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Modifica Resolución Electrónica Exenta N°608, de 2023, Modificada por Resolución Electrónica Exenta N°932, de 2024, Ambas de
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 27 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Corporación de Fomento de la Producción
Gerencia de Emprendimiento Dinámico
MODIFICA RESOLUCIÓN ELECTRÓNICA EXENTA N°608, DE 2023, MODIFICADA
POR RESOLUCIÓN ELECTRÓNICA EXENTA N°932, DE 2024, AMBAS DE CORFO,
QUE MODIFICA BASES DEL INSTRUMENTO DE FINANCIAMIENTO
DENOMINADO “POTENCIA” Y APRUEBA SU NUEVO TEXTO
Núm. 874 exenta.- Santiago, 15 de julio de 2026.
(Resolución)
Visto:
La Ley N° 6.640, que crea la Corporación de Fomento de la Producción; el decreto con
fuerza de ley N° 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija normas que regirán a la
Corporación de Fomento de la Producción; el Reglamento de la Corporación, aprobado por
decreto supremo N°360, de 1945, del Ministerio de Economía y Comercio; la resolución afecta
N° 33, de 2021, de Corfo, que aprobó el Reglamento del Comité de Emprendimiento; en la
resolución afecta N° 28, de 2020, modificada por resolución afecta N° 136, de 2023, por
resolución afecta N° 51, de 2024, y por resolución afecta N° 43, de 2026, todas de Corfo, que
aprobó las Bases Administrativas Generales para los instrumentos de la Corporación de Fomento
de la Producción, en adelante las "Bases Administrativas Generales"; la Ley N° 19.880, que
Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; la resolución TRA N° 58/1/2025, de Corfo, que nombra titular en el
cargo de Gerente de la Corporación a doña Maricho Gálvez Bastidas; la resolución exenta RA N°
58/288/2025, que encomienda a Maricho Gálvez Bastidas, en virtud de su cargo de Gerente de la
Corporación, para ejercer funciones directivas de Gerente de Emprendimiento de Corfo; la
resolución exenta RA N° 58/6/2026, de Corfo, que establece el orden de subrogación para el
cargo de Gerente de Emprendimiento; y la resolución N° 36, de 2024, modificada y
complementada por resolución N° 8, de 2025, y por resoluciones N° 3, N° 13 y N° 14, todas de
2026, y de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de
toma de razón.
Considerando:
1. Que, por resolución electrónica exenta N° 608, de 2023, modificada por resolución
electrónica exenta N°932, de 2024, ambas de Corfo, se modificaron las bases del instrumento de
financiamiento denominado "Potencia" y se aprobó su nuevo texto, en adelante las "Bases".
2. Lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 21.796, de Presupuestos del Sector Público
correspondiente al año 2026, que establece requisitos para las transferencias a instituciones
privadas ejecutoras de políticas públicas y, en consecuencia, exige realizar adecuaciones al
instrumento de financiamiento previamente individualizado.
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3. Que, la letra b), del artículo 9, del Reglamento del Comité de Emprendimiento, dispone
que corresponde al Gerente de Emprendimiento, en relación con los instrumentos de
financiamiento que administra, la facultad de aprobar su texto definitivo, fijando, al menos: su
denominación; sus objetivos específicos; plazo de ejecución; actividades financiables; montos y
porcentajes de cofinanciamiento, los que no podrán exceder de los máximos fijados por el
Subcomité; criterios de evaluación, para el caso que las bases contemplen etapas de evaluaciones
sucesivas y por fases a cargo del Gerente u otra autoridad regional de Corfo; y los aspectos
administrativos relativos al convenio de subsidio. De igual forma, le corresponderá aprobar las
modificaciones y textos refundidos de los Instrumentos de Financiamiento y resolver toda
controversia o duda en cuanto a su correcto sentido y alcance, sin perjuicio de los recursos
establecidos en la ley.
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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QUE MODIFICA BASES DEL INSTRUMENTO DE FINANCIAMIENTO