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Dirección General de Aguas / Solicitudes de Derechos de Aguas COMUNA DE GRANEROS Solicitud de traslado de derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas Solicitud cambio de punto de captación de der
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MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Dirección General de Aguas / Solicitudes de Derechos de Aguas
COMUNA DE GRANEROS
Solicitud de traslado de derecho de aprovechamiento de aguas subterráneas
Solicitud cambio de punto de captación de derechos de aguas subterráneos de los artículos
130 y siguientes del Código de Aguas, en la comuna de Graneros, provincia de Cachapoal,
Región del Libertador Bernardo O'Higgins.
NUNHEMS CHILE SpA, Rol Único Tributario número 76.868.842-7, debidamente
representada por don Felipe Hargous Larraín, chileno, abogado, cédula nacional de identidad
número 8.645.650-8 domiciliados para estos efectos en Avenida Apoquindo 2827, piso 11, Las
Condes, Región Metropolitana, y en avenida Carrascal 3851, Quinta Normal, Región
Metropolitana; de conformidad con lo previsto en los artículos 130 y siguientes del Código de
Aguas; en los artículos 42 y siguientes del decreto supremo N° 203, de 2014, que aprueba el
reglamento sobre normas de exploración y explotación de aguas subterráneas; y en las demás
normas legales y administrativas pertinentes; por este acto se solicita el cambio de punto de
captación de los derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas de los cuales Nunhems
Chile SpA es titular, ubicados en la comuna de Graneros, provincia de Cachapoal, Región del
Libertador Bernardo O'Higgins; consistentes en derechos de aprovechamiento de aguas
subterráneas, todos de uso consuntivo, de ejercicio permanente y continuo, por un total de 50
litros por segundo, en la comuna de Graneros, provincia de Cachapoal, Región del Libertador
Bernardo O'Higgins. El agua se capta por elevación mecánica desde un pozo ubicado en el
predio denominado resto de la hijuela Las Casas de Santa Emilia. Los derechos de
aprovechamiento de aguas se encuentran inscritos a nombre de Nunhems Chile SpA a fojas 148,
N° 130, del Registro de Propiedad de Aguas correspondiente al año 2025, del Conservador de
Bienes Raíces de Graneros. El nombre del SHAC que corresponde a esta solicitud es sector
Acuífero Cachapoal, cuenca Río Cachapoal Región del Libertador Bernardo O'Higgins. Por este
acto, solicito a UD. se sirva autorizar a Nunhems Chile SpA el cambio de punto de captación de
8 litros por segundo de los derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas singularizados;
derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas, todos de uso consuntivo, de ejercicio
permanente y continuo, por un total de 8 litros por segundo, con fines de, regadío y mantención
de jardines, entre otros fines de la sociedad. Los derechos de aprovechamiento de aguas que
suman un caudal total de 8 litros por segundo, para que puedan ser ejercidos desde el punto de
captación que a continuación se indica, ubicado en la comuna de Graneros, provincia de
Cachapoal, Región del Libertador Bernardo O'Higgins. Coordenadas UTM (WGS 84) Huso 19
Pozo Caudal 8 litros por segundo. UTM: Norte: 6.229.587 m. Este:343.599 m. El inmueble
donde se encuentra el pozo de destino es de propiedad de mi representada, Numhems Chile SpA,
su inscripción de dominio consta a fojas 1957.- N° 1512.- del Registro de Propiedad del año
2025 del Conservador de Bienes Raíces de Graneros. De conformidad a lo dispuesto en el
artículo 46 del decreto supremo N° 203, de 2013, que aprueba el reglamento sobre normas de
exploración y explotación de aguas subterráneas, se solicita que el cambio de punto de captación
sea autorizado de manera que el caudal máximo instantáneo de 8 litros por segundo, pueda ser
ejercido íntegramente desde el pozo individualizado precedentemente; todo ello de acuerdo con
las necesidades operacionales de la empresa. Solicito que, en dicho pozo, se reconozcan los
derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas cuyo cambio de punto de captación se pide
en este acto, con las mismas características originales; esto es, las características de
consuntividad, permanencia y continuidad, como así también un caudal total de 8 litros por
segundo y un volumen máximo anual de 252.288 m³ (correspondientes a la extracción constante
de 8 litros por segundo). Asimismo, solicito para el pozo hacia el cual se pide el cambio de punto
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de captación, para captar las aguas por elevación mecánica, un área de protección de 200 metros
de radio, con eje en el centro de cada uno de ellos mismo. Asimismo, se solicita ordene que la
resolución administrativa que así lo disponga, se presente ante el Conservador de Bienes Raíces
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