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Modifica distribución presupuestaria del fondo de fortalecimiento de organizaciones de interés público para el año 2026 establecida por resolución 121/2025 exenta, de 2026, en razón de la rebaja dispu
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 23 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
MODIFICA DISTRIBUCIÓN PRESUPUESTARIA DEL FONDO DE
FORTALECIMIENTO DE ORGANIZACIONES DE INTERÉS PÚBLICO PARA EL
AÑO 2026 ESTABLECIDA POR RESOLUCIÓN 121/2025 EXENTA, DE 2026, EN
RAZÓN DE LA REBAJA DISPUESTA POR EL DECRETO N° 341, DE 2026, DEL
MINISTERIO DE HACIENDA
(Resolución)
Núm. 331 exenta.- Santiago, 6 de julio de 2026.
Vistos:
Lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile; el decreto con fuerza de
ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases
Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.880, de 2003, de Bases de los
Procedimientos Administrativos que Rigen los Órganos de la Administración del Estado; la Ley
N° 19.032, de 1991, que reorganiza el Ministerio Secretaría General de Gobierno; el decreto con
fuerza de ley N° 1, de 1992, del Ministerio Secretaría General de Gobierno; la Ley N° 20.500, de
2011, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; la Ley N° 21.796, de
Presupuestos del Sector Público para el año 2026, que contempla el Fondo de Fortalecimiento de
Organizaciones de Interés Público en la asignación 318 del Subtítulo 24 de la Partida 20; el
decreto N° 1, de 2012, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que Aprueba el
Reglamento que Regula el Catastro de Organizaciones de Interés Público, el Consejo Nacional
que lo administra y los Consejos Regionales, y el Funcionamiento del Fondo de Fortalecimiento
de las Organizaciones de Interés Público; la resolución exenta N° 121/2026, de fecha 23 de
febrero de 2026, que aprueba propuesta de bases administrativas del concurso público "Fondo de
Fortalecimiento de Organizaciones de Interés Público" Concurso 2026 y el manual de ejecución
del mismo Fondo; el artículo 26 del decreto ley N° 1.263, de 1975, del Ministerio de Hacienda,
Orgánico de Administración Financiera del Estado; la resolución exenta N° 1/2026, del 6 de
enero de 2026, que aprueba el desglose indicado en el artículo 7° de la ley N° 21.796, para el año
2026 del Ministerio Secretaría General de Gobierno; el decreto supremo N° 3, de 11 de marzo de
2026, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que designa al Subsecretario General de
Gobierno; el oficio circular N° 12, de fecha 13 de marzo de 2026, del Ministerio de Hacienda,
que imparte instrucciones sobre el Plan de Ajuste Fiscal para el año 2026; el decreto N° 341, de
24 de abril de 2026, del Ministerio de Hacienda, que modifica el presupuesto vigente del Sector
Público; y la resolución N° 36, de 2024, que fija normas sobre exención de trámite de toma de
razón y sus ulteriores modificaciones.
Considerando:
1.- Que, el oficio circular N° 12, de 13 de marzo de 2026, del Ministerio de Hacienda,
instruyó a todos los ministerios, subsecretarías y servicios públicos cuyo presupuesto es
aprobado por la ley N° 21.796, la implementación de un Plan de Ajuste Fiscal, cuya primera fase
contempla una reducción en el límite de gasto del año 2026 de USD 3.000 millones, en adición a
una rebaja de USD 800 millones previamente comprometida, con el objeto de recuperar el
equilibrio de las cuentas fiscales y la sostenibilidad de las finanzas públicas en el mediano plazo.
2.- Que, el referido oficio circular dispuso, como primera medida, una rebaja transversal del
3,0% del gasto bruto de cada Partida presupuestaria, aplicada uniformemente a cada subtítulo de
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gasto por la Dirección de Presupuestos (Dipres). Asimismo, instruyó que dicho ajuste tiene
carácter permanente y que su efecto debe considerarse tanto para el ejercicio 2026 como para los
años siguientes, constituyendo la base de formulación presupuestaria para el presupuesto 2027 y
los ejercicios subsiguientes.
3.- Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el citado oficio circular, mediante decreto N°
341, de 24 de abril de 2026, del Ministerio de Hacienda -tomado razón con alcance por la
Contraloría General de la República mediante oficio N° 93301/2026, de 14 de mayo de 2026-, se
modificó el presupuesto vigente del Sector Público, rebajando, en la Partida 20 del Ministerio
Secretaría General de Gobierno, Capítulo 01, Programa 01, Subtítulo 24 (Transferencias
Corrientes), lo siguiente: el ítem 01, asignación 318, correspondiente al "Fondo de
Fortalecimiento de Organizaciones y Asociaciones de Interés Público (Ley N° 20.500)", en la
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