Diario Oficial· publicaciones_judiciales
En lo principal: demanda despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales; primer otrosi: acompaña documentos; segundo otrosi: solicita forma especial de notificación; tercer o
Fecha del documento:
Texto del documento
NOTIFICACIÓN
EN LO PRINCIPAL: Demanda despido indirecto, nulidad del despido y cobro de
prestaciones laborales; PRIMER OTROSI: Acompaña documentos; SEGUNDO OTROSI:
Solicita forma especial de notificación; TERCER OTROSI; Privilegio de Pobreza CUARTO
OTROSI: Patrocinio y Poder. SJ.L. DE CABRERO. JUAN CARLOS CIFUENTES BUSTOS,
Operador, cédula de identidad Nº 14.537.045-0, domiciliado en LOS COPIHUES 315,
JARDINES DEL ALTA, CABRERO; a US digo: Encontrándome dentro de plazo legal, vengo
en interponer demanda en Procedimiento Monitorio por Despido Indirecto Nulidad de Despido y
Cobro de Prestaciones Laborales, en contra de mi ex empleador SOCIEDAD GREEN LUMBER
CHILE SpA, RUT 77.411.159-1; representada legalmente por PATRICIO TAPIA RUT:
15.181.517-0, o quien haga las veces del tal en virtud de lo establecido en el artículo 4 inciso
primero del Código del Trabajo; con domicilio en PANAMERICANA SUR KM 458,
CABRERO, virtud de los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho que paso a exponer.
RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS: I. INICIO Y DESARROLLO DE LA
RELACIÓN LABORAL: 1. Con fecha 14 de enero de 2022, suscribí contrato de trabajo con la
demandada con el objeto de desempeñar funciones de OPERADOR DE MAQUINARIA DE
ASERRADERO, en las dependencias del aserradero ubicada en Panamericana 5 Sur, Km. 458,
Cabrero. 2. Mi jornada ordinaria de trabajo era, según lo pactado en contrato, de 45 horas
semanales; distribuidas de lunes a viernes desde las 08:00. En cuanto a la naturaleza jurídica de
mi contrato de trabajo, era indefinido. 3. La remuneración a la fecha del término de la relación
laboral ascendía a $992.000.- para los efectos del cálculo de las indemnizaciones por término de
la relación laboral de conformidad al artículo 172 del Código del Trabajo. 4. Durante el
transcurso de la relación laboral registré un buen desempeño, cumpliendo en forma eficiente y
responsable todas las obligaciones que demandaba mi labor. 5. Sin embargo la respuesta de mi
ex empleador a todo el esfuerzo desplegado no fue el mismo, ya que ha incumplido de forma
reiterada las obligaciones que tiene como empleador, las que llevaron a auto despedirme con
fecha 16 de enero de 2023 según se detallará a continuación. II. ANTECEDENTES DEL
TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL Con fecha 05 de enero de 2023, solicito en la
inspección del trabajo la fiscalización a mi empleador por los reiterados incumplimientos de su
parte a nuestro contrato de trabajo. Con fecha 16 de enero de 2023, envío la carta que en otrosí
acompaño a fin de autodespedirme, en la que indico incumplimientos del empleador de tal
envergadura y que en dicha misiva describo —y hago parte integrante de esta demanda— como:
III. ESTADO DE PAGO COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL Hago presente a S.S.
que al momento de mi despido indirecto y hasta la fecha, la demandada se encuentra en mora en
el pago de mis cotizaciones de seguridad social, a saber: a. Cotizaciones FONASA, por el
siguiente periodo: abril y junio a diciembre de 2022. b. Cotizaciones Previsionales (AFP
Provida) por el siguiente periodo: abril y junio a diciembre de 2022. c. Cotizaciones Seguro
Cesantía AFC Chile por los siguientes periodos: abril y junio a diciembre de 2022. IV.
TRÁMITES POSTERIORES. Con fecha 23 de enero de 2023, interpuse reclamo ante la
Inspección del Trabajo de Los Ángeles, citando a comparendo de conciliación para 22 de febrero
de 2023, fecha en la que se efectuó el comparendo, al que la reclamada no asistió, pese a estar
válidamente notificada. Debido a la ausencia de la contraparte, en dicha instancia no existió
acuerdo. PRESTACIONES ADEUDADAS: En virtud de los antecedentes de hecho y
fundamentos de derecho expuestos precedentemente, la demandada deberá pagarme las
siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1. Remuneraciones y demás prestaciones consignadas
en el contrato de trabajo, devengadas desde mi separación, esto es, desde el 15 de enero de 2023
hasta la fecha en que mi ex empleador convalide mi despido indirecto en los términos señalados
por el artículo 162 incisos 52 y siguientes del Código del Trabajo. Asimismo, deberá enterar las
cotizaciones de seguridad social adeudadas; 2. Feriado legal proporcional por el tiempo trabajado
entre el 14 de enero de 2022 y el 16 de enero de 2023 ascendente al monto de $498.645.- 3.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, equivalente a la suma de $992.000.- 4.
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
Ver documento completo (PDF)