñar las funciones de "locero
concretero" en la obra "ARICA CITY CENTER, CONDOMINIO EL PASO 2" ubicada en
General Velásquez Nº1284, Comuna de Arica. 2. Cabe señalar que mi domicilio está ubicado en
Mulchén, motivo por el cual para poder concurrir a mi lugar de trabajo mi ex empleador me
mandaba los pasajes de Santiago a Arica y de Arica a Santiago, de Santiago a Mulchén me lo
reembolsaban al principio y al transcurrir la relación laboral dejaron de hacerlo. 3. En cuanto a la
jornada excepcional de trabajo, esta era de turnos de 22 días de trabajo por 8 días de descanso,
los días de trabajo eran de lunes a viernes desde las 8:00 horas hasta las 13:00 horas y desde las
14:00 horas hasta las 17:00 horas y el día sábado de 8:00 horas a las 13:00 horas. 4. Mi
remuneración bruta mensual, para los efectos del cálculo de las indemnizaciones por término de
la relación laboral, de acuerdo a lo establecido en el artículo 172 del Código del Trabajo,
asciende a un total de $1.181.269 según consta en liquidaciones de sueldo correspondientes a los
meses de enero, febrero y marzo de 2024. 5. En cuanto a la naturaleza de la relación laboral, si
bien en un inicio era contrato a plazo fijo, se modificó la naturaleza de la relación laboral
mediante la firma de anexo de contrato con fecha 23 de marzo de 2022 a contrato indefinido. 6.
Durante todo el desarrollo de la relación laboral registré un buen desempeño, cumpliendo de
forma responsable y eficiente cada una de las tareas que demandaba mi función. I.
ANTECEDENTES DEL TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL. 1. Que presté servicios
para el demandado desde el día 22 de febrero del 2022 hasta el día 3 de julio del 2024. 2. Que
debía presentarme a trabajar el día 1 de mayo de 2024, pero mi ex empleador no me envió los
pasajes para regresar a mi trabajo en Arica y tampoco me pagó mi remuneración correspondiente
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al mes de abril. 3. Posteriormente me comunicó con don Fabio Savini, representante legal de la
empresa, quien me señala que me enviará los pasajes dentro de la semana, sin embargo no lo ha
hecho. 4. Al no existir pago respectivo de las remuneraciones adeudadas, decidí poner término a
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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