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Diario Oficial· normas_particulares

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA WOM SpA

Fecha del documento: · Publicado en Diario Oficial el 31 de julio de 2026

Texto del documento

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Subsecretaría de Telecomunicaciones MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA WOM SpA Santiago, 11 de junio de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 628 exento. Vistos: a) El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley. c) El decreto supremo N° 78 de 2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones. d) El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. e) La resolución exenta N° 547 de 2020, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que aprueba Norma Técnica para el uso de las bandas de frecuencias de 3,30 - 3,40 GHz y 3,60 - 3,65 GHz, y sus modificaciones. f) La resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. Considerando: a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 88.675 de 12.05.2022, complementado mediante ingresos Subtel N° 137.773 de 28.07.2022 y N° 179.032 de 14.12.2023, en lo que dice relación con la estación base que se indica en la parte resolutiva del presente decreto, sin perjuicio de lo resuelto por decreto exento N° 820 de 2023, y quedando lo restante a lo que se resuelva en acto administrativo independiente. b) Lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N° 19.880, que permite la acumulación o desacumulación de procedimientos. c) Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el artículo 14°, de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15° y 16° de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud. d) Que la solicitud del literal a) de los Considerandos, no altera la Zona de Servicio comprometida en el decreto supremo del literal c) de los Vistos y mantiene la excelencia del concurso. e) El numeral 1.1.3 de la Escritura Pública de Transacción entre Wom SpA y Fisco de Chile, suscrita el 29 de octubre de 2025 ante Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, Magdalena Sofía Latorre Larraín, que indica se debe completar el noventa por ciento del Proyecto 5G el 30.09.2026. f) El numeral 1.1.5 de la Escritura Pública de Transacción entre Wom SpA y Fisco de Chile, suscrita el 29 de octubre de 2025 ante Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, Magdalena Sofía Latorre Larraín, que prioriza la resolución de solicitudes de modificación de concesión. Sitio Web: www.diarioficial.cl

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES