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Condiciones Especiales para el Desarrollo de Proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviend

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 30 de julio de 2026

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MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO Secretaría Regional Ministerial Región del Libertador General Bernardo O’Higgins LLAMADO A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO TERCERO, REGULADO POR EL DS Nº 27 (V. Y U.), DE 2016, PARA LA ATENCIÓN DE PROYECTOS DE CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES, DE LA REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O’HIGGINS (Resolución) Rancagua, 21 de julio de 2026.- Con esta fecha se ha dictado la siguiente: Núm. 507 exenta. Visto: 1. Lo dispuesto por la Constitución Política de la República de Chile, artículos 6º y 7º. 2. Lo dispuesto en la ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, del Ministerio del Interior, publicada en el Diario Oficial de fecha 5 de diciembre de 1986, en su artículo 2º. 3. Ley Nº 16.391, del Ministerio de Obras Públicas, publicada en el Diario Oficial de 16 de diciembre de 1965, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. 4. En el decreto ley Nº 1.305, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de 1976, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. 5. Las facultades que me confiere el decreto supremo Nº 397, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, del año 1976, publicado en el Diario Oficial el 8 de febrero de 1977, que establece el Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, incluidas todas sus modificaciones. 6. Resolución Nº 36, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del Trámite de Toma de Razón, y sus modificaciones posteriores. 7. Decreto Nº 53, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 25 de marzo de 2026, que nombra a Secretario Regional Ministerial de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, tomado de razón por la Contraloría General de la República con fecha 29 de abril de 2026. 8. El DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios. 9. Resolución exenta Nº 6.042, V. y U., de 2023, de fecha 18 de mayo de 2017, que delega facultades que indica en los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo. 10. Resolución exenta Nº 1.237, de fecha 24 de mayo de 2019, de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, que fija procedimiento para la prestación de servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras a Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, aprobado por el DS Nº 27, V. y U., de 2016. 11. Oficio ordinario Nº 116, de fecha 28 de enero de 2021 del Jefe de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional que adjunta el Itemizado Técnico de obras y sus anexos respectivos para proyectos asociados al Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Viviendas, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, reglamentado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, para ser aplicados en los proyectos que postulen a los llamados del mencionado Capítulo, durante el año 2021. 12. Oficio ordinario Nº 105, de fecha 14 de enero de 2022, del Jefe (S) de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, que señala que debe mantenerse el Itemizado Sitio Web: www.diarioficial.cl Técnico de obras y sus anexos respectivos en su versión oficializada mediante el ordinario citado precedentemente. 13. Resolución exenta Nº 380 (V. y U.), de fecha 9 de marzo de 2022, que regula operaciones y actos que inciden en la aplicación práctica del Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Vivienda del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, que aprueba el reglamento del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios. 14. Ley 21.442 (V. y U.), de 2022, y sus modificaciones, que aprueba Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria. 15. Resolución exenta Nº 490, V. y U., de 2023, que fija la regulación para la prestación del servicio de fiscalización técnica de obras. 16. Resolución exenta Nº 851 (V. y U.), del 25 de abril de 2023, que regula operaciones y actos que inciden en la aplicación práctica de lo establecido en los artículos 50, 56 y 58 del DS 27 (V. y U.), de 2016, que aprueba el Reglamento del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios. 17. Oficio ordinario Nº 1701, de fecha 29 de septiembre de 2025, de la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, que imparte instrucciones y remite formatos para análisis de capacidad económica de las empresas constructoras que ejecuten obras financiadas en todo o

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