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Fija nuevo valor de inversión y valores de las componentes del nuevo valor anual de la transmisión por tramo de la obra "ampliación en s/e chiloé y tendido segundo circuito línea 2x220 kv nueva ancud
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 27 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE ENERGÍA
FIJA NUEVO VALOR DE INVERSIÓN Y VALORES DE LAS COMPONENTES DEL
NUEVO VALOR ANUAL DE LA TRANSMISIÓN POR TRAMO DE LA OBRA
"AMPLIACIÓN EN S/E CHILOÉ Y TENDIDO SEGUNDO CIRCUITO LÍNEA 2X220
KV NUEVA ANCUD - CHILOÉ", SUS FÓRMULAS DE INDEXACIÓN Y ACTUALIZA
CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN
Núm. 333 exento.- Santiago, 12 de diciembre de 2025.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 35 del decreto supremo Nº100, de 2005, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Constitución Política de la República; en la ley Nº19.880, que establece bases de los
procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del
Estado; en el decreto ley Nº2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio de
Energía y la Comisión Nacional de Energía; en el decreto con fuerza de ley Nº4/20.018, de 2006,
del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija texto refundido, coordinado y
sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios
Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante "Ley General de Servicios Eléctricos"; en
la ley Nº21.721, que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de transmisión
eléctrica, en adelante "Ley Nº21.721"; en el decreto supremo Nº10, de 2019, del Ministerio de
Energía, que aprueba reglamento de calificación, valorización, tarificación y remuneración de las
instalaciones de transmisión, en adelante "Reglamento de Valorización"; en la resolución exenta
Nº100, de 3 de marzo de 2025, de la Comisión Nacional de Energía, en adelante "Comisión", que
aprueba resolución sobre el mecanismo de revisión del valor de inversión adjudicado, de
conformidad al artículo segundo transitorio de la ley Nº21.721, de 2024, en adelante "resolución
exenta Nº100"; en el decreto exento Nº171, de 2020, del Ministerio de Energía, que fija obras de
ampliación de los sistemas de transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de
licitación en los doce meses siguientes, correspondientes al plan de expansión del año 2019, en
adelante "decreto exento Nº171"; en el decreto supremo Nº13T, de 2022, del Ministerio de
Energía, que fija empresas adjudicatarias de la construcción y ejecución de las obras de
ampliación de los sistemas de transmisión nacional y zonal, contempladas en los decretos
exentos Nº171 de 2020 y Nº185 de 2021, ambos del Ministerio de Energía, en adelante "decreto
Nº13T"; lo señalado en la solicitud de revisión de V.I. presentada conjuntamente por Sistema de
Transmisión del Sur S.A. y Equans Mantenimiento y Montaje Eléctrico SpA, con fecha 7 de
junio de 2025, respecto de la obra denominada "Ampliación en S/E Chiloé y tendido segundo
circuito Línea 2x220 kV Nueva Ancud - Chiloé"; lo establecido en la resolución exenta Nº355,
de 24 de junio de 2025, de la Comisión, que resuelve admisibilidad de solicitud de revisión de
V.I. adjudicado de la obra de ampliación que indica, en adelante "resolución exenta Nº355"; lo
indicado en oficio Ord. Nº570, de 4 de julio de 2025, de la Comisión, que solicita
pronunciamiento técnico sobre solicitudes de revisión de valor de inversión adjudicado que
indica, en adelante "oficio CNE Nº570"; lo señalado en la Carta DE 04406-25, de 17 de julio de
2025, del Coordinador Eléctrico Nacional, en adelante "Coordinador", que formula
observaciones a informe de solicitud de revisión de V.I. de la obra NUP 3858 "Ampliación en
S/E Chiloé y tendido segundo circuito Línea 2x220 kV Nueva Ancud - Chiloé", en adelante
Sitio Web: www.diarioficial.cl
"Carta DE 04406-25"; lo informado por Carta DE 7023-25, de 24 de julio de 2025, de Sistema de
Transmisión del Sur S.A., en la cual da respuesta a la Carta DE 04406-25, en adelante "Carta DE
7023-25"; lo señalado en el Informe de Pronunciamiento Técnico "Ampliación en S/E Chiloé y
tendido segundo circuito Línea 2x220 kV Nueva Ancud - Chiloé" - NUP 3858, del Coordinador;
lo señalado en Carta DE 04864-25, de 25 de agosto de 2025, del Coordinador, en adelante "Carta
DE 04864-25"; lo dispuesto en la resolución exenta Nº696, de 10 de noviembre de 2025, que
aprueba modificación de V.I. adjudicado de la obra "Ampliación en S/E Chiloé y tendido
segundo circuito Línea 2x220 kV Nueva Ancud - Chiloé", remitida al Ministerio de Energía
mediante oficio ordinario Nº1047/2025, de 11 de noviembre de 2025, ambos de la Comisión, en
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