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Sala Atención de Público de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 28 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Subsecretaría de Relaciones Exteriores
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA SALA ATENCIÓN DE PÚBLICO DE LA
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
(Resolución)
Núm. 389 exenta.- Santiago, 9 de junio de 2026.
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el decreto
con fuerza de ley Nº 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; la ley Nº 19.880
de Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales, con el
objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto supremo Nº 41 de 2020,
que aprueba el Reglamento que determina la Organización Interna de la Subsecretaría de
Relaciones Exteriores y las denominaciones y funciones que corresponden a cada una de sus
unidades, del Ministerio de Relaciones Exteriores; el decreto supremo Nº 172 de 1977, del
Ministerio de Relaciones Exteriores, que establece el Reglamento Consular de Chile; la
resolución exenta Nº 1.785 de 2025, de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores; la resolución
Nº 36 de 2024, que fija normas de exención del trámite de toma razón, de la Contraloría General
de la República.
Considerando:
1. Que, la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, en el marco de su compromiso con el
mejoramiento continuo de la gestión institucional, ha determinado un especial énfasis en contar
con una administración más eficiente y eficaz.
2. Que, conforme a lo anterior, mediante la resolución exenta Nº 2.417 de 2024, se aprobó
la Política de Calidad de Servicio Institucional, instrumento que define la forma de vinculación
de la institución con las personas usuarias, determina los estándares aplicables y dispone los
principios en la materia.
3. Que, por medio de la resolución exenta Nº 789 de 2025, se creó el Comité de Calidad de
Servicio, Experiencia Usuaria y Transformación Digital, instancia que tiene por objeto facilitar el
análisis de acciones, la toma de decisiones y el cumplimiento de los objetivos institucionales en
estas temáticas.
4. Que, mediante la resolución exenta Nº 1.785 de 2025, de la Subsecretaría de Relaciones
Exteriores, se determinó las normas de funcionamiento de la Sala Atención de Público
Institucional, ubicada en calle Agustinas Nº 1320, comuna y ciudad de Santiago, mediante acto
administrativo, de conformidad a lo establecido en el artículo 3º de la ley 19.880 sobre
Procedimientos Administrativos.
5. Que, a objeto de asegurar la atención, evitar aglomeraciones y reducir los tiempos de
espera de los usuarios y usuarias, se ha determinado que los solicitantes de trámites brindados en
la referida Sala, agenden previamente una cita a través del sitio web institucional.
Sitio Web: www.diarioficial.cl
6. Que, conforme a lo anterior, corresponde modificar la citada resolución exenta Nº 1.785
de 2025, a objeto de incluir la nueva forma de atención presencial, a través del agendamiento de
las atenciones que se brindarán en la aludida Sala.
Lo anterior es la parte narrativa del documento. Para el texto dispositivo completo:
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