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Establece Criterios Regionales de Puntaje para Proyectos en el Contexto del Llamado a Postulación en Condiciones Especiales del Programa de
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 29 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Secretaría Regional Ministerial Región de Arica y Parinacota
ESTABLECE CRITERIOS REGIONALES DE PUNTAJE PARA PROYECTOS EN EL
CONTEXTO DEL LLAMADO A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES
DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO
POR EL DS N° 27 (V. Y U.) DE 2016, CAPÍTULO PRIMERO, EQUIPAMIENTO
COMUNITARIO, AÑO 2026, REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA
(Resolución)
Núm. 317 exenta.- Arica, 17 de julio de 2026.
Vistos:
1. Lo dispuesto en la ley N° 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo;
2. El decreto ley N° 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda
y Urbanismo;
3. El decreto supremo N° 397 (V. y U.), de 1976, que establece el Reglamento Orgánico de
las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo;
4. El decreto supremo N° 27 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, que regula el
Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;
5. La resolución exenta N° 1.002 (V. y U.), de 7 de julio de 2026, que llama a postulación
nacional en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Capítulo Primero,
Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, fija
condiciones para su aplicación, el monto de recursos disponibles y su distribución;
6. La ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen
los actos de los órganos de la Administración del Estado;
7. La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas
sobre exención del trámite de toma de razón, y sus modificaciones;
8. Las facultades que me otorga el decreto supremo en trámite del Ministerio de Vivienda y
Urbanismo, que designa al suscrito como Secretario Regional Ministerial de Vivienda y
Urbanismo de la Región de Arica y Parinacota.
Considerando:
1. Que, mediante la resolución exenta N° 1.002 (V. y U.), de 7 de julio de 2026, se efectuó
el llamado a postulación nacional en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del
Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y
Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016.
2. Que el Resuelvo 19 de la citada resolución exenta N° 1.002 establece las variables,
categorías y ponderaciones para la prelación de los proyectos, asignando un ponderador total de
40% a los criterios regionales definidos mediante resolución de la Seremi respectiva.
3. Que, para asegurar una aplicación uniforme de la Variable 2 a las líneas contempladas en
el Resuelvo 1 de la resolución exenta N° 1.002 (V. y U.), de 2026, resulta necesario precisar la
categoría regional aplicable a las sedes sociales, multicanchas y centros comunitarios de culto,
exclusivamente para efectos de la asignación del puntaje regional.
4. Que, de acuerdo con lo señalado precedentemente, resulta necesario establecer los
criterios regionales de puntaje para los proyectos que postulen al llamado.
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Resolución:
1. Establézcance los siguientes criterios regionales y escala de puntajes para los proyectos
que postulen al llamado individualizado en el Visto N° 5, en la Región de Arica y Parinacota:
Variable
Categoría
Puntaje
Ponderador
1. Tipología de
proyecto
2. Tipo de obra
3. Focalización
territorial
1.1 Construcción y/o Mejoramiento de Áreas
Verdes.
1.2 Construcción de Edificaciones Comunitarias.
1.3 Mejoramiento de Edificaciones Comunitarias.
1.4 Accesibilidad Universal para el Equipamiento
Comunitario.
1.5 Mejoramiento de Mobiliario Urbano.
2.1 Equipamiento de Áreas Verdes: Plazas,
Plazoletas, Platabandas, etc.
2.2 Equipamiento Comunitario Múltiple: Centro
Comunitario, Sede Social, Sala de Uso Múltiple,
Centro Comunitario de Culto, entre otros.
2.3 Equipamiento Deportivo: Multicancha,
Canchas, Camarines, entre otros.
2.4 Equipamiento Cultural: Biblioteca, Sala de
Taller, etc.
3.1 El proyecto se encuentra dentro de un polígono
de intervención vigente del Programa Quiero Mi
Barrio.
3.2 El proyecto se encuentra contiguo o dentro del
área de influencia de un condominio de viviendas
sociales, en proceso de mejoramiento por el Minvu.
3.3 El proyecto se emplaza en un terreno que no
cumple con las características de los numerales 3.1
y 3.2.
Total porcentaje según criterios regionales
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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