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Autoriza Experiencia de Prueba de Señalización Vertical y Demarcación en las Intersecciones de Av. Mocopulli con Liceo Bicentenario, Pasaje Padre Hurtado y Chovi San Juan,
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 27 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Transportes
AUTORIZA EXPERIENCIA DE PRUEBA DE SEÑALIZACIÓN VERTICAL Y
DEMARCACIÓN EN LAS INTERSECCIONES DE AV. MOCOPULLI CON LICEO
BICENTENARIO, PASAJE PADRE HURTADO Y CHOVI SAN JUAN, EN LA
COMUNA DE DALCAHUE, REGIÓN DE LOS LAGOS
Núm. 4.872 exenta.- Santiago, 30 de octubre de 2025.
(Resolución)
Visto:
Lo dispuesto en el DFL 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la
Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N°
19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los
Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N°18.059, que asigna al Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones el carácter de organismo rector del tránsito y le señala
atribuciones; en los artículos 2°, 93 y 94 del DFL N°1, de 2007, de los Ministerios de
Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y
sistematizado de la Ley de Tránsito; en el decreto supremo N° 78, de 2012, del Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el “Manual de Señalización de Tránsito”; en el
Ord. N° 388, de 30 de septiembre de 2025, del Alcalde (S) de la Ilustre Municipalidad de
Dalcahue, Sr. Fernando Ruiz Portilla; en el Ord. Nº 411, de 14 de octubre de 2025, de la
Alcaldesa de la Ilustre Municipalidad de Dalcahue, Sra. María Alejandra Villegas Huichamán;
en el Oficio N° 29995, de 10 de octubre de 2025, de la Jefa de División de Normas y
Operaciones; en la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija
normas sobre exención del trámite de toma de razón; y en la demás normativa aplicable.
Considerando:
1. Que, el artículo 3° del decreto supremo N° 78, de 2012, citado en el Visto, dispone que:
“La señalización de tránsito es determinada únicamente por el Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones. Sólo dicha autoridad puede crear una nueva señal o autorizar una
modificación de las ya existentes. Por lo tanto, toda señalización que no se ajuste a lo dispuesto
por esta Secretaría de Estado carece de validez legal.
Las solicitudes de autorización para llevar experiencias de prueba con nuevos elementos de
señalización, deberán ser canalizadas a través de la Subsecretaría de Transportes, según
procedimiento establecido en el Apéndice”.
2. Que, mediante Ord. N° 388, citado en Visto,
la Ilustre Municipalidad de
Dalcahue solicita autorizar señales que se encuentran incorporadas dentro del proyecto
denominado “Mejoramiento seguridad Vial Avenida Mocopulli, ciudad de Dalcahue” donde se
intervienen tres cruces peatonales existentes que actualmente presentan una deficiente
señalización con todos los riesgos que esto conlleva.
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3. El detalle de las 8 señales y la ubicación de cada una de ellas se encuentra indicado en
planos y KMZ adjunto. Se adjunta a continuación listado de señales que se pretende instalar:
4. Que, mediante oficio N°29995, de 2025, de la Jefa de la División de Normas y
Operaciones, se formularon observaciones a la solicitud presentada por la Municipalidad de
Dalcahue, informando que “se debe dar cumplimiento al Manual de Señalización de Tránsito
(MST)”. Las observaciones técnicas formuladas son las siguientes:
“La señal de sentido de tránsito (RO - 1b) y de nombre y numeración de calles (IV-3), no
tiene las dimensiones mínimas establecidas por el Manual de Señalización de Tránsito.
No se debe incorporar una imagen en la placa de la identificación de nombre y numeración
de calles (IV-3).
En cuanto a la solución y demarcación de soluciones de mejoramiento de pasos cebras,
aprobados por MOP, la demarcación de achurado se muestra de color amarillo y debe ser de
color blanco con demarcación elevada de color amarilla y no achurado de color amarillo. Las
demarcaciones elevadas pueden ser con tachas o elementos segregadores tipo tachón amarillo.
Se deben eliminar las flechas direccionales antes del paso cebra en ambos sentidos.
Se debe considerar complementar la demarcación del símbolo de zona de escuela, con la
respectiva señal vertical correspondiente (PO-9). En las especificaciones se encuentra la
demarcación respectiva.
El emplazamiento de la señal de 30 km/h debe ser antes del comienzo de la zona de
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