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Prohíbe Transitoriamente La Comercialización del Producto Tuberías y Accesorios No Metálicos Rígidos para Instalaciones Eléctricas, Marca Alfaplas, Mode
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 10 de junio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE ENERGÍA
Superintendencia de Electricidad y Combustibles
PROHÍBE TRANSITORIAMENTE LA COMERCIALIZACIÓN DEL PRODUCTO
TUBERÍAS Y ACCESORIOS NO METÁLICOS RÍGIDOS PARA INSTALACIONES
ELÉCTRICAS, MARCA ALFAPLAS, MODELOS/DIÁMETRO 25MM, SELLO SEC
(QR) N° 9900000004181
(Circular)
Núm. 335036.- Santiago, 25 de mayo de 2026.
Ant.:
1. Ley N° 18.410, Orgánica de SEC.
2. DS N° 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
3. Denuncia ingresada a SEC bajo la O.P. N° 391211, de fecha 16.04.2026.
1. Que los productos Tuberías y accesorios no metálicos rígidos para instalaciones eléctricas
son regulados por la normativa de productos eléctricos, sobre los cuales, esta Superintendencia
conforme a las atribuciones otorgadas mediante la ley N° 18.410, debe ejercer sus facultades de
fiscalización.
2. Que de acuerdo a los numerales 22 y 34, del artículo 3°, del Título I, de la ley N° 18.410,
es facultad de esta Superintendencia adoptar las medidas que estime necesarias para la seguridad
del público, siendo una de ellas la de impartir instrucciones de carácter general a las entidades
sujetas a fiscalización, para efectos de cumplir sus objetivos definidos en el artículo 2° de la
misma ley, entre ellos, asegurar la comercialización de productos con un determinado estándar
de seguridad, según prescribe el artículo 3° N° 14, de esta misma ley.
3. Que mediante denuncia de Ant. 3, que señaló en síntesis que las "Tuberías y accesorios
no metálicos rígidos para instalaciones eléctricas, marca Alfaplas", no cumplen los ensayos
contenidos en la Cláusula 10.2, Ensayo de compresión, del protocolo de análisis y/o ensayos de
seguridad de producto eléctrico, PE N°3/05:2017. Se adjuntan
los
modelos/diámetros de 25mm y de 32mm, respectivamente, lo cual evidencia que las muestras
ensayadas no cumplen los requisitos mínimos de resistencia a la compresión exigidos por la
normativa vigente".
informes para
4. Que esta Superintendencia solicitó a la empresa Sociedad Comercial Alfaplas y Cía.
Ltda., 3 muestras nuevas del producto Tuberías y accesorios no metálicos rígidos para
instalaciones eléctricas, marca Alfaplas, modelo/diámetro 25mm, fecha de fabricación
15.08.2025 y otras 3 muestras nuevas del mismo producto modelo (diámetro) 32mm, fecha de
fabricación 20.10.2025, ambos modelos (diámetros) certificados bajo el Sello SEC (QR) N°
9900000004181 y enviarlas al Laboratorio de Ensayos de la empresa Cesmec S.A., responsable
de la certificación del producto para poder realizar los ensayos de la Cláusula 10.2, Ensayo de
compresión, del protocolo de análisis y/o ensayos de seguridad de producto eléctrico, PE N°
3/05:2017, normas IEC 61386-21:2002/ IEC 61386-1:2008, con el objetivo de determinar el
cumplimiento con el estándar normativo establecido por ley, para el producto en cuestión. Cabe
señalar que, al no existir stock de las fechas de fabricación solicitadas, se definió evaluar
muestras con fechas de fabricación 06.05.2026 y 24.03.2026, para los modelos/diámetros de 25
mm y 32 mm, respectivamente.
5. Que, con fecha 13.04.2026, en el Laboratorio de Ensayos Cesmec S.A., profesionales de
esta Superintendencia presenciaron la realización de ensayos a la tubería no metálica rígida para
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instalaciones eléctricas, marca Alfaplas, modelos/diámetros 25 mm, con fecha de fabricación
06.05.2026, y para el modelo de 32 mm, con fecha de fabricación 24.03.2026.
Como resultado de dichos ensayos, el modelo/diámetro 25 mm presentó no conformidad
respecto de los requisitos establecidos en la Cláusula 10.2 "Ensayo de compresión", del
Protocolo de Análisis y/o Ensayos de Seguridad de Producto Eléctrico PE N° 3/05:2017,
conforme a las normas IEC 61386-21:2002 y IEC 61386-1:2008, tratándose de un ensayo de
carácter crítico dentro de los estándares de seguridad exigidos para el adecuado desempeño del
producto en instalaciones eléctricas. Por su parte, el modelo/diámetro 32 mm cumplió el estándar
normativo.
Cabe señalar que el incumplimiento que presentó el modelo/diámetro 25mm, se verificó en
las tres muestras ensayadas del referido modelo, motivo por el cual el ensayo fue repetido sobre
una cuarta muestra del modelo/diámetro de 25mm, la que igualmente no cumplió con el estándar
de seguridad establecido en la normativa vigente.
6. En este orden de ideas, y sin perjuicio de los procesos administrativos sancionatorios que
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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