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Diario Oficial· normas_generales

Renueva Designación de Doña Bárbara Andrea del Pino Villarreal Como Directora del Servicio de Salud del Reloncaví

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 10 de junio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE SALUD Subsecretaría de Redes Asistenciales RENUEVA DESIGNACIÓN DE DOÑA BÁRBARA ANDREA DEL PINO VILLARREAL COMO DIRECTORA DEL SERVICIO DE SALUD DEL RELONCAVÍ Núm. 28.- Santiago, 16 de diciembre de 2025. Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 10 y en el inciso primero del artículo 35 de la Constitución Política de la República de Chile; el DFL N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el Título VI de la ley N° 19.882, de 2003, que regula la nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el libro I del DFL N° 1 de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 2.763 de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; la comunicación de la prórroga de la designación de doña Bárbara Andrea del Pino Villarreal; y la resolución N° 36 de 2024 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Considerando: 1) Que, mediante decreto supremo N° 53 de 2022, del Ministerio de Salud, se designó como Directora del Servicio de Salud del Reloncaví a doña Bárbara Andrea del Pino Villarreal, por un periodo de tres años, a contar del 19 de diciembre de 2022. 2) Que, en cumplimiento de las disposiciones de la ley N° 19.882, la designada Directora suscribió un convenio de desempeño que estableció metas anuales estratégicas de desempeño del cargo durante el periodo, y los objetivos de resultado a alcanzar en su área de responsabilidad en cada año, con los correspondientes indicadores, medios de verificación y supuestos básicos en que se basa el cumplimiento de los mismos. 3) Que, las evaluaciones practicadas a la fecha dan cuenta de un correcto cumplimiento de los objetivos propuestos y de los compromisos asumidos en su gestión por doña Bárbara Andrea del Pino Villarreal. 4) Que, el inciso segundo del artículo quincuagésimo séptimo de la ley N° 19.882, faculta a la autoridad competente para renovar el nombramiento hasta por dos veces, por igual periodo y teniendo en cuenta las evaluaciones del Alto Directivo, vengo a dictar el siguiente:

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