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Rectifica Concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, Que Únicamente Provea Infraestructura Física para Telecomunicaciones, a la Empresa Atc Sitios de C
Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 30 de julio de 2026
Texto del documento
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Subsecretaría de Telecomunicaciones
RECTIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE
TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEA INFRAESTRUCTURA
FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES, A LA EMPRESA ATC SITIOS
DE CHILE S.A.
Santiago, 7 de julio de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
Núm. 690 exento.
Vistos:
a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en
adelante la Subsecretaría.
b) La Ley Nº 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
c) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones.
d) El decreto supremo Nº 99, de 2012, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar,
operar y explotar concesiones de servicios intermedios de telecomunicaciones que únicamente
provean infraestructura física para telecomunicaciones.
e) El decreto supremo Nº 56, de 2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones,
que otorgó la concesión.
f) La resolución exenta Nº 3.774, de 2012, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
g) La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas
sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
a) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel Nº 63.398 de 08.05.2026.
b) Artículos 13 y 62 de la ley Nº 19.880.
Lo anterior es la parte narrativa del documento (vistos, considerandos, motivación). La parte dispositiva incluye tablas y anexos que se reproducen fielmente en el documento oficial.
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