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Promulga actualización al plan de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público 2026-2033 núm. 2.891.- temuco, 24 de junio de 2026. vistos: 1.- la ley orgánica constitucional de bases
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 30 de julio de 2026
Texto del documento
MUNICIPALIDAD DE TEMUCO
PROMULGA ACTUALIZACIÓN AL PLAN DE INVERSIONES EN
INFRAESTRUCTURA DE MOVILIDAD Y ESPACIO PÚBLICO 2026-2033
Núm. 2.891.- Temuco, 24 de junio de 2026.
Vistos:
1.- La Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado
N° 18.575.
2.- La ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que
rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
3.- La Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades N° 18.695.
4.- La ley N° 20.958 publicada en el Diario Oficial el 15.10.2016, que establece un sistema
de aportes al espacio público.
5.- DS N° 14, de Vivienda y Urbanismo, que modifica Ordenanza General de Urbanismo y
Construcciones (OGUC) en el sentido de actualizar sus normas a las disposiciones de la ley
N° 20.958, relativa a aportes al espacio público, de fecha 22 de febrero de 2018.
6.- Circular DDU N° 447, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que imparte
instrucciones para la tramitación de permisos conforme a las nuevas exigencias de la Ley de
Aportes al Espacio Público, de fecha 13 de noviembre de 2020.
7.- Circular DDU 448, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, marco reglamentario y
metodológico para la confección de los Planes de Inversión en Infraestructura de Movilidad y
Espacio Público, de fecha 13 de noviembre de 2020.
8.- El artículo 176 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el cual establece que
cada municipio elaborará un plan comunal de inversiones en infraestructura de movilidad y
espacio público, que contendrá una cartera de proyectos, obras y medidas incluidas en los
instrumentos de planificación territorial existentes o asociadas a estos debidamente priorizadas,
para mejorar sus condiciones de conectividad, accesibilidad, operación y movilidad, así como la
calidad de sus espacios públicos y la cohesión social y sustentabilidad urbana.
8.- Que el artículo 178 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones establece que los
planes comunales de inversión en infraestructura de movilidad y espacio público deberán
actualizarse periódicamente en un plazo no mayor a diez años y cada vez que se apruebe un
nuevo instrumento de planificación.
9.- Las
Municipalidades.
facultades contenidas en
la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de
Considerando:
1.- El decreto N° 4.326 de fecha 4 de diciembre del 2023, el cual promulgó el Plan de
inversión en infraestructura de Movilidad y Espacio Público de Temuco (PIIMEP).
2.- La publicación en el Diario Oficial con fecha 8 de enero del 2024 que promulga el Plan
de inversión en infraestructura de Movilidad y Espacio Público de Temuco (PIIMEP).
3.- La necesidad de revisar las iniciativas planteadas en el PIIMEP aprobado, respecto a su
priorización, recursos asignados y complejidad en su desarrollo, tanto técnico como de ejecución,
lo que ha generado retrasos en la utilización de los recursos, en desmedro de iniciativas
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planteadas en el proceso original o problemáticas nuevas de fácil desarrollo y ejecución, que van
en la línea de los planteamientos del PIIMEP y su proceso de participación ciudadana.
4.- La Circ. Ord. N° 0445 de fecha 13 de noviembre de 2020, DDU 448, de la División de
Desarrollo Urbano Minvu que dispone en el punto 2.1.1. respecto al proceso de aprobación del
PIIMEP y de su modificación lo siguiente "El Plan Comunal de Inversiones en Infraestructura de
Movilidad y Espacio Público, será aprobado por el Concejo Municipal respectivo y promulgado
mediante decreto emitido por el alcalde, quien remitirá copia al Gobierno Regional. El mismo
procedimiento se utilizará para sus modificaciones y actualizaciones. La cartera priorizada y el
acto administrativo que apruebe el plan y sus modificaciones deberán publicarse en el Diario
Oficial".
5.- El decreto alcaldicio N° 1.331 de fecha 24 de marzo 2026, que crea la Mesa Técnica
Municipal, para proceder a la elaboración de la propuesta técnica de actualización del PIIMEP, la
que estará integrada por la Dirección de Tránsito, Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato,
Departamento de Audiencias y Participación Ciudadana, Departamento de Comunicaciones y
RRPP, Dirección de Planificación, quien la presidirá. Eventualmente se podrá invitar a otra
Dirección o departamento, en caso de ser necesario y según sean las características del proyecto
o iniciativas a incorporar.
6.- El acta del Consejo de la Sociedad Civil - Cosoc Temuco, sesión ordinaria realizada el
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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