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Diario Oficial· normas_generales

Dispone Orden de Subrogación del Cargo de Subsecretario de Pesca y Acuicultura y Deja sin Efecto Decreto Exento Que Indica Núm. Dexe202600110 Exento.-

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 27 de julio de 2026

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MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Subsecretaría de Pesca y Acuicultura DISPONE ORDEN DE SUBROGACIÓN DEL CARGO DE SUBSECRETARIO DE PESCA Y ACUICULTURA Y DEJA SIN EFECTO DECRETO EXENTO QUE INDICA Núm. DEXE202600110 exento.- Santiago, 15 de julio de 2026. Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 7 de la Constitución Política de la República; en el artículo 24 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto ley Nº 1.028, de 1975, que precisa atribuciones y deberes de los Subsecretarios de Estado; en el decreto Nº 19, párrafo 1, Nº 22, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el artículo 81, letra a) del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834; el decreto exento Nº 9, de 2026, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que establece orden de subrogación que se indica; y en la resolución Nº 36 de 2024, y sus modificaciones, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de toma de razón en materias de personal. Considerando: 1.- Que, frente a la ausencia o impedimento de la autoridad titular es necesario dar continuidad al servicio. 2.- Que, mediante decreto exento Nº 9, de fecha 24 de marzo de 2026, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se establece el orden de subrogación que se indica en el cargo de Subsecretario de Pesca y Acuicultura, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. 3.- Que, por razones de buena administración, se ha estimado pertinente modificar el orden de subrogación antes descrito. 4.- Que, el artículo 81 de la ley Nº 18.834, en su letra a) dispone que la autoridad está facultada para efectuar el nombramiento y podrá determinar otro orden de subrogación, en los cargos de exclusiva confianza. 5.- Que, el Presidente de la República, mediante el decreto Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, delegó en los Ministros de Estado, la facultad de suscribir bajo la fórmula “Por orden del Presidente de la República”, los decretos supremos relativos a, entre otras materias, la modificación del orden de subrogación en los cargos de exclusiva confianza.

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