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Diario Oficial· normas_generales

Declara Zona de Riesgo Sanitario a la Localidad de Villa Frei, Comuna de Coyhaique

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 30 de julio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE SALUD Secretaría Regional Ministerial Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo DECLARA ZONA DE RIESGO SANITARIO A LA LOCALIDAD DE VILLA FREI, COMUNA DE COYHAIQUE Núm. 709 exenta.- Coyhaique, 21 de julio de 2026. (Resolución) Vistos: Las facultades que me confiere el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; el Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud, aprobado por decreto supremo Nº 136/2004 del Ministerio de Salud; DS Nº 31, de 24 de marzo de 2026, del Ministerio de Salud, que designa al Secretario Regional Ministerial de Salud en la Región de Aysén; resolución Nº 36/2024 de la Contraloría General de la República. Considerando: 1. Que, el artículo 9 letra b) del Código Sanitario, dispone que corresponde a la Autoridad Sanitaria, en sus respectivos territorios, dictar dentro de las atribuciones conferidas por el presente Código, las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento, agregando el artículo 14 que corresponderá al Servicio Nacional de Salud la supresión de cualquier factor que, originado en un territorio municipal, ponga en peligro la salud, seguridad o bienestar de la población de otro territorio municipal, y el artículo 67 del mismo cuerpo legal, que es deber de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes; 2. Que, el artículo 12 Nº 2 de DFL 1, de 2006, dispone que las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud tendrán las siguientes funciones, de acuerdo con las normas y políticas dictadas por el Ministerio de Salud: Nº 2: Ejecutar las acciones que correspondan para la protección de la salud de la población de los riesgos producidos por el medio ambiente y para la conservación, mejoría y recuperación de los elementos básicos del ambiente que inciden en ella, velando por el debido cumplimiento de las disposiciones del Código Sanitario y de los reglamentos, resoluciones e instrucciones sobre la materia, para lo cual se encontrará dotado de todas las facultades y atribuciones que el Código Sanitario y demás normas legales y reglamentarias sanitario-ambientales le confieren, de conformidad con lo previsto en el artículo 13; 3. Que, de acuerdo con la información proporcionada por la Junta de Vecinos de Villa Frei, en la localidad existen 13 viviendas conectadas a una fosa séptica comunitaria, 17 viviendas que contarían con fosas de madera o pozos negros y 33 viviendas provistas de fosas sépticas individuales. 4. Que, asimismo, se informó que algunos de dichos sistemas no habrían recibido mantención durante un periodo de entre seis y diez años, situación que afectaría principalmente a viviendas cuyos ocupantes no reúnen los requisitos socioeconómicos exigidos para acceder a los mecanismos ordinarios de apoyo disponibles. 5. Que, según lo informado por el Departamento de Acción Sanitaria de esta Secretaría Regional Ministerial, Villa Frei corresponde a una población rural concentrada que no cuenta con un sistema público de recolección y tratamiento de aguas servidas. Sitio Web: www.diarioficial.cl 6. Que los antecedentes anteriormente señalados permiten advertir la existencia de condiciones sanitarias deficientes asociadas a la disposición de aguas servidas domiciliarias, las cuales representan un riesgo para la salud y bienestar de los habitantes de la localidad. 7. Que, en consideración de lo anterior, resulta necesario declarar la existencia de riesgo sanitario en la localidad de Villa Frei, con el objeto de que esta declaración pueda servir de antecedente para la gestión de recursos destinados a abordar la situación descrita. Resolución: Primero: Declárese Zona de Riesgo Sanitario a la localidad de Villa Frei, ubicada en la comuna de Coyhaique, Región de Aysén, debido a los hechos descritos en la presente resolución. Segundo: Déjese establecido que la Municipalidad de Coyhaique deberá implementar todas las medidas sanitarias de mitigación conducentes a asegurar que la salud de la población comprometida no se vea afectada debido a la falta de disposición de aguas servidas que la afecta, debiendo coordinar con aquellos órganos competentes, que puedan verse emplazados en la

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