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Diario Oficial· normas_generales

Modifica Resolución Exenta N° 1.882, del 9 de Julio de 2018, de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, en el Sentido Que Indica

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 10 de junio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Subsecretaría de Relaciones Exteriores MODIFICA RESOLUCIÓN EXENTA N° 1.882, DEL 9 DE JULIO DE 2018, DE LA SUBSECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, EN EL SENTIDO QUE INDICA Núm. 358 exenta.- Santiago, 10 de mayo de 2026. (Resolución) Vistos: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la Ley N° 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; la resolución exenta N° 1.882, de 2018, de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, complementada por la resolución exenta N° 2.500, de 4 de octubre de 2022, y modificada por la resolución exenta N° 1.788, de 14 de noviembre de 2025; la resolución N° 30, de 2015, de la Contraloría General de la República; la resolución exenta N° 3.513, de 2019, de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, que aprueba el Manual Operativo para la gestión financiera de las misiones de Chile en el exterior, y sus modificaciones; y la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República. Considerando: 1. Que, el artículo 5 del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, establece que las autoridades y funcionarios de la Administración del Estado deberán velar siempre por la eficiente e idónea administración de los medios públicos y por el debido cumplimiento de la función pública. 2. Que, por su parte, el artículo 24 del citado texto legal, dispone que en cada Ministerio habrá una o más Subsecretarías, cuyos jefes superiores serán los Subsecretarios, quienes tendrán el carácter de colaboradores inmediatos de los Ministros, correspondiéndoles, además, coordinar la acción de los órganos y servicios públicos del sector, actuar como ministros de fe, ejercer la administración interna del Ministerio y cumplir las demás funciones que les señale la ley. 3. Que, asimismo, el artículo 41 del referido cuerpo legal dispone que el ejercicio de las atribuciones y facultades propias podrá ser delegado en forma parcial y sobre materias específicas, y que podrá igualmente delegarse la facultad de firmar, por orden de la autoridad delegante, determinados actos sobre materias específicas. 4. Que, con fecha 20 de marzo de 2018, se publicó la ley N° 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores, cuyo artículo 14 dispone que el Subsecretario de Relaciones Exteriores tendrá todas aquellas funciones y atribuciones contempladas en la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado y en las demás normas legales que le sean aplicables, expresando que detentará especialmente las facultades que en tal disposición se enumeran. 5. Que, mediante resolución exenta N° 1.882, de 9 de julio de 2018, de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, complementada por la resolución exenta N° 2.500, de 4 de octubre de Sitio Web: www.diarioficial.cl 2022, y modificada por la resolución exenta N° 1.788, de 14 de noviembre de 2025, se delegó en el Director General Administrativo la facultad de firmar, por orden del Subsecretario. los actos administrativos relativos a las materias allí indicadas. 6. Que, atendida la necesidad de asegurar el oportuno cumplimiento de las obligaciones institucionales vinculadas al cierre, preparación y remisión de la información financiera contable, resulta necesario adoptar medidas de gestión que contribuyan a una administración más eficiente. 7. Que, en ese contexto, resulta necesario complementar la resolución exenta N° 1.882, de 9 de julio de 2018, de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, incorporando a la delegación vigente determinadas materias específicas de carácter financiero.

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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES