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Protocolo Relativo a Una Enmienda al Convenio sobre Aviación Civil Internacional
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 25 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Subsecretaría de Relaciones Exteriores
PROMULGA EL PROTOCOLO RELATIVO A UNA ENMIENDA AL CONVENIO
SOBRE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL
Núm. 130.- Santiago, 28 de agosto de 2025.
Vistos:
Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1) de la Constitución Política de la República.
Considerando:
Que la Asamblea de la Organización de Aviación Civil Internacional, adoptó en Montreal,
el 10 de mayo de 1984, el "Protocolo relativo a una Enmienda al Convenio sobre Aviación Civil
Internacional", por el cual se agrega, después del artículo 3 del Convenio, un nuevo artículo 3
bis.
Que el Convenio sobre Aviación Civil Internacional, suscrito en Chicago, Estados Unidos,
el 7 de diciembre de 1944, fue promulgado mediante el decreto supremo Nº 509, de 28 de abril
de 1947, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial el 6 de
diciembre de 1957.
Que el señalado Protocolo de Enmienda fue aprobado por el Congreso Nacional, según
consta en el oficio Nº 17.281, de 21 de marzo de 2022, de la Honorable Cámara de Diputados.
Que se dio cumplimiento a lo previsto en el numeral 4, del referido Protocolo, el cual entró
en vigor para la República de Chile el 1 de octubre de 1998.
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