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Declara Zona de Riesgo Sanitario a la Localidad de Villa Frei, Comuna de Coyhaique
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 30 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE SALUD
Secretaría Regional Ministerial Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
DECLARA ZONA DE RIESGO SANITARIO A LA LOCALIDAD DE VILLA FREI,
COMUNA DE COYHAIQUE
Núm. 709 exenta.- Coyhaique, 21 de julio de 2026.
(Resolución)
Vistos:
Las facultades que me confiere el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de
Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979,
y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; el Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud, aprobado
por decreto supremo Nº 136/2004 del Ministerio de Salud; DS Nº 31, de 24 de marzo de 2026,
del Ministerio de Salud, que designa al Secretario Regional Ministerial de Salud en la Región de
Aysén; resolución Nº 36/2024 de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1. Que, el artículo 9 letra b) del Código Sanitario, dispone que corresponde a la Autoridad
Sanitaria, en sus respectivos territorios, dictar dentro de las atribuciones conferidas por el
presente Código, las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren
necesarias para su debido cumplimiento, agregando el artículo 14 que corresponderá al Servicio
Nacional de Salud la supresión de cualquier factor que, originado en un territorio municipal,
ponga en peligro la salud, seguridad o bienestar de la población de otro territorio municipal, y el
artículo 67 del mismo cuerpo legal, que es deber de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud
velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente
que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes;
2. Que, el artículo 12 Nº 2 de DFL 1, de 2006, dispone que las Secretarías Regionales
Ministeriales de Salud tendrán las siguientes funciones, de acuerdo con las normas y políticas
dictadas por el Ministerio de Salud: Nº 2: Ejecutar las acciones que correspondan para la
protección de la salud de la población de los riesgos producidos por el medio ambiente y para la
conservación, mejoría y recuperación de los elementos básicos del ambiente que inciden en ella,
velando por el debido cumplimiento de las disposiciones del Código Sanitario y de los
reglamentos, resoluciones e instrucciones sobre la materia, para lo cual se encontrará dotado de
todas las facultades y atribuciones que el Código Sanitario y demás normas legales y
reglamentarias sanitario-ambientales le confieren, de conformidad con lo previsto en el artículo
13;
3. Que, de acuerdo con la información proporcionada por la Junta de Vecinos de Villa Frei,
en la localidad existen 13 viviendas conectadas a una fosa séptica comunitaria, 17 viviendas que
contarían con fosas de madera o pozos negros y 33 viviendas provistas de fosas sépticas
individuales.
4. Que, asimismo, se informó que algunos de dichos sistemas no habrían recibido
mantención durante un periodo de entre seis y diez años, situación que afectaría principalmente a
viviendas cuyos ocupantes no reúnen los requisitos socioeconómicos exigidos para acceder a los
mecanismos ordinarios de apoyo disponibles.
5. Que, según lo informado por el Departamento de Acción Sanitaria de esta Secretaría
Regional Ministerial, Villa Frei corresponde a una población rural concentrada que no cuenta
con un sistema público de recolección y tratamiento de aguas servidas.
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6. Que los antecedentes anteriormente señalados permiten advertir la existencia de
condiciones sanitarias deficientes asociadas a la disposición de aguas servidas domiciliarias, las
cuales representan un riesgo para la salud y bienestar de los habitantes de la localidad.
7. Que, en consideración de lo anterior, resulta necesario declarar la existencia de riesgo
sanitario en la localidad de Villa Frei, con el objeto de que esta declaración pueda servir de
antecedente para la gestión de recursos destinados a abordar la situación descrita.
Resolución:
Primero: Declárese Zona de Riesgo Sanitario a la localidad de Villa Frei, ubicada en la
comuna de Coyhaique, Región de Aysén, debido a los hechos descritos en la presente resolución.
Segundo: Déjese establecido que la Municipalidad de Coyhaique deberá implementar todas
las medidas sanitarias de mitigación conducentes a asegurar que la salud de la población
comprometida no se vea afectada debido a la falta de disposición de aguas servidas que la afecta,
debiendo coordinar con aquellos órganos competentes, que puedan verse emplazados en la
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