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Ing.: con Juzgado Campos; del Trabajo “carvajal de Rancagua, Rit M-530-2024; Ruc: de Letras 24-4-0615217-7,Caratulada 16/10/2025; Procedimiento: Monitorio; Materia: Nulidad del Despido. en Lo Principa
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NOTIFICACIÓN
Ing.:
CON
Juzgado
CAMPOS;
del Trabajo
“CARVAJAL
de Rancagua, RIT M-530-2024; Ruc:
de Letras
24-4-0615217-7,Caratulada
16/10/2025;
PROCEDIMIENTO: Monitorio; Materia: Nulidad del Despido. En lo Principal: Nulidad del
despido, despido injustificado, indebido o improcedente o carente de causa legal, cobro de
indemnizaciones y prestaciones laborales. Primer otrosí; Acompaña documentos. Segundo otrosí:
Solicita forma de notificación. Tercer otrosí: Beneficio de Asistencia Jurídica. Cuarto otrosí:
Solicitud de prueba. Quinto otrosí: Patrocinio y Poder. S.J.L. DEL TRABAJO DE
RANCAGUA, SANDRA MARIELA CARVAJAL MIRANDA, trabajadora, domiciliada en
Julio Troncoso s/n Olivar Bajo comuna de Olivar, a SS., respetuosamente digo: Que, en tiempo y
forma, acorde el mandato de los artículos 1, 7, 8, 9, 21, 22, 54 y siguientes, 63, 73, 144, 159, 161,
162, 163, 168, 446, 496 y siguientes del Código del Trabajo interpongo demanda en
procedimiento Monitorio Laboral, por Nulidad del despido, despido injustificado, indebido o
improcedente o carente de causa legal, cobro de indemnizaciones y prestaciones laborales, en
forma principal en contra de mi ex empleador MARCELO GUILLERMO HERNÁNDEZ
FIGUEROA, empresario domiciliado en Olivar Bajo s/n Sector Gultro, comuna de Olivar,
Región del O’Higgins y en forma solidaria o subsidiaria, según se establezca en el presente
proceso y en virtud de los dispuesto por el artículo 183-A y siguientes del Código del Trabajo, en
contra AGROINVEST LOS GOMEROS SpA, del giro de su denominación, representada
legalmente por don VICENTE ABOGABIR MÉNDEZ, ignoro profesión u oficio, ambos con
domicilio en Sector Rosario, ruta H 530 fundo Los Gomeros, comuna de Rengo (Dirigiéndose a
Rosario por Ruta H-50, posteriormente doblando a Ruta H-50 hacia Los Gomeros), solicitando
se acoja la demanda, dando lugar a ella y obligando al pago de las prestaciones que se exponen
en lo principal de esta presentación, con expresa condenación en costas, en consideración a la
exposición circunstanciada de los hechos y de las consideraciones de derecho que procedo a
exponer: RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS: 1. FECHA DE INICIO DE
LA RELACIÓN LABORAL: Con fecha 3 de agosto de 2021, ingresé a prestar servicios, bajo
vínculo de subordinación y dependencia, en los términos del artículo 7 del Código del Trabajo,
para la demandada KARINA ANDREA CAMPOS CARRIEL; mi ex empleadora me escrituro
contrato de trabajo, no obstante, no me dio copia del mismo. Sin perjuicio de lo expresado, da
cuenta de la existencia de la relación laboral, certificado de cotizaciones que se acompaña a la
presente demanda. La relación laboral con mi ex empleadora se desarrolló bajo las siguientes
estipulaciones convenidas con mi ex empleador. 2. NATURALEZA DE LOS SERVICIOS Y
LUGAR DE TRABAJO: Las Funciones para las cuales fui contratada y efectivamente realicé,
fue de trabajador agrícola. Mis funciones las debía desempeñar para el cliente de mi ex
empleador AGROINVEST LOS GOMEROS SpA, en Sector Rosario, Ruta H-530 fundo Los
Gomeros, comuna de Rengo (Dirigiéndose a Rosario por Ruta H-50, posteriormente doblando a
Ruta H-530 hacia Los Gomeros). A través de mis servicios, prestados personalmente, en forma
continua y bajo subordinación y dependencia, mi ex empleadora KARINA ANDREA CAMPOS
CARRIEL prestaba servicios para su cliente AGROINVEST LOS GOMEROS SpA. Por lo
expresado, a AGROINVEST LOS GOMEROS SpA, le son aplicables las normas de
subcontratación consagradas en el artículo 183-A y siguientes del Código del Trabajo, debiendo
ser condenada de forma solidaria o subsidiaria, al pago de las prestaciones demandadas. 3.
JORNADA DE TRABAJO: Mi jornada de Trabajo era distribuida de lunes a viernes desde las
08:00 a 15:30 horas y sábados desde las 07:00 a las 12:00 horas. Ahora bien, desde el mes de
noviembre de cada año hasta la finalización de cosecha, mi jornada de Trabajo era distribuida de
lunes a viernes desde las 07:00 a 14:00 horas y sábados desde las 07:00 a las 12:00 horas. 4.
REMUNERACIÓN: Mi remuneración era diaria, a razón de $20.000 pesos diarios, esto es,
$120.000 pesos semanales, equivalente a $480.000 líquidos en forma mensual. Atendido lo
expresado y debiendo considerar mis cotizaciones de seguridad social de AFP CAPITAL, AFC y
Sitio Web: www.diarioficial.cl
FONASA, esto es, 18,87% de mi remuneración mensual, mi remuneración mensual ascendía a la
suma de $592.959 (Quinientos noventa y dos mil novecientos cincuenta y nueve pesos),
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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IMPONIBLE EN BASE A LA CUAL SE PAGARÓN MIS COTIZACIONES DE SEGURIDAD