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Diario Oficial· normas_generales

Prohíbe Transitoriamente La Comercialización del Producto Tuberías y Accesorios No Metálicos Rígidos para Instalaciones Eléctricas, Marca Alfaplas, Mode

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 10 de junio de 2026

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MINISTERIO DE ENERGÍA Superintendencia de Electricidad y Combustibles PROHÍBE TRANSITORIAMENTE LA COMERCIALIZACIÓN DEL PRODUCTO TUBERÍAS Y ACCESORIOS NO METÁLICOS RÍGIDOS PARA INSTALACIONES ELÉCTRICAS, MARCA ALFAPLAS, MODELOS/DIÁMETRO 25MM, SELLO SEC (QR) N° 9900000004181 (Circular) Núm. 335036.- Santiago, 25 de mayo de 2026. Ant.: 1. Ley N° 18.410, Orgánica de SEC. 2. DS N° 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. 3. Denuncia ingresada a SEC bajo la O.P. N° 391211, de fecha 16.04.2026. 1. Que los productos Tuberías y accesorios no metálicos rígidos para instalaciones eléctricas son regulados por la normativa de productos eléctricos, sobre los cuales, esta Superintendencia conforme a las atribuciones otorgadas mediante la ley N° 18.410, debe ejercer sus facultades de fiscalización. 2. Que de acuerdo a los numerales 22 y 34, del artículo 3°, del Título I, de la ley N° 18.410, es facultad de esta Superintendencia adoptar las medidas que estime necesarias para la seguridad del público, siendo una de ellas la de impartir instrucciones de carácter general a las entidades sujetas a fiscalización, para efectos de cumplir sus objetivos definidos en el artículo 2° de la misma ley, entre ellos, asegurar la comercialización de productos con un determinado estándar de seguridad, según prescribe el artículo 3° N° 14, de esta misma ley. 3. Que mediante denuncia de Ant. 3, que señaló en síntesis que las "Tuberías y accesorios no metálicos rígidos para instalaciones eléctricas, marca Alfaplas", no cumplen los ensayos contenidos en la Cláusula 10.2, Ensayo de compresión, del protocolo de análisis y/o ensayos de seguridad de producto eléctrico, PE N°3/05:2017. Se adjuntan los modelos/diámetros de 25mm y de 32mm, respectivamente, lo cual evidencia que las muestras ensayadas no cumplen los requisitos mínimos de resistencia a la compresión exigidos por la normativa vigente". informes para 4. Que esta Superintendencia solicitó a la empresa Sociedad Comercial Alfaplas y Cía. Ltda., 3 muestras nuevas del producto Tuberías y accesorios no metálicos rígidos para instalaciones eléctricas, marca Alfaplas, modelo/diámetro 25mm, fecha de fabricación 15.08.2025 y otras 3 muestras nuevas del mismo producto modelo (diámetro) 32mm, fecha de fabricación 20.10.2025, ambos modelos (diámetros) certificados bajo el Sello SEC (QR) N° 9900000004181 y enviarlas al Laboratorio de Ensayos de la empresa Cesmec S.A., responsable de la certificación del producto para poder realizar los ensayos de la Cláusula 10.2, Ensayo de compresión, del protocolo de análisis y/o ensayos de seguridad de producto eléctrico, PE N° 3/05:2017, normas IEC 61386-21:2002/ IEC 61386-1:2008, con el objetivo de determinar el cumplimiento con el estándar normativo establecido por ley, para el producto en cuestión. Cabe señalar que, al no existir stock de las fechas de fabricación solicitadas, se definió evaluar muestras con fechas de fabricación 06.05.2026 y 24.03.2026, para los modelos/diámetros de 25 mm y 32 mm, respectivamente. 5. Que, con fecha 13.04.2026, en el Laboratorio de Ensayos Cesmec S.A., profesionales de esta Superintendencia presenciaron la realización de ensayos a la tubería no metálica rígida para Sitio Web: www.diarioficial.cl instalaciones eléctricas, marca Alfaplas, modelos/diámetros 25 mm, con fecha de fabricación 06.05.2026, y para el modelo de 32 mm, con fecha de fabricación 24.03.2026. Como resultado de dichos ensayos, el modelo/diámetro 25 mm presentó no conformidad respecto de los requisitos establecidos en la Cláusula 10.2 "Ensayo de compresión", del Protocolo de Análisis y/o Ensayos de Seguridad de Producto Eléctrico PE N° 3/05:2017, conforme a las normas IEC 61386-21:2002 y IEC 61386-1:2008, tratándose de un ensayo de carácter crítico dentro de los estándares de seguridad exigidos para el adecuado desempeño del producto en instalaciones eléctricas. Por su parte, el modelo/diámetro 32 mm cumplió el estándar normativo. Cabe señalar que el incumplimiento que presentó el modelo/diámetro 25mm, se verificó en las tres muestras ensayadas del referido modelo, motivo por el cual el ensayo fue repetido sobre una cuarta muestra del modelo/diámetro de 25mm, la que igualmente no cumplió con el estándar de seguridad establecido en la normativa vigente. 6. En este orden de ideas, y sin perjuicio de los procesos administrativos sancionatorios que

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