Red Judicial
Volver al inicio
Diario Oficial· normas_generales

Rectifica resolución ministerial n° 61 exenta, de 2025, del ministerio de energía, que aprueba el monto total asignado al subsidio transitorio al pago del consumo de energía eléctrica del segundo seme

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 27 de julio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE ENERGÍA RECTIFICA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 61 EXENTA, DE 2025, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA, QUE APRUEBA EL MONTO TOTAL ASIGNADO AL SUBSIDIO TRANSITORIO AL PAGO DEL CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA DEL SEGUNDO SEMESTRE DEL AÑO 2025 Y LOS LISTADOS DE USUARIOS RESIDENCIALES PERTENECIENTES A LOS HOGARES BENEFICIARIOS Núm. 10 exenta.- Santiago, 10 de febrero de 2026. (Resolución) Vistos: Lo dispuesto en el decreto ley N°2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en el decreto con fuerza de ley N°4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N°1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante "LGSE"; en la Ley N°21.472, que crea un Fondo de Estabilización de Tarifas y establece un nuevo mecanismo de estabilización transitorio de precios de la electricidad para clientes sometidos a regulación de precios, en adelante "Ley N°21.472"; en la Ley N°21.667, que modifica diversos cuerpos legales, en materia de estabilización tarifaria, en adelante "Ley N°21.667"; en la Ley N°19.949, que establece un sistema de protección social para familias en situación de extrema pobreza denominado Chile Solidario; en la Ley N°19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, en adelante "Ley N°19.880"; en el decreto exento N°136, de 2024, del Ministerio de Energía, que establece para los años 2024, 2025 y 2026 subsidio transitorio al pago del consumo de energía eléctrica y regula el procedimiento de concesión, pago y demás normas necesarias para su otorgamiento, y sus modificaciones posteriores, en adelante "Decreto exento N°136"; en el decreto supremo N°160, de 2007, del Ministerio de Planificación, que aprueba reglamento del Registro de Información Social; en decreto exento N°402, de 20 de octubre de 2008, del Ministerio de Planificación, que aprueba convenio de colaboración y conectividad que indica; en la resolución exenta N°259, de 12 de diciembre de 2024, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, que aprueba convenio de colaboración y conectividad al registro de información social y al analista digital de información social, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, suscrito entre la Subsecretaría de Evaluación Social y la Subsecretaría de Energía; en el decreto exento N°258, de 5 de noviembre de 2024, del Ministerio de Energía, que aprueba convenio de colaboración y conectividad al registro de información social y al analista digital de información social, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, entre la Subsecretaría de Evaluación Social y la Subsecretaría de Energía; en la resolución exenta N°40, de 26 de junio de 2025, del Ministerio de Energía, que determina plazos de postulación al subsidio transitorio al pago del consumo de energía eléctrica del segundo semestre del año 2025 y el monto máximo de recursos disponibles para el mismo, en adelante "Resolución exenta N°40/2025"; en el Oficio Ordinario Electrónico N°293683, de 5 de agosto de 2025, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en adelante "SEC", solicitando información necesaria para determinar el cumplimiento de requisitos de los postulantes al subsidio establecido por la ley N°21.667 del segundo semestre 2025, en adelante "Oficio N°293683"; en el Oficio Ordinario Electrónico N°294281, de 11 de agosto de 2025, de la SEC, solicitando información necesaria para determinar el cumplimiento de requisitos de los postulantes al subsidio establecido por la Ley N°21.667 del segundo semestre Sitio Web: www.diarioficial.cl 2025, para registros no informados por presentar inconsistencias, en adelante "Oficio N°294281"; en el Oficio Ordinario Electrónico N°296280, de 29 de agosto de 2025, de la SEC, que entrega listado con información necesaria para determinar el cumplimiento de requisitos de los postulantes al subsidio establecido por la Ley N°21.667, del segundo semestre 2025, en adelante "Oficio N°296280"; en el Oficio Ordinario N°33002-DFP, de 20 de agosto de 2025, de la Tesorería General de la República, que informa el equivalente en moneda nacional para efectos de ser considerado por el Ministerio de Energía en el cálculo de la disponibilidad de

Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:

Ver documento completo (PDF)

Organismo

MINISTERIO DE ENERGÍA