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Resuelve Procedimiento de Invalidación del Llamado a Concurso de Ingreso a la Planta del Servicio Local de Educación Públic
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 27 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Dirección de Educación Pública
Servicio Local de Educación Pública Talagante
RESUELVE PROCEDIMIENTO DE INVALIDACIÓN DEL LLAMADO A CONCURSO
DE INGRESO A LA PLANTA DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA
TALAGANTE APROBADO POR RESOLUCIÓN Nº 2.205 EXENTA, DE 2025, DE LA
DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y ORDENA LO QUE INDICA
Núm. 63 exenta.- Talagante, 15 de julio de 2026.
(Resolución)
Visto:
Lo dispuesto en la ley Nº 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública; en la Ley Nº
21.796, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2026; en la ley Nº 19.880, que
establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la
Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en
el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido,
coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con
fuerza de ley Nº 12, de 2018, que Fija planta de personal del Servicio Local de Educación
Pública de la Región Metropolitana que comprende las comunas de Talagante, El Monte, Isla de
Maipo, Padre Hurtado y Peñaflor y otras materia que indica; en el decreto supremo Nº 162, de
2022, del Ministerio de Educación, que fija denominación, ámbito de competencia territorial,
domicilio y calendario de instalación con las fechas en que iniciarán funciones los Servicios
Locales de Educación Pública que indica, y deroga los decretos Nos. 69, 70 y 71 de 2021, todos
del Ministerio de Educación; en el decreto supremo Nº 209, de 2026, del Ministerio de
Educación, que designa a la Directora Ejecutiva del Servicio Local de Educación Pública de
Talagante; en la resolución exenta Nº 813, de la Dirección de Educación Pública, que Delega
funciones para la elaboración y ejecución de actos administrativos que indica en el Servicio
Local de Educación Pública de Talagante; en la resolución exenta Nº 2.205, de la Dirección de
Educación Pública, que aprueba las bases y los anexos del llamado a concurso de ingreso a la
planta del Servicio Local de Educación Pública de Talagante, de conformidad al artículo
trigésimo octavo transitorio de la ley Nº 21.040; en la resolución exenta Nº 58, de 2026, del
Servicio Local de Educación Pública Talagante, que inicia procedimiento de invalidación del
llamado a concurso de ingreso a la planta del Servicio Local de Educación Pública Talagante,
aprobado por resolución exenta Nº 2.205, de 2025, de la Dirección de Educación Pública; en la
resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre
exención del trámite de toma de razón; y,
Considerando:
1. Que, la ley Nº 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública, en adelante la Ley,
estableció la creación de los Servicios Locales de Educación Pública, en adelante Servicio Local
o SLEP, los que, de conformidad con el artículo 16 de la Ley, son órganos funcional y
territorialmente descentralizados con personalidad jurídica y patrimonio propio;
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2. Que, a su vez, los Servicios Locales de Educación Pública creados en virtud de la Ley,
tienen por objetivo proveer el servicio educacional a través de los establecimientos educacionales
de su dependencia debiendo orientar su accionar conforme a los principios de la educación
pública;
3. Que, el Servicio Local está a cargo del Director Ejecutivo, quien es el Jefe Superior del
Servicio, de conformidad a lo establecido en el artículo 21, de la ley Nº 21.040, ya
individualizada, y en tal carácter le corresponde su dirección y administración;
4. Que, como Jefe Superior del Servicio le corresponde, entre otras funciones, dirigir,
organizar y administrar su funcionamiento y ejecutar los actos y celebrar los contratos necesarios
para el cumplimiento de sus fines;
5. Que, el decreto supremo Nº 162, de 2022 del Ministerio de Educación, que fija
denominación, ámbito de competencia territorial, domicilio y calendario de instalación con las
fechas en que iniciarán funciones los Servicios Locales de Educación Pública que indica, y
deroga los Decretos Nºs 69, 70 y 71 de 2021, todos del Ministerio de Educación, determinó el
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