Diario Oficial· normas_generales
Prohíbe Circulación de Vehículos Motorizados en Tramo de Calzada de Av. Ricardo Cumming Que Indica
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 27 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Secretaría Regional Ministerial Región Metropolitana
PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE
CALZADA DE AV. RICARDO CUMMING QUE INDICA
Núm. 4.189 exenta.- Santiago, 20 de julio de 2026.
(Resolución)
Vistos:
La ley Nº 18.059; las resoluciones Nº 39, de 1992 y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio
de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los
Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; el decreto supremo Nº 83/85 y sus
modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que define redes viales
básicas que señala; la resolución exenta Nº 347, de 1987, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que establece red vial básica y sus modificaciones posteriores; en el oficio
Nº 19216, de 19 de junio de 2026, de esta Secretaría Regional; la solicitud de la Empresa
Ingeniería y Servicios Cristian Gaete Matus SpA, de 15 de junio de 2026; la resolución Nº 36, de
2024, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte
aplicable.
Considerando:
1.- Que, mediante carta de fecha 15 de junio de 2026, de doña Edith Camacho Campero, en
representación, según señala, de la empresa Ingeniería y Servicios Cristian Gaete Matus SpA,
solicita a esta Secretaría Regional, una extensión del plazo para ejecutar las obras del proyecto
"Mejoramiento Plazoleta Gratitud Nacional", agregando que actualmente se requiere el cierre al
tránsito de vehículos motorizados en ambas calzadas de Av. Ricardo Cumming, entre calle
Romero y Av. Alameda Libertador Bernardo O'Higgins.
2.- Que, esta Secretaría Regional, en el marco de sus facultades legales, debe disponer todas
las medidas de gestión de tránsito necesarias con el objetivo de disminuir el impacto en el flujo
vehicular que significará el cierre de la vía referida en el considerando anterior.
3.- Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del
DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia, que fija
el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer la medida
que se establece en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
Ver documento completo (PDF)Organismo
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES